@eltestigo_do Dices “Supieron preservar sus carreras cuando no tenían poder. Sin embargo, cuando finalmente recibieron el mando que tanto buscaron, terminaron…” debes completarlo con “terminaron replicando la misma conductas aprendidas por sus superiores, por los “jefes anteriores” o no?
Estimado abogado (a), el litigio no es para todos. No es tu culpa que no se te dé el ejercicio de la profesión, es culpa de la Universidad que se preocupó más por que aprendieras la teoría y no el oficio.
Ser inquebrantable empieza con una decisión: decir NO a lo que te rompe y SÍ a tu futuro.
Hoy compartimos el Decálogo Inquebrantable y, en este hilo, "La primera vez" de nuestros Inquebrantables: historias reales de fuerza, actitud y decisión.
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#Inquebrantable
Si un abogado cree que defender a una persona cuestionada es antiético, no ha entendido la función de la defensa. Confundir al penalista con su cliente es un error básico. Los derechos fundamentales existen para todos, especialmente para quienes más los necesitan.
Una profesional de la conducta se encadenó este martes en plena audiencia dentro del Palacio de Justicia de Higüey, provincia La Altagracia, denunciando que es víctima de un proceso judicial totalmente ilegal y supuestamente fabricado en su contra por miembros del Ministerio Público de esa demarcación.
La dama, quien es psicóloga egresada de la UASD, afirmó que el fiscal Luis Omar García y otros hombres estructuraron un expediente falso en su contra relativo a un desalojo y a una supuesta agresión a menores, acusación que rechaza de forma categórica debido a que su especialidad profesional es precisamente trabajar con la niñez.
Durante el incidente, Rebeca Henríquez, defensora de los derechos humanos y corresponsal de Somos Pueblo, estuvo presente en el lugar y constató cómo otras madres afectadas se sumaron a la protesta, manifestando su descontento y denunciando que los fiscales supuestamente negociaron para dejar libres a policías implicados en las muertes de sus hijos.
Muchos jueces que, incluso actuando de buena fe, han incurrido en errores graves en casos específicos debido a la formación jurídica tradicional con la que fueron instruidos, han terminado enfrentando severas consecuencias disciplinarias. No por equivocarse —porque errar es una posibilidad inherente a la función jurisdiccional—, sino porque, ante dudas razonables sobre la constitucionalidad o interpretación de una norma, optaron por imponer su propio criterio en lugar de acudir a los mecanismos que el Estado constitucional pone a su disposición, es decir, la consulta de norma.
La consulta de norma ante la Corte Constitucional existe precisamente para esos escenarios: permitir que los jueces despejen incertidumbres jurídicas complejas antes de adoptar decisiones que puedan vulnerar derechos o contrariar la Constitución. Cuando se prescinde de esa herramienta y se privilegia la convicción personal por encima del control constitucional, el riesgo de incurrir en decisiones jurídicamente insostenibles aumenta considerablemente.
En un Estado constitucional de derechos y justicia, la fortaleza de un juez no se mide por la inflexibilidad de sus certezas, sino por la prudencia de reconocer cuándo una duda constitucional debe ser sometida al órgano llamado a resolverla.
Hoy no estaré presente en la lectura del caso jetset pero mí teoría del proceso siempre es la misma,homicidio y golpes involuntarios ( artículos 319,320 C P D ) quisiera que fuera otra,pero soy apegada al principio de ley previa 👌🦉🙈🙊🙉solo espero auto de apertura al juicio .
@SusanaGautreau@RBonifacio2024 Ni Homicidio Inviluntario realmente….eso es pura y netamente civil…si hay condena solo es por la presión social y el impacto de la tragedia. Per si nos sinceramos, aquí en RD no hay cultura de ese tipo de “cuidado”, Demasiados dominicanos realizando la misma conducta: Finos!
Más de 500 personas participaron en el webinar “Protección Integral de la Niñez: Contra el Abuso y el Trabajo Infantil”, realizado en coordinación con la Dirección de Justicia Inclusiva del Poder Judicial,
“Es fundamental resaltar que la perseverancia en cobrar los 10 dólares puede interpretarse como que el objetivo nunca ha sido gravar a los turistas, sino que la intención subyacente es que sean los dominicanos quienes asuman esta carga.”.
