@ATM_Transito Señores acaso uds no saben que un amparo constitucional qué las aplicaciones no pueden ser sancionada por cuanto no están reguladas, PORQUE DESACAGAN UNA ORDEN CONSTITUCIONAL. dejen de ser miserables, todavía no se encuentran con uno que les ponga una denuncia y los enjuicien
@ATMGuayaquil@ATM_Transito Que nos garantiza a nosotros los usuarios que estos equipos estén completamente calibrados y no estén alterados o trucados? Donde se ve esa homologación para su respectivo USO?..
@ATMGuayaquil Que nos garantiza a nosotros los usuarios que estos equipos estén completamente calibrados y no estén alterados o trucados? Donde se ve esa homologación para su respectivo USO?..
@edgarlupera_ Jajaja ya en unos días está afuera y sin multas, así es el mood operandi, como que el pueblo es cjd, de la misma manera hacen con los agentes y sus vehículos particulares. Todo es un show
@ATMGuayaquil@ATM_Transito capaciten a sus agentes corruptos, me quisieron sorprender por el tipo de licencia, mientras no se aplique el reglamento para los agentes no es su problema que uno circule con otra licencia en una motocicleta mientras todo esté debidamente en regla. NO ES SU PROBLEM
@ATMGuayaquil Que nos garantiza a nosotros los usuarios que estos equipos estén completamente calibrados y no estén alterados o trucados? Donde se ve esa homologación para su respectivo USO?..
@ATM_Transito La seguridad vial, también prevalece en arreglar las vías y colocar señaleticas, reparen el puente d de la Av. F. Orellana tiene muchos baches, no solo hagan operativos RECAUDADORES.
@edgarlupera_ Las grúas que no poseen las cintas reflectivas? no hay infracción ? o para ellos no existe?
se les recuerda que la infracción por no portar cintas o franjas reflectivas está tipificada en el Art 388, #8 del COIP, clasificada como una contravención de tránsito de 3ra clase.
@ATM_Transito Vaya vaya, llevar 3 motos y 1 auto en una sola grúa, que astucia, para cobrar por separado, el auto mínimo $120 y las motos $80 cada una, que negocio perfecto. O a caso dividen el valor total por los vehículos que llevan?.
@ATM_Transito Pero si un carro transporta algo fuera del volumen, enseguida lo paran para colocarles una multa, pero miren como llevan allí, contal de sacar dinero pues eso no importa. No estoy en contra de su trabajo, pero cuando aprendan a realizarlo bien los aplaudo mientras tanto critíco.
@ATM_Transito las grúas que no poseen las cintas reflectivas? no hay infracción ? o para ellos no existe?
se les recuerda que la infracción por no portar cintas o franjas reflectivas está tipificada en el Art 388, #8 del COIP, clasificada como una contravención de tránsito de 3ra clase.
@ATM_Transito Las grúas que no poseen las cintas reflectivas? no hay infracción ? o para ellos no existe?
se les recuerda que la infracción por no portar cintas o franjas reflectivas está tipificada en el Art 388, #8 del COIP, clasificada como una contravención de tránsito de 3ra clase.
@ATM_Transito De que seguridad vial hablamos, si las vías están en pésimos estado, a eso también se le denomina seguridad vial, y peor hacen tráfico en la AUTOPISTA. Eso no es seguridad vial, sino recaudación de DINERO.
@ATMGuayaquil Las grúas que no poseen las cintas reflectivas? no hay infracción ? o para ellos no existe?
se les recuerda que la infracción por no portar cintas o franjas reflectivas está tipificada en el Art 388, #8 del COIP, clasificada como una contravención de tránsito de 3ra clase.
@ATM_Transito Las grúas que no poseen las cintas reflectivas? no hay infracción ? o para ellos no existe?
se les recuerda que la infracción por no portar cintas o franjas reflectivas está tipificada en el Art 388, #8 del COIP, clasificada como una contravención de tránsito de 3ra clase.