Chofer que hace mandados y da mantenimiento en villas que se alquilan, no es un trabajador doméstico. Lo que determina que un trabajador sea doméstico o no, no es que realice labores exclusivas y habituales de aseo, limpieza y demás propias de una residencia, sino que esas labores no importen lucro o beneficio para el propietario del lugar donde las realiza. Factum: chofer que realizaba mandados, conducía a los propietarios y dirigía al personal de limpieza en dos villas de un complejo turístico que sus dueños alquilaban a terceros.
Prueba aportada por primera vez en casación. La corte de casación no examina documentos nuevos; en ese sentido, frente a la ausencia de dicho elemento, la corte de trabajo actuó correctamente al imponer la condena en daños y perjuicios. Factum: empleador que aportó por primera vez en casación la certificación que daba constancia de que el trabajador estaba inscrito en la seguridad social y pretendía que fuese anulada dicha vertiente de la sentencia recurrida.
Cuando el paciente, según el criterio del médico que lo asiste, carece de capacidad natural para entender la información, ésta debe ponerse en conocimiento de sus vinculados (familiares o de hecho), debiendo ser informado también el paciente de acuerdo a su comprensión.
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El Gobierno, a través del Comité Nacional de Salarios, aprobó un aumento de 20% al salario mínimo de los trabajadores de la construcción y sus afines.🏗️🦺🧱
Los gastos educacionales y tickets aéreos de un gerente expatriado no integran el salario ordinario. Los gastos educacionales y tickets aéreos propios del puesto de un gerente expatriado, por su carácter extraordinario, no pueden admitirse como parte del salario ordinario, aun cuando se otorguen de forma periódica, pues representan un incentivo adicional en favor del trabajador para colocarlo en condiciones de prestar los servicios contratados y mejorar su rendimiento. Factum: gerente general expatriado que reclamó se incluyeran en su salario ordinario los gastos educacionales de sus hijos, así como los tickets aéreos de vacaciones y navideños que le cubría el grupo multinacional para el cual trabajaba.
El salario para el cálculo de prestaciones laborales es el devengado durante el último año de servicios. Para determinar el monto del salario ordinario a los fines de pagar las indemnizaciones laborales, se deben tomar en cuenta todos los salarios devengados durante el último año de prestación del servicio; fijar el salario partiendo de un documento correspondiente a un período distinto y sin identificar qué conceptos lo integraban, constituye una falta de base legal. Factum: decisión anulada por fijarse el salario del trabajador tomando como referencia una certificación que reflejaba el pago total de una suma anual bruta en el 2017 (dos años antes de la terminación del contrato).
Oferta real de pago que cubre las prestaciones laborales, pero no los derechos adquiridos que menciona se retribuyen. Aplicando la lógica razonable del contenido de la ley y las particularidades propias de la materia laboral, la oferta hecha por un monto total suficiente que cubre las prestaciones laborales es válida por esos conceptos, debiendo condenarse al pago de los derechos adquiridos que no fueron cubiertos en la misma. Factum: decisión anulada por no declararse la validez de la oferta real de pago cuando el monto total de la misma se correspondía con las sumas inherentes al preaviso omitido y al auxilio de cesantía (si faltaban otros derechos, debió condenarse a su pago y no declararse insuficiente).
Desahucio y cheque de prestaciones que el trabajador no se presenta a retirar. No basta con alegar que el cheque correspondiente a las prestaciones laborales siempre estuvo disponible en la empresa y que el trabajador no pasó a retirarlo; para que el empleador se libere de las obligaciones derivadas del desahucio, debe hacer la oferta real de pago. Factum: empresa condenada al pago de prestaciones laborales y días de salario en virtud del art. 86 del Código de Trabajo, por no hacer la oferta real de pago correspondiente y limitarse a esperar que el trabajador pasara a buscar el cheque.
Oferta real de pago. Consignación en una administración local distinta al domicilio del trabajador. Por la especialidad de la materia laboral, en la que prima el fondo sobre la forma, que la consignación de una oferta real de pago se realice en una administración local de la DGII distinta a la correspondiente al domicilio del acreedor no la invalida, a menos que se demuestre que ello se hizo con la intención de perjudicarlo. Factum: trabajadores que impugnan la validez de las ofertas formuladas por su empleador, alegando que la consignación se realizó en la administración local de Los Próceres en lugar de la correspondiente a su domicilio real en Santo Domingo Norte.
