《■UEFA @UEFA no puede resucitar lo prescrito: por qué la ofensiva del @realmadrid en el caso Negreira está jurídicamente condenada al fracaso■》
El comunicado de Real Madrid evita terminológicamente "a propósito " hablar de “corrupción deportiva” o “amaño de partidos” y no identifica ni un solo encuentro manipulado, limitándose a invocar un “riesgo sistémico” y una “estructura de influencia indebida”.
La jurisprudencia del TAS y la práctica de UEFA exigen, para calificar como soborno/match‑fixing, que exista intento de predeterminar resultados de partidos concretos y que esa intención se pruebe con el estándar de “comfortable satisfaction”.
La UEFA, en su momento, abrió un expediente informativo, sin incoar formalmente procedimiento disciplinario ni nombrar inspector con mandato específico.
Conforme al art. de “statute of limitations” del Reglamento Disciplinario UEFA, solo los actos de auténtica apertura de procedimiento (resolución de incoación, comunicación formal de investigación por infracciones determinadas) interrumpen la prescripción; no lo hacen las pesquisas preliminares o informes internos.
El conjunto de hechos imputados al F. C. Barcelona ha llegado objetivamente prescrito al ordenamiento disciplinario español, de conformidad con los plazos de prescripción previstos para las infracciones muy graves en la vigente Ley del Deporte y en la normativa disciplinaria de la RFEF.
Agotado el ius puniendi de la autoridad disciplinaria primaria, cualquier tentativa de “revivir” disciplinariamente esos hechos desde el nivel internacional entra en colisión con los principios de seguridad jurídica, confianza legítima y non bis in idem material, pilares básicos de todo sistema sancionador, también en el ámbito asociativo‑deportivo.
Además, la competencia de UEFA se rige por su Reglamento Disciplinario, que establece, como regla general, un plazo de prescripción de cinco años para “todas las demás infracciones”, reservando plazos reforzados o regímenes específicos únicamente para supuestos de dopaje y de alteración directa de partidos (match‑fixing o soborno ligado a amaños).
La ausencia de cualquier imputación concreta de corrupción deportiva en sentido técnico, (el propio Real Madrid evita conscientemente dicha expresión y no identifica un solo encuentro amañado) impide subsumir los hechos en las categorías excepcionales, por lo que sólo cabe aplicar el régimen ordinario de prescripción, ya consumado.
A ello se añade que el eventual “expediente informativo” abierto en su día por UEFA no puede considerarse, ni formal ni materialmente, como acto inequívoco de incoación disciplinaria con aptitud interruptiva del plazo de prescripción. La distinción entre actuaciones de mera investigación preliminar y la apertura de un procedimiento sancionador stricto sensu es un estándar consolidado tanto en la praxis federativa como en la jurisprudencia del TAS.
Reactivar hoy un mero expediente informativo equivaldría, en términos jurídico‑disciplinarios, a incoar ex novo un procedimiento sobre hechos ya extinguidos.
Por último, no puede desconocerse que los mismos hechos se hallan sometidos a investigación penal por los tribunales españoles. La prejudicialidad penal impone una deferencia reforzada hacia la jurisdicción estatal, que ostenta la competencia primaria para la calificación jurídico‑penal de los hechos.
Cualquier pronunciamiento sancionador anticipado por parte de UEFA o FIFA, además de incidir sobre un cuadro fáctico ya prescrito en el plano disciplinario, supondría una injerencia en la esfera de la jurisdicción penal nacional y comprometería principios esenciales como la presunción de inocencia y el debido proceso.
En consecuencia, la petición de reapertura formulada por el Real Madrid C. F., es jurídicamente inviable por prescripción y prejudicialidad penal, y está condenada a quedar en un mero gesto estéril, sin efecto jurídico alguno.
《■Caso Negreira: la UEFA no reactiva nada; solo acusa recibo de la documentación del Real Madrid■》
Recibir documentos no es reabrir un expediente.
El propio FC Barcelona recuerda que la investigación de la UEFA comenzó en 2023 y nunca se cerró.
La UEFA se limita ahora a confirmar la recepción del material remitido por el Real Madrid y a indicar que sus inspectores lo valorarán en la investigación en curso.
No anuncia una nueva imputación ni resuelve sobre el fondo.
En España, el artículo 80 de la Ley 10/1990 fijaba en tres años la prescripción de las infracciones muy graves. Por ello, respecto de los hechos sometidos a ese régimen, sostengo la prescripción del Caso Negreira.
No está acreditado amaño de partidos, fraude, soborno o corrupción, por tanto no cabe aplicar la excepción de imprescriptibilidad prevista en el Reglamento Disciplinario de la UEFA.
En consecuencia, rige el plazo general de cinco años y, este ha transcurrido sin actuaciones que lo interrumpan válidamente, la acción disciplinaria está prescrita también en UEFA.
La mera recepción de documentación no prueba ninguna de aquellas conductas ni permite, por sí sola, eludir la prescripción.
Procede, por tanto, declarar extinguida la acción cuando corresponda.
Real Madrid ha quedado completamente al expuesto frente a todo el mundo y ya nadie se traga el cuento barato de su supuesta grandeza. Se les cayó la máscara y salió a la luz la verdadera realidad de un club mediocre que toda la vida ha necesitado la ayuda vergonzosa de los arbitrajes para maquillar sus carencias en la cancha. Sin el silbato amigo que los rescate, este equipo mediocre se arrastra como lo que siempre ha sido, una mentira inflada que no sabe competir si no le regalan los partidos.
Ganar no es cosa de todos, ¿verdad @LaSelecta_SLV?😅🇸🇻
El Salvador fue la única selección centroamericana que pudo ganar en este inicio de la fecha FIFA🔥⚽️
🚨 BREAKING: Argentina President has declared October 6th a public holiday. Every citizens are expected to stay at home and witness Messi play his last and final match in an Argentina shirt.
What a way to honor your legend. 🥹❤️
🚨🚨 #URGENTE🚨🚨
💥Periodista
❌"Darías el balón de oro a mbappe?
🎩Grimaldo
🔥"Yo se lo daría a lamine,Es raro ganar el balón de oro sin ganar títulos,SINO LEO MESSI TENDRIA QUE TENER 15"
💣BOOOOOOOMMMMMMMMM
Ja era hora que ho diguessis publicament,@JoanLaportaFCB@FCBarcelona_cat !
👏👏👏
Això és el mateix que pensem tots els culers!
I aquests ara ploren,ens acusen sense fonaments i ens menystenen!!
Bravo, Jan! Ja n’hi ha prou!!