¿Ejecutas contratos estatales y te descuentan estampillas territoriales de forma automática? Ojo: el Consejo de Estado fijó límites claros en esta materia frente a recursos con reglas de excepción. No todo recaudo del Estado es legal ni definitivo. Abro hilo. 🧵
End of an Era of gaming ✊🏽❤️
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Salute to all the physical gamers out there, it’s gotta suck that Sony is doing this
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I honestly though Sony would go at least another gen of support but here we are
PS1 PS2 PS3 PS4 PS5
¿La sola solicitud de una medida cautelar permite saltarse la conciliación prejudicial? ¿Basta con pedirla? ¿Debe el juez revisar si es viable, razonable y materialmente posible? ¿Una cautela mal planteada puede afectar la admisión de la demanda?
En este video de Litigio en Minutos hablo de ese problema y de la tensión que deja la STC483 de 2026 para los litigantes.
Seguimos avanzando. Seguimos litigando.
📢📢⚖️ LA DEMANDA EJECUTIVA SE CALIFICA EN DOS NIVELES
A través de auto notificado el 30 de junio de 2026, la Sala Civil del Tribunal Superior de Distrito precisó que, al calificar una demanda ejecutiva, el juez debe hacer dos estudios distintos.
Primero, verificar si el documento aportado presta mérito ejecutivo conforme al artículo 422 del CGP. Segundo, revisar si la demanda cumple los requisitos formales de los artículos 82 a 89 del CGP.
📌 Aspectos relevantes
1️⃣ El título y la demanda no son lo mismo
El juez debe diferenciar entre el análisis del mérito ejecutivo del documento y el cumplimiento formal de la demanda.
2️⃣ El primer nivel es el artículo 422 del CGP
Debe verificarse si el documento contiene una obligación clara, expresa y exigible.
3️⃣ El segundo nivel son los requisitos de la demanda
También debe revisarse si el escrito cumple las exigencias formales de los artículos 82 a 89 del CGP.
4️⃣ Los análisis pueden ser paralelos, pero no confundirse
La falta de precisión formal no siempre equivale a inexistencia del título ejecutivo.
5️⃣ El juez debe interpretar demanda, subsanación y anexos
Si el título permite identificar la obligación, el despacho debe librar mandamiento en la forma legalmente admisible, sin negar automáticamente la orden de pago.
💡 Conclusión
La calificación de la demanda ejecutiva exige dos estudios: mérito ejecutivo del documento y requisitos formales de la demanda. Si el título permite identificar la obligación, el juez debe interpretar demanda, subsanación y anexos para librar la orden en lo jurídicamente procedente, no negar el mandamiento por confundir ambos niveles.
La ficha jurisprudencial, la providencia completa y el análisis detallado están disponibles en la comunidad Códex Jurisprudencial.
Acceso desde la web, con contacto directo por WhatsApp:
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En las elecciones de Perú, el señor Gustavo Petro salió a felicitar a Roberto Sánchez como supuesto presidente en menos de un minuto, sustentado en fake news; pero eso le pareció muy conveniente.
En Colombia ha habido preconteo, escrutinio, veeduría internacional, declaratoria de elección y reconocimiento por parte de todos los jefes de Estado; pero Petro no ha tenido la hidalguía de saludar al presidente Abelardo de la Espriella.
Vean el “carácter democrático” de quien nos gobernó.
¿Diana sabe quiénes son atrevidos e irrespetuosos? Las FARC y el ELN que presionaron para que votaran por su candidato Cepeda.
Atrevido el gobierno de su presidente Petro que con sus funcionarios se robaron más de 1,5 billones de pesos de la UNGRD.
Atrevido Petro que se hizo elegir con violación de topes de campaña por más de $5.300 millones de pesos.
Atrevidos ustedes, que pretendían perpetuar un sistema autoritario que ha matado a más de 2.500 pacientes por falta de medicamentos.
Atrevidos ustedes, que callan ante las más de 1.200 víctimas de masacres en estos 4 años.
Irrespetuosos ustedes los que apoyaron esta Kakistocracia donde Juliana Guerrero tenía más mérito que cualquier profesional.
EL LEÓN Y EL TIGRE RUGEN EN LATINOAMÉRICA...!!!
Felicito enormemente a @ABDELAESPRIELLA por su histórica victoria en Colombia.
Hoy la mayoría de los colombianos eligieron el camino de la libertad económica, la prosperidad, la seguridad implacable y decirle BASTA al crimen organizado transnacional y al narcotráfico.
La libertad avanza en toda América Latina y ya no hay vuelta atrás.
VIVA LA LIBERTAD CARAJO...!!!
@lcvelez Esto me huele a prevaricato. Y si las publicaciones de la Juez son ciertas. Que la denuncien porque no se debe ejercer el poder de un cargo y sus potestades caprichosamente.
Abelardo defendió personas procesadas por distintos delitos porque era abogado penalista y ejercía su profesión.
Cepeda defendió violadores y asesinos de niños sin ser abogado; lo hizo por convicción.
Diferencias.
LA LIBERTAD AVANZA
Quiero felicitar a @ABDELAESPRIELLA por su triunfo en la primera vuelta de las elecciones de Colombia, y a los colombianos por esta ejemplar jornada electoral.
Este resultado refleja el anhelo de libertad y progreso del pueblo colombiano, y una voluntad expresa de decirle basta al fracasado modelo socialista que tanto daño le ha hecho a nuestra región, y a Colombia en especial, en los últimos 4 años.
De repetirse este resultado en segunda vuelta, no tengo dudas que Colombia va a ingresar nuevamente al concierto de las Naciones Libres, y retomará un rumbo orientado a la defensa de la vida, la libertad y la propiedad.
VIVA LA LIBERTAD CARAJO...!!!