@morales_fu62079@MemesDelMijinOr Ya ves que eres estúpido, nadie dice que el te tenga plata haga lo que quiera, el problema es que esos no trabajan, que estan lavando dinero robado en la pandemia en su carrito sanduchero; ahora entiendes? ESTÚPIDO
@FRM87 Excelente, como tu lo dices, tu argumento se volvió indestructible, queda un solo camino para Godoy. Y obvio se aplica a todos los abogados que ejerciendo su derecho eligieron un lado se la cancha. Saludos Dr. Felipe.
Así de estúpid0s lo ven a todos los borregos que siguen apoyando a esta clase de gente.
Pero bueno…la coeficiencia intelectual de los correistas es nula… solo usan el cerebro para acordarse de ir a comer, cag@r y dormir
@ecuainm_oficial Me asombra la capacidad de varios comentarios, capaz que todavía creen que CHORREA NO ROBO y que Patiño no sabe nada de la narco valija o ya de paso que EXISTE PAPÁ NOEL.
❌Hace menos de dos años, un juez en Cuenca liberó a un sujeto que estaba preso por la violación de tres niñas, invocando y basándose en la generalidad del artículo 35 de la Constitución que establece que los privados de la libertad son parte de la población vulnerable. Usando ese artículo tan amplio, priorizó de forma indolente el “derecho” de un delincuente sobre el derecho de las niñas.
❌Meses después, un sujeto con tres condenas por asesinato recibió la prelibertad de otro juez, cumpliendo solo 12 de los 32 años a los que fue sentenciado. Apenas puso un pie en la calle desapareció, huyó, pero nadie lo busca porque otro juez de Cuenca, invocando asimismo el artículo 35, le perdonó su falta de presentación al juzgado por tener doble vulnerabilidad: PPL y adicto.
❌Un caso más, un sujeto extranjero, detenido por secuestro extorsivo, fue liberado en 2024 cumpliendo la mitad de su pena. El juez le dejó libre por tener doble vulnerabilidad. Preso y extranjero.
Podemos enumerar, como estos, decenas de casos. Afortunadamente nuestra investigación terminó con la destitución a los dos jueces que liberaron a estos sujetos y que hoy además enfrentan a la justicia. Pero no es suficiente, es necesario debatir y reformar el Art. 35 de la Constitución, es una obligación moral de esta Asamblea y un deber con el país.
‼️#URGENTE
El presidente Daniel Noboa emitió este viernes, 12 de diciembre de 2025, el Decreto Ejecutivo No. 243, que reforma un procedimiento de contratación pública. El cambio permite repetir las convocatorias públicas de emergencia en caso de que una subasta inversa corporativa para la compra de medicamentos quede desierta.