@TomRyddle161892@tiendaunionok hace unos dos años atrás ya lo planteamos a esto