⚖️Bacchetta, el único que denunció título falso de Hernán Rivas
El expresidente del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados, @EnriBacchetta, relató paso a paso cómo se dio a conocer sobre el supuesto título falso de abogado de Hernán Rivas.
🗣️"Casañas me dijo ´este señor no es abogado´".
🗣️"Los fiscales pueden hacer investigación de oficio pero eso no pasó".
🗣️"A mi hoy, en el tribunal, nadie me puede decir ´vos te callaste, vos sos un cagón´, yo le puedo decir a los otros, que ellos a sabiendas no dijeron nada, no tomaron ninguna determinación, se callaron por temor".
#LaTribuAM #650AM
El fin de semana visitamos a los vecinos del barrio Tacumbú 🙌🏻 Agradecemos al gran dirigente de la Seccional 17, el Abog. Alejandro Koopmann, por organizar esta caminata🚩Estamos contentos de ver cómo nuestro compromiso sigue llegando a cada barrio de Asunción!🫵🏻🏠✨
La Zona Centro explotó!💪🏻💥Gracias a las Seccionales 7,8,9,10,11,12,16,17,33 y 36 por estar presentes con toda la fuerza🚩Seguimos llegando a cada rincón con tu barrio primero!🫵🏻🏡
La que estuvo pegando y agrediendo fue ELLA, pero por ser mujer se le exonera de toda culpa...
El tipo se defendió después de un rato. Si la pelea hubiese sido entre 2 hombres, no pasaba nada.
Estoy harta de que usen la ley de violencia contra la mujer como garrote para que malas mujeres se venguen de hombres que las rechazan o dicen sus verdades sin filtro.
Por supuesto que no está bien que él haya perdido la paciencia porque el hombre siempre tiene más fuerza, pero la gente se cansa y no siempre reacciona de la mejor manera.
Ella es tan culpable de violencia como él, pero las ridículas quieren sanciones solo para el tipo.
Soledad Núñez habla de "continuismo" y show político por el cruce entre Latorre, Bello y Nenecho, pero se olvida de mirar su propio banco... 🧐 Augusto Wagner está en la Junta Municipal desde el 2001. ¡Para cuando Sole termine de criticar, Augusto va por sus Bodas de Oro en la concejalía! 💍🏛️ ¿El continuismo solo molesta si no es del equipo? Sole, el discurso de la renovación queda un poco raro cuando tu aliado principal es parte del mobiliario municipal desde antes que existiera el iPhone.
Pagaré.
Significa “apaciguar”, en el sentido de que a la entrega y con el pago se da calma a quien recibe y así apaciguarlo sin dar lugar a problemas.
Nace en la Edad Media en el norte de Italia para evitar el riesgo de portar efectivo en caminos peligrosos. Del latín: pacare.
¿Para qué tantos cursos? Los buenos abogados no son los que más diplomas exhiben sino los que se lucen en las audiencias argumentando sólidamente. Mal que les pese a los dueños del negocio, la literatura y la IA, con esfuerzo y tiempo, mejoran la profesión.
Teoría de los Derechos Fundamentales de Robert Alexy
La Teoría de los Derechos Fundamentales (1985, trad. española 1993) de Robert Alexy es una teoría estructural y dogmática de los derechos constitucionales.
Su objetivo principal es aclarar el concepto, la naturaleza y la estructura de estos derechos, basándose especialmente en la jurisprudencia del Tribunal Constitucional Federal alemán, pero con pretensión de aplicabilidad general en estados constitucionales.
Derechos fundamentales como normas y posiciones jurídicas
Alexy distingue:
- Disposición de derecho fundamental: El enunciado textual en la Constitución.
- Norma de derecho fundamental: La proposición prescriptiva que se adscribe interpretativamente a esa disposición.
- Posición jurídica fundamental: La relación concreta que surge entre el titular del derecho y el Estado (o particulares).
Los derechos no son meras “cartas de triunfo” absolutas, sino elementos que abren el sistema jurídico hacia la razón práctica y la moral de forma controlada.
2. Distinción clave: Reglas vs. Principios (eje de toda la teoría)
Esta es la distinción cualitativa y exhaustiva más importante:
- Reglas: Normas que se aplican de todo o nada (se cumplen o no se cumplen).
Se resuelven por subsunción.
En caso de conflicto, una invalida a la otra o se crea una excepción expresa.
- Principios: Normas que ordenan que algo se realice en la mayor medida posible, según las posibilidades fácticas y jurídicas existentes.
Son mandatos de optimización (o “mandatos a ser optimizados”, según precisiones posteriores de Alexy).
Se aplican mediante ponderación y pueden cumplirse en grados variables. En conflicto, no se invalidan: uno prevalece en el caso concreto, pero ambos permanecen vigentes.
Tesis central de Alexy:
Los derechos fundamentales tienen, predominantemente, el carácter de principios.
Esto explica por qué rara vez son absolutos y por qué los tribunales usan sistemáticamente el principio de proporcionalidad.
3. Colisión de principios y la ponderación (balancing)
Cuando colisionan principios (ej.: libertad de expresión vs. derecho al honor; vida vs. libertad religiosa), se resuelve mediante ponderación racional, no por invalidez.
Ley de la ponderación (fórmula del peso):
Cuanto mayor sea el grado de afectación o incumplimiento de un principio, tanto mayor debe ser la importancia del principio que justifica esa afectación.
El juicio de proporcionalidad (en sentido amplio) consta de tres subprincipios:
1. Idoneidad (adecuación): La medida debe ser apta para lograr el fin.
2. Necesidad: No debe existir una medida alternativa menos gravosa que logre el mismo fin.
3. Proporcionalidad en sentido estricto (ponderación propiamente dicha): Comparación del peso relativo de los principios en el caso concreto.
Esta estructura hace que la ponderación sea un procedimiento racional, aunque no mecánico ni siempre unívoco.
Alexy rechaza el objetivismo fuerte de Dworkin (una sola “respuesta correcta”), pero defiende que la ponderación no es arbitraria.
4. Otras aportaciones importantes
- Derechos prestacionales (positivos): Incluyen derechos a protección, a organización/procedimiento y derechos sociales.
Estos generan obligaciones estatales, pero sujetas a límites fácticos y jurídicos (ponderación).
- Efecto horizontal (Drittwirkung): Los derechos vinculan también a particulares, aunque de forma indirecta (a través de la interpretación del derecho privado).
- Derecho general de libertad y de igualdad: Actúan como principios residuales.
- Conceptos de derechos fundamentales: Formal (los positivizados en la Constitución), material (basados en su contenido ético) y procedimental.
5. Consecuencias prácticas
- Justifica el control judicial de constitucionalidad intenso.
- Explica el uso generalizado del test de proporcionalidad por tribunales constitucionales en todo el mundo.
- Convierte los conflictos de derechos en un ejercicio de optimización racional y argumentativa.
Tuve la oportunidad de conocer al Dr Gaona Irún en su faceta de litigante y como profesor de la Maestria de Derecho UNA. Es un profesional de muchas luces por lo que me interesó de plano leer su trabajo. Lo considero un aporte relevante a la cultura jurídica paraguaya.
Una actuaría no es Juez, solo el Juez es el que puede decidir si existe o no violencia según la valoración de las pruebas presentadas por la víctima, la actuaría o funcionaria se debe de limitar en tomarte la denuncia y nada más!!