Una persona promovió un amparo contra la reforma que creó la CURP biométrica obligatoria. Alegó algo muy sencillo y muy grave: que el Estado no puede construir una Plataforma Única de Identidad tomando, almacenando y utilizando huellas, rostro y otros datos biométricos como si fueran simples datos administrativos. Un juez concedió la suspensión provisional y la autoridad impugnó esa decisión.
Al resolver la queja, el Vigésimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito fijó un criterio de gran trascendencia y relevancia. Sostuvo que, frente a la biometría estatal, ya no basta hablar de privacidad. Los datos biométricos son únicos, permanentes e irrepetibles; si se concentran, interconectan o utilizan sin límites estrictos, pueden convertirse en instrumentos de vigilancia, perfilamiento, control social e incluso inhibir el ejercicio de libertades fundamentales.
Por eso el Tribunal propone un cambio de paradigma: hablar de soberanía digital personal. Esto significa reconocer que cada persona debe conservar el control efectivo sobre su identidad biológica y digital; decidir quién puede capturarla, para qué fines, por cuánto tiempo, con qué límites y bajo qué controles constitucionales. En otras palabras, la identidad deja de verse como un simple dato que administra el Estado y pasa a entenderse como un espacio de libertad que pertenece, antes que a cualquier autoridad, a la propia persona. Ese es el verdadero alcance de esta tesis y una discusión que marcará el futuro de los derechos fundamentales en la era digital.
Aquí te dejo el link para que puedas consultar la tesis que generó este caso: https://t.co/eWSMCjBhMs
📱 El hallazgo de que la línea telefónica atribuida a la presidenta se encuentra registrada bajo el operador Oxxo Cel expone de manera inmediata las profundas contradicciones operativas del discurso oficial, reduciendo el escenario a dos conclusiones inevitables.
❌ La primera conclusión es que, en la práctica, la máxima autoridad del Ejecutivo federal prefiere confiar la seguridad de sus comunicaciones a una de las corporaciones privadas y capitalistas que la propia retórica de izquierda suele denunciar y señalar públicamente, evidenciando una desconexión total entre la ideología y la realidad.
⚠️ La segunda posibilidad: el hecho de que un tercero haya realizado el registro de esa línea utilizando su identidad. ESTO SIGNIFICA QUE ELLA NO HA ACATADO PERSONALMENTE SU PROPIA NORMATIVA y que, bajo el esquema actual, hasta los datos de la propia presidencia de la República son vulnerables y carecen de un control técnico riguroso.
🎭 Cualquiera de los dos escenarios desmantela la narrativa de soberanía y control digital que intentan vender a la ciudadanía; demuestra que el sistema de registro obligatorio es ineficaz, contradictorio y asimétrico.
🛡️ Si las bases de datos y la identidad de los mandos más altos del Estado operan en la ambigüedad, queda claro que estas reformas solo sirven como herramientas de fiscalización masiva para el ciudadano común, no para proteger la integridad del país.
Sí, la @CRTGobMX amplió el plazo por dos razones: el bajo porcentaje de registro y que era imposible desconectar todas las líneas no registradas el 1 de julio.
Ya vimos que se puede. Es momento de exigir que se cancele este ejercicio que vulnera múltiples derechos.
📵 | NO HABRÁ SUSPENSIÓN MASIVA DE LÍNEAS TELEFÓNICAS NO REGISTRADAS EL 1 DE JULIO
Hay un tema que la CRT no quiere decir: es imposible efectuar el apagón masivo de quienes no vinculen su línea. ¿Cómo decidirán quiénes van primero y quiénes después?
@Wikichava, @JoseMarioMX