Anda que no mola el cartel, 6 de Junio de 2026 RetroReal cacharreo Party, décimo aniversario. Os esperamos.
Si queréis participar enviadnos mensaje o email a [email protected]
Nos presentamos en sociedad, somos la Sección Sindical de @SoliObrera en la Agencia de Transformación Digital de CLM de @gobjccm . Intentaremos dar lo mejor de nosotras para hacer de este organismo autónomo un lugar seguro laboralmente y útil a la ciudadanía. ¡Salud y acierto!
Politicos y jueces se lanzan entre ellos la pelota de los trabajadores públicos temporales precarizados.
⛔️⚠️ ESTO NO ES UN JUEGO ⚠️⛔️
‼️LA PELOTA SON CIENTOS DE MILES DE FAMILIAS‼️
Acaten sentencias europeas.
#QuienesEstamosNosQuedamos#FijezaYa@pedrosanchez@oscarlopeztwit
Sr. @InigoCortazar Sr. @garciapage El #SESCAM no lo ha hecho bien con los interinos. Ha habido discriminación, abuso y mala fe. Y ahora no lo decimos nosotros (que ya lo sabíamos). La UE abre expediente por este tema.
¿Quién va a asumir responsabilidades?
https://t.co/KzTdIpllyH
Tenemos cartel!!! Dedicado al retro más purista este año respetaremos todos los cánones más estrictos de nuestra afición¿Sabríais encontrar todas las referencias escondidas en el cartel? Retroreal cacharreo Party 2024 se celebrará el 8 de junio en Ciudad Real.
COMUNICADO IMPORTANTE: este año el evento cambia de ubicación. AsÍ que la edición de Retroreal 2024 Cacharreo Party se celebrará el 8 de Junio de 2024 en la UNIVERSIDAD POPULAR de Ciudad Real, calle Madroños 3 A.... (sigue)
Parece ser que no sólo es con nosotras con quien tiene problemas de comunicación @InigoCortazar,pensábamos que las vueltas jurídicas de si tenemos o no capacidad de voz en las mesa sectorial,negar palabra en Mesa General era por no llegar al 5% de votos,pero ya vemos que no.
YA QUE LE GUSTAN TANTO LAS EXCLUSIVAS a @InigoCortazar AQUI VIENE UNA !
PEDIMOS EL CESE INMEDIATO DE
IÑIGO CORTAZAR DIRECTOR DE RRHH DEL SESCAM
#sescam#sanidad
"IÑIGO CALIENTA QUE SALES "
La Coordinadora Madrileña convoca CONCENTRACIÓN ANTE EL MINISTERIO DE JUSTICIA, el JUEVES 14 DE MARZO A LAS 18:00
C/ San Bernardo, 45 MADRID
¡SI LLEVAS MÁS DE TRES AÑOS, ESTÁS EN ABUSO DE TEMPORALIDAD!
Apoyamos @SoliObrera@SoliStapMadrid y nosotras/os
@Beatriz86615952 ha dejado claro que las sentencias del TJUE no discriminan entre jurisdicción, lo que se dice para un laboral vale para un estatutario, como aplica para cualquier ámbito territorial entre países. Debe dejar de ser excepcionales las sentencias de fijeza.
🕒 Con solo 8 días restantes, nos encontramos en un momento crítico de nuestra campaña. Hemos alcanzado el 25% de nuestra meta, pero aún nos queda camino por recorrer. #JuntosPorLaJusticia
⏳ El tiempo vuela y ya estamos en la mitad de nuestra campaña. Aunque hemos avanzado, todavía no hemos superado el 20% de nuestro objetivo de recaudación. ¡Necesitamos tu ayuda! 🚀
¿Qué tipo de gestión hace RRHH del #SESCAM como para que el TSJCLM cite a su Director Gerente bajo posible delito de desobediencia?
