Antes de empezar las vacaciones y desconectar, lectura muy recomendable para recopilar y actualizar jurisprudencia tras Obadal. Sobre fijeza, indefinido no fijo y personal sometido a abuso de temporalidad. Vía @ibdehere
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📌En esta entrada escribimos sobre la posibilidad de uso del #contratomenor para necesidades recurrentes sin superar umbrales del art 118 LCSP
Hoy, la actualizamos con un Informe de la JCCPE cuyo criterio coincide, sustancialmente, con nuestra propuesta⤵️
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ECLI:ES:TS:2026:3195: el inicio del cómputo del plazo establecido en el art. 46 LJCA, respecto de la impugnación de resoluciones administrativas notificadas en el mes de agosto, se inicia a partir del 1 de septiembre, con excepción del procedimiento de los derechos fundamentales
El TS fijara doctrina de gran relevancia en materia de servicios locales:
"Si toda nueva actividad economica que una entidad local pretenda desarrollar debe cumplir necesariamente con el procedimiento establecido en el art. 86.1 LBRL y 97.1 TRRL".
[ECLI:ES:TS:2026:5792A]
El TS se pronuncia sobre la obligatoriedad de que los informes en expedientes de restablecimiento de la legalidad urbanistica se verifiquen por funcionarios publicos.
Puedes leerlo aqui
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Algunos me habéis preguntado porqué soy tan crítico con las bolsas de trabajo como generador de “empleo temporal absusivo”. Si podeis, leed las pgs. 13-14 y os dará una pista. Es una tema quiza sin solución, ya hemos llegado de nuevo a 30% temporal
https://t.co/Eam13RAI5m
🔴El TS clarifica por fin el inicio del cómputo de los 2 meses para el recurso contencioso frente a Disposiciones Grles. objeto de publicación y concurrencia o no con notificación personal (3 supuestos) 🟦STS 10/6/26 (rec.4672/2024) y STS 9/9/25 (rec.5053/2023)
El RD-L 13/2026 que modifica el art. 92 bis.6 de la LRBRL no es sólo financiación: cambian que para el cese de interventores y tesoreros mediante libre designación, ya no es necesario el informe preceptivo previo del órgano competente de la AGE en materia de haciendas locales
Los aspirantes a una oposición tienen derecho a tener una copia del examen del ganador del proceso selectivo. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno recuerda que la publicidad en los procesos de oposición es fundamental en la Administración https://t.co/EpwO2BAxgr
ECLI:ES:TS:2026:2240: el ámbito territorial de eficacia de una licencia de obra concedida por un Ayuntamiento no puede sobrepasar su territorio, por lo que las potestades de restablecimiento de la legalidad solo puede afectar a dicha edificación dentro de su término municipal.
📌 Candidato en proceso selectivo: si la #Administración no te facilita copia del examen de los demás candidatos, en especial del candidato adjudicatario de la plaza, vía art. 53.1 a) de la LPACAP.
✅ Aquí💡👀👇🏽
➡️ Exp: 146/2026
(RA CTBG 339/2026)
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