@ramirezlopezand@RaquelCharq Sería procedente a tu favor solo si acreditas haberte dedicado al hogar de forma preponderante, ese es el presupuesto básico para que surja el derecho a una compensación.
@rescobarg76@raymundogama@RaquelCharq que se resolvió en AD que no solo procede en el mismo juicio en etapa de ejecución, sino que además la procedencia de esas prestaciones debe ser estudiada oficiosamente
@rescobarg76@raymundogama@RaquelCharq Me imagino que tiene que ver con que solicitó esas prestaciones en un escrito posterior a la contestación de la demanda, el juzgado de primera instancia dejó a salvo sus derechos para que los hiciera valer por la via ordinaria y eso fue materia de impugnación, hasta el punto de
@RaquelCharq De esas tesis que no aportan nada, literal describe la figura de la compensación como está prevista en la ley, además dice que la separación de bienes no impide que pueda haber compensación, perdiendo de vista, que es precisamente el único supuesto en el que procede
¿Otra vez derrotando normas en la Corte?
No importa que la ley diga expresamente cuánto tiempo puede durar un acto de molestia, no importa la deferencia legislativa que tanto se cacarea todos los días cuando de efectos generales se trata, siempre que los Ministros tengan buenas razones para decidir estratégicamente qué artículos usar para una interpretación sistemática que de facto derrota una porción de la norma para hacerla decir lo que queremos que diga.
Tantos jueces suspendidos, regañados y exhibidos por hacer una simple interpretación pero cuando toca hacer jurisprudencia se aplaude como si no hubiera una contradicción ideológica.
Los plazos y las leyes son intrascendentes, lo relevante es como hacer que digan aquello que no dicen.
@CarlosArteagaTo Aun sin la publicación de la tesis, si de la sesión se desprende claramente el criterio, puede y debe acatarse. Resolver en sentido contrario, haciéndose de la vista gorda sobre el nuevo precedente que se acaba de establecer, solo genera inseguridad jurídica.
México, probablemente el único país en el mundo en el que las personas juzgadoras empiezan a capacitarse en temas básicos después de más de 6meses de estar en funciones.
Primero les nombran, después les evalúan y finalmente comenzarán a capacitarles… qué podría salir mal?