Esto acaba de ocurrir en relación a la demanda judicial de @APRISCAM1 sobre las convocatorias de la OPE 2018 para las plazas TIC (sigue)
🚀 ¡Increíble inicio de campaña! En solo 7 días, hemos alcanzado más del 10% de nuestro objetivo, con más de 600€ recaudados. ¡Gracias a todos los que habéis aportado! 🌟
#Fijezaya Hoy Domingo es un gran día para hacer circular la hemeroteca de la vergüenza. (175 MG).
Cita, RT... Si la televisión no lo saca lo sacamos nosotros.
💯 Pronto subiré nuevos vídeos. 💯
#EU2023ES#TodoEsMentira12J#CuatroAlDia12J DES #Estabilizacion#Igualdad#Justicia#Temporalidad
💡#Fijezaya
2 / 2 ) 🇪🇺📝 Continúo copia de texto ("Literal") Directiva 1999/70/CE 🇪🇺📝:
🇪🇺 LAS PARTES FIRMANTES HAN ACORDADO LO SIGUIENTE:
📝Cláusula 1 📝
b) establecer un marco 🔥 para evitar los abusos derivados de la utilización de sucesivos contratos o relaciones laborales de duración determinada.
El presente Acuerdo se aplica 🔥 a los trabajadores con un trabajo de duración determinada cuyo contrato o relación laboral esté definido por la legislación, los convenios colectivos o las prácticas vigentes en cada Estado miembro.
(...)
📝 Cláusula 3 📝
A efectos del presente Acuerdo, se entenderá por:
1. "Trabajador 🔥 con contrato de duración determinada":
El trabajador con un contrato de trabajo o una relación laboral concertados directamente entre un empresario y un trabajador, 🔥 en los que el final del contrato de trabajo o de la relación laboral viene determinado por 🔥 condiciones objetivas tales como 🔥 una fecha concreta, 🔥la realización de una obra o servicio determinado o 🔥 la producción de un hecho o acontecimiento determinado;
2. "Trabajador 🔥 con contrato de duración indefinida comparable":
Un trabajador con un contrato o relación laboral de duración indefinido, en el mismo centro de trabajo, que realice un trabajo u ocupación idéntico o similar, teniendo en cuenta su cualificación y las tareas que desempeña.
📝Principio de no discriminación (Cláusula 4) : 📝
1. Por lo que respecta a las condiciones de trabajo, 🔥 no podrá tratarse a los trabajadores con un contrato de duración determinada de una manera menos favorable que a los trabajadores fijos comparables por el mero hecho de tener un contrato de duración determinada, a menos que se justifique un trato diferente 🔥 por razones objetivas.
📝 Información y oportunidades de empleo (cláusula 6) 📝
1. 🔥 Los empresarios informarán a los trabajadores con contrato de duración determinada de los puestos vacantes en la empresa o el centro de trabajo, para garantizarles que tengan las mismas oportunidades de acceder a puestos permanentes que los demás trabajadores. Esta información podrá facilitarse mediante un anuncio público en un lugar adecuado de la empresa o centro de trabajo.
2. En la medida de lo posible, 🔥 los empresarios deberán facilitar el acceso de los trabajadores con contrato de duración determinada a las oportunidades de formación adecuadas 🔥 para mejorar su cualificación profesional, 🔥 el desarrollo de su carrera laboral y su
🔥movilidad profesional.
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Los trabajadores públicos en fraude de ley por abuso de temporalidad en la administración pública española leemos la Directiva 1999/70/CE hasta la cláusula 6 (mañana continuamos con más) y nos sorprendemos mucho de cómo se dice cumplir dicha directiva en España.
🇪🇦🇪🇺 ¿No lo estamos entendiendo bien? 🇪🇦🇪🇺 ( 2 / 2 ).
