«Cualquier destino, por largo y complicado que sea, consta en realidad de un solo momento: el momento en que el hombre sabe para siempre quién es» Jorge Luis Borges.
@ElMundoJuridico@laurita3012 No pensas que tendría que revisarlo/convalidarlo algún funcionario con la firma de un despacho? (no se debería agregar "así nomás" cualquier escrito).
@MGFP_Epicteto@ElMundoJuridico Se hace todo el tiempo (al menos si se envió en formato editable). Se observa solo si son cédulas firmadas por los profesionales o si realmente no queda otra.
@erdosain_@manolosalgado64 Hola. Estoy en la Secretaría todos los días desde temprano. Si querés pasa a conversar o llámame por teléfono a ver si podemos solucionar el inconveniente.
@1SuperCuate1@ElMundoJuridico Lo entiendo y comparto. Pero la verdax es que el lex100 bloquea la firma digital -por lo que a lo sumo sería firma electrónica-, nadie reguló la notificación con enlace al PJN y no hay insumos (hojas).
@IsaVanetti @ElMundoJuridico No es copiar y pegar. Tiene varios pasos de verificación previa en un sistema que no colabora para la revisión digital. Por ejemplo: regular honorarios mediador, tasa de justicia, notif. de todos los prof. Intervinientes.
@Pajertof@E_Procesal Coincido con lo de las audiencias presenciales.
Para testimoniales, por ejemplo, el PJN tendría que tener nuevas herramientas (filmar o un software que transcriba).
@Pajertof@E_Procesal La presencialidad es necesaria parcialmente. El sistema híbrido funciona bien si las personas van un par de veces por semana a la oficina. En varias ocasiones se puede rendir mucho más con home office (incluso en sus casas las personas tienen acceso a Internet para investigar).
@E_Procesal Totalmente. Más allá de todas las ventajas del expediente digital -q me parecen espectaculares-, antes se podía revisar y firmar un traslado en 1 minuto. Ahora con todas las vueltas del Lex100 quizás estás 4 o 5 minutos. Si multiplicamos: al menos 4 veces más de carga horaria.