La Justicia Tributaria: Reflexiones sobre la propuesta de aumento de la Contribución de Salida (C20).
La justicia no consiste simplemente en trasladar la tarifa de los 10 dólares de un concepto a otro dentro de un mismo ticket; radica en la decisión de no imponer dicha carga. En el presente escrito, abordaremos la propuesta de aumento de la Contribución de Salida (C20) contemplada en el anteproyecto de Ley de Medidas Pro-Crecimiento Económico, Simplificación Fiscal y Mitigación de la Crisis Internacional, presentada como una alternativa de recaudación ante la reciente declaración de inconstitucionalidad del cobro de la Tarjeta de Turista (TT).
El 27 de octubre de 2023, mediante la sentencia TC/1003/23, el Tribunal Constitucional declaró inconstitucional el cobro de la Tarjeta de Turista a los ciudadanos dominicanos. La Corte argumentó que, conforme al principio de legalidad, no se trata de que existan mecanismos de reembolsos sino de que esta tarifa no podía ser exigida ni cobrada a los dominicanos, dado que su diseño estaba destinado exclusivamente a los extranjeros, quienes deberían ser los únicos contribuyentes de tal impuesto.
Esta decisión otorgó a la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) un plazo de dos años para resolver el asunto y cesar con el cobro. A pesar de los esfuerzos conjuntos del Estado y la Asociación Internacional de Transporte Aéreo (IATA) para ajustar los sistemas de compra y reserva de boletos aéreos, se demostró insostenible la segregación del cobro de la TT según la nacionalidad de los pasajeros.
Se exploraron diversas alternativas a la percepción de la TT en el ticket, tales como el cobro en mostradores físicos en aeropuertos y puertos, enlaces de pago en el formulario migratorio e-tiket, y la reportería de pasajeros abordados y efectivamente llegados por parte de las aerolíneas. Sin embargo, estas opciones enfrentaron retos significativos en términos de costos y viabilidad administrativa.
En este contexto, nace la propuesta de la derogación de la Tarjeta de Turista y un aumento del Impuesto de Salida a de 20 a 30 dólares, establecido en la Ley 2-04, y que es aplicable a todas las personas que abandonan el país, sin distinción de nacionalidad. Tal medida permitiría eliminar la TT sin comprometer los ingresos fiscales. Sin embargo, esta propuesta fue desestimada al considerarse superflua y engañosa, ya que los 10 dólares se trasladarían a otro concepto dentro del ticket, manteniendo la carga tributaria en su totalidad.
Recientemente, el Proyecto de Ley de Medidas de Procrecimiento Económico y Simplificación Fiscal propone un aumento de la contribución de salida a 30 dólares, lo que en esencia compensa la desaparición de la TT que deberá dejar de cobrarse aproximadamente en diciembre de 2026 (partiendo de la fecha de notificación), en virtud del vencimiento del plazo establecido por el Tribunal.
Aunque esta propuesta cumpliría con la legalidad, alteraría el enfoque de la búsqueda de justicia tributaria. Es fundamental resaltar que la perseverancia en cobrar los 10 dólares puede interpretarse como que el objetivo nunca ha sido gravar a los turistas, sino que la intención subyacente es que sean los dominicanos quienes asuman esta carga. En este sentido, es esencial reflexionar sobre la justicia en la aplicación de las leyes fiscales y su impacto en la población local pues el mensaje trasmitido puede no corresponderse con la bondad de la intención.
Poner los intereses de su cliente aún por encima de los intereses propios no es solo un asunto de vocación, es ética profesional! Eso sí, deben cobrar en la justa medida todos sus honorarios!!
Me gustaría saber hasta cuándo las autoridades van a permitir ese riesgo para los ciudadanos que transitan en vehículos de motor? Señores, eso es en el principal puente del país!
El pasaporte lo aumentaron un 300%, los permisos de salida hasta un 400%, el impuesto de 10 dólares a los turistas se los cobran a los dominicanos y crean burocracia que obliga a que estos gasten 60 dólares promedio en pedir reembolso, no aplican la ley 171-07, aún así; ¿estos ladrones piensan cobrarle más impuestos a los residentes en el exterior a pesar de qué este grupo no representa carga tributaria y es el que sostiene la economía? 👉👌