#EU2023ES#TodoEsMentira12J#Cuatroaldia12J DES #estabilizacion#Igualdad#Justicia#Temporalidad#Fijezaya
🔥 - Contraste de 🇪🇦 STS 2634/2023 del 14/06/2023 🇪🇦 y 🇪🇺 Directiva 1999/70/CE. 🇪🇺- 🔥 ( 1 / 2 ) -
🙏 - Visión de ignorante afectado por temporalidad. - 🙏
📝🇪🇦 Recorte de texto de sentencia 2634/2023 : "(Literal)": 🇪🇦📝
🇪🇦 " La cláusula 5 del Acuerdo Marco de la CES, la UNICE y el CEEP sobre el trabajo de duración determinada, aplicado por la Directiva 1999/70/CE, dispone:
A efectos de prevenir los abusos como consecuencia de la utilización sucesiva de contratos o relaciones laborales de duración determinada los Estados miembros, (...) , cuando no existan medidas legales equivalentes para prevenir los abusos, introducirán de forma que se tengan en cuenta las necesidades de los distintos sectores y/o categorías de trabajadores, una o varias de las siguientes medidas:
a) razones objetivas que justifiquen la renovación de tales contratos o relaciones laborales;
b) la duración máxima total de los sucesivos contratos de trabajo o relaciones laborales de duración determinada;
c) el número de renovaciones de tales contratos o relaciones laborales." 🇪🇦
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🙏 Vamos a contrastar con la Directiva 1999/70/CE y comenzamos hasta llegar a la Cláusula 5.
Es la expone en primer lugar el Tribunal Supremo (pero obviando el todo lo anterior). 🙏
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📝 🇪🇺 Previo a la Cláusula 5 de la Directiva 1999/70/CE, esta directiva también expone: "(Literal) ": 🇪🇺 📝
🇪🇺 " 15 (...) 🔥obligará a los Estados miembros en cuanto al resultado que deba conseguirse, dejándoles, sin embargo, la elección de la forma y de los medios;
🇪🇺 Artículo 1 🇪🇺
La presente Directiva tiene por objeto aplicar el Acuerdo marco sobre el trabajo 🔥con contrato de duración determinada, (…) celebrado el 18 de marzo de 🔥1999 entre las organizaciones interprofesionales de carácter general (UNICE, CEEP y CES).
🇪🇺 Artículo 2 🇪🇺
Los Estados miembros pondrán en vigor las disposiciones legales,reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a lo establecido en la presente Directiva a lo 🔥 más tardar el 10 de julio de 2001 o se asegurarán de que, como máximo en dicha fecha, 🔥 los interlocutores sociales hayan establecido las disposiciones necesarias mediante acuerdo,
🔥adoptando los Estados miembros todas las disposiciones necesarias para poder garantizar en todo momento los resultados fijados por la presente Directiva.
🔥Informarán inmediatamente de ello a la Comisión."
Los Estados miembros, si fuera necesario para tener en cuenta dificultades particulares o la aplicación mediante convenio colectivo, y tras consultar 🔥 con los interlocutores sociales, podrán disponer 🔥 como máximo de un año suplementario.
🔥 Informarán inmediatamente a la Comisión de tales circunstancias.
Las partes de este Acuerdo reconocen que 🔥 los contratos de duración indefinida son, y seguirán siendo, la forma más común de relación laboral entre empresarios y trabajadores.
También reconocen que los contratos de trabajo de duración determinada responden, en ciertas circunstancias, 🔥 a las necesidades de los empresarios y de los trabajadores.
Ilustra la voluntad de los interlocutores sociales de establecer un marco general para garantizar la 🔥 igualdad de trato a los trabajadores con un contrato de duración determinada, 🔥protegiéndolos contra la discriminación, y con el fin de utilizar contratos laborales de duración determinada sobre una base aceptable para los empresarios y los trabajadores.
Este Acuerdo se aplica a los trabajadores que tienen un 🔥 contrato de duración determinada.
6. Considerando que 🔥 los contratos de trabajo de duración indefinida son la forma más común de relación laboral, y que contribuyen a la 🔥 calidad de vida de los trabajadores afectados y a mejorar su rendimiento.
Considerando que 🔥 la utilización de contratos de trabajo de duración determinada basados en razones objetivas es una forma de evitar abusos. ". 🇪🇺. (1/2)