La ley se hizo para cumplirla
Si la ley dispone una sola Convocatoria y su documento de condominio nada regula al respecto... ¿Por qué hacer dos y hasta tres Convocatorias?
Revisen su documento de Condominio. Allí tienen las respuestas a muchos planteamientos que surgen en los condominios
Por ahí se empieza ante cualquier duda
Cobranzas en el #Condominio
Ordinaria, también llamada extrajudicial: llamadas, contacto personal, envío de correo electrónico y otro tipo de notificaciones
Judicial: Demanda ante el tribunal competente. Su inmueble puede ser objeto de Embargo Ejecutivo
Los mandatos son revocables, de manera que una junta de #Condominio puede ser revocada antes de culminar su período natural de 1 año, si hay causas para hacerlo.
Basta que un tercio de las alicuotas pida la asamblea al Administrador para que éste convoque la Asamblea
En nuestra Asamblea de hoy no hubo quórum, nuestro documento de condominio exige 75% en segunda convocatoria
Levantamos acta y nos vamos a Carta Consulta
Artículo 24 de la Ley de Propiedad Horizontal
@TeresaRojas9 Pueden acudir a su Alcaldía y solicitar una mediación. Pueden ir directo ante el tribunal competente y presentar la correspondiente demanda también
Baruteños, recuerden manejar con #precaución y encender las luces de su vehículo. Ante las fuertes precipitaciones registradas en el municipio #Baruta, le indicamos el número de emergencia 📞 0412-336-21-22.
Son tantos miembros de junta como disponga el documento de Condominio
La ley indica 3 principales y 3 suplentes
Hay inmuebles que constituyen junta con 5 y 5
Revisen su Documento de Condominio