Impedir que familiares y solidarios esten en el entierro de sus muertos es una acción desalmada y además torpe pues evitar por fuerza entrar al cementerio no elimina la manifestación de dolor, solidaridad y ahora abuso en 2.0, algo que deteriora más la comprometida imagen oficial
El Reglamento debe someterse a “consulta pública” para garantizar derecho de participación. Las personas directamente o a través de organizaciones podrán presentar observaciones sobre el Reglamento que deberán ser analizadas. LOAP art. 88 num. 3ro. Artículos 62 y 70 Constitución.