@amontenegrito El requisito de la relevancia constitucional es un criterio poco desarrollado. Medianamente #LaCorteDice que el caso tiene relevancia cuando permite crear, cambiar, o corregir un precedente. Está falta de claridad ocasiona su empleo discrecional en inadmisión de causas.
4️⃣ Incompetencia del Director de la Judicatura: Solo los jueces pueden calificar la conducta procesal (Art. 26 COFJ). El Director de la Judicatura no puede imputar un "abuso del derecho" que no ha sido declarado judicialmente.
He contestado el sumario administrativo del @CJudicaturaEc de Santa Elena. Sancionar a un abogado que promovió la tutela de un derecho constitucional de un ciudadano es criminalizar la tarea de defensa de derechos. Abro hilo con los 4 pilares de nuestra defensa:
3️⃣ Función Social: El patrocinio constitucional está revestido de interés público. Defender derechos es un acto de promoción democrática, no un litigio particular.
Espero que este procedimiento avance rápido. Vamos a judicializar el caso y, de ser necesario, llevaremos este atropello ante la @CIDH. La defensa de los derechos humanos no puede ser causa de sanción.
Lo que está ocurriendo en mi contra por parte del @CJudicaturaEc de Santa Elena no solo es una persecución; es un despliegue preocupante de desconocimiento del Derecho. Abro hilo sobre cómo se pretende sancionar la defensa de los #DerechosHumanos.
Qué seguirá? ¿Un informe motivado pidiendo mi suspensión o la revocatoria de mi credencial del foro de abogados? Si el objetivo es amedrentar, se equivocan de profesional.
En estas circunstancias, cabe una reflexión de ponderación: ¿Exime la conducta omisiva de un administrado el deber de debida diligencia del Estado de asegurar que sus decisiones lleguen efectivamente a su destinatario?
COSAS QUE SE VIVEN EN EL PATROCINIO ⚖️
Acabo de concluir una audiencia de Acción de Protección que deja un sabor amargo sobre la vigencia de los derechos fundamentales frente al poder del Estado. El caso trata acerca de una notificación de un acto administrativo por prensa. 🧵
El juez de instancia inadmitió la AP con dos argumentos cuestionables:
1️⃣ La indefensión es culpa de la ciudadana por no señalar correo al inicio. Según el juez, ella "no puede beneficiarse de su error". 🤦🏻♂️
2️⃣ Calificó la falta de debida diligencia de la CGE como"mera legalidad".