Inadmisibilidad del medio de casación por formularse de manera genérica. En su memorial de casación, la recurrente debe articular un razonamiento jurídico que permita determinar si hubo o no violación a la ley, señalando en qué consiste el vicio invocado y en cuáles de sus vertientes la sentencia adolece de dicha falencia; de lo contrario, el medio deviene inadmisible por ser imponderable. Factum: empresa que se limitó en su memorial de casación a formular argumentos de hecho de manera generalizada, sin especificar en cuáles vertientes la sentencia impugnada incurrió en los vicios alegados.
🟥🔴ATENCIÓN🔴🟥
🔹Juntas de vecinos de residenciales.
🔹Administradores de condominios.
🔹Encargados de la administración de edificios.
El tribunal Constitucional 🇩🇴 les acaba de decir qué pueden y qué no pueden hacer en VIGILANCIA Y COBRO, en la TC/0⃣6⃣8⃣4⃣/2⃣6⃣.
Va 🧵⤵️
El Tribunal Constitucional, mediante sentencia 0637/26, de fecha 27 de julio de 2026, cerró el debate sobre el artículo 815 del C.C y la prescripción de los 2 años, confirmando el criterio de la SCJ.
Interés casacional. Creación de doctrina: Demanda en validez de oferta real de pago formulada antes de que culmine definitivamente el litigio. Mientras una sentencia sea susceptible de ser atacada por las vías ordinarias o por el recurso de casación, su autoridad de cosa juzgada es puramente provisional, circunstancia que debió valorarse antes de declarar la validez de la oferta real de pago. Factum: empleador que obtuvo la validez de una oferta real de pago realizada en virtud de una sentencia que había sido recurrida en casación.
Prescripción de reclamos por concepto de derechos adquiridos y daños y perjuicios. La demanda en reclamo de derechos adquiridos y daños y perjuicios está sujeta al plazo de 3 meses previsto en el art. 703 del Código de Trabajo; por lo tanto, al declararse completamente inadmisible la acción por haberse interpuesto luego de dos meses, se formuló una errónea aplicación de la ley. Factum: decisión anulada por haberse declarado inadmisibles los reclamos por concepto de prestaciones laborales, derechos adquiridos y daños y perjuicios, sin percatarse de que los dos últimos eran admisibles por no haber transcurrido el plazo de 3 meses.
Renuncia del trabajador y alegato de que fue constreñido a firmarla. En ausencia de pruebas que permitieran establecer que el trabajador fue constreñido a firmar la renuncia en las circunstancias alegadas y que realmente fue despedido, los jueces retuvieron adecuadamente que la terminación se debió al desahucio ejercido por este, sin incurrir en desnaturalización. Factum: trabajador que alega haber suscrito la renuncia mientras estaba secuestrado en una celda producto de un proceso de investigación por una supuesta sustracción de valores.
Aplicabilidad obligatoria del art. 641 del Código de Trabajo (modificado por el art. 90 de la Ley núm. 2-23). La excepción que la propia SCJ había creado para admitir el recurso de casación pese a no superar los 20 salarios mínimos (cuando la sentencia impugnada incurriera en error grosero, abuso de derecho o violación al derecho de defensa) carece de razón de ser. La decisión que no supere dicha cuantía es firme y solo es impugnable ante el TC. Factum: recurrente cuya condena confirmada por la corte de trabajo no superaba los 20 salarios mínimos y pretendía la admisibilidad de su recurso de casación invocando que se había incurrido en violación a la Constitución.
Notificación a domicilio desconocido debe indicar que hubo un traslado a la última dirección conocida del trabajador. En su actuación, el alguacil se dirigió a las oficinas del procurador fiscal; sin embargo, en el acto no consta que se haya formulado previamente un traslado al último domicilio conocido de los trabajadores, incumpliéndose así con las formalidades descritas en los artículos 68 y 69.7 del CPC. Factum: despidos declarados injustificados por no realizarse de forma adecuada la notificación de los mismos.