@MBUR76@DrJulioCueva Cuál privilegio si igual tenía que pagar por la cirugía porque era un clínica PRIVADA. Obvio va a elegir la clínica de su confianza, no cualquiera que le impongan.
O creerías que era gratis todo?
@elProfeJuan0128 A ver tampoco hay que ser sobrados. Obviamente se entiende a que se refiere. Un periodista no sabe de los términos jurídicos correctos. Es como si un doctor se burlara porque la noticia dice que una persona “murió ahogado” cuando lo correcto es “asfixia por sumersión” 🥴
@anisrep12 Sin duda si quieres entender el derecho penal con sus vicios y virtudes; con crítica y llevándolo de la mano con la sociología criminal Zaffaroni es perfecto.
Si quieres dogmática pura y dura con caso extravagantes y siendo el delito una mera fórmula matemática hay otros autores
@NABM__ (iii) No cabe: A sabía que M era boxeador y que la agresión era previsible, por lo que no puede alegar arrebato sorpresivo.
(iv) M no actuó en LD: la agresión de A había cesado (intentaba irse) y M carecía de voluntad defensiva (entregar a policía). No cabe LD contra otra LD
@NABM__ (i) Hubo exceso: A podía seguir defendiéndose con los puños; golpear con la botella fue innecesario.
(ii) Sí la limita (sin excluirla): su conducta adúltera e invasión del domicilio era reprobable social y éticamente por lo que la reacción de M era previsible.
@NABM__ Según Mir Puig "cabe aún legítima defensa frente al ladrón que huye con el botín, pues aún existe posibilidad de defender los bienes arrebatados".
Aunque el hurto se consuma formalmente, la agresión no termina ahí, sino hasta que el ladrón asegura definitivamente el bien.
@NABM__ Ahora la cuestión de si es coautor o cómplice tras desvincularse depende: si el aporte preparatorio fue tan decisivo que mantuvo el co-dominio funcional, hay coautoría. Si se quebró el acuerdo común, la doctrina estricta lo degrada a complicidad.
@NABM__ El desistimiento fallido no exime de pena: si el aporte fue causalmente eficaz y la consumación ocurrió igual, el interviniente responde por el delito consumado, aunque haya intentado disuadir al ejecutor sin éxito.
@NABM__@Iureetde Nexo causal constata en el plano fáctico-empírico que el autor ha intervenido en el mundo exterior produciendo un resultado.
Nexo normativo lo valora en el plano jurídico para definir si encarna una contradicción frente a las normas de conducta del DP, permitiendo así Imp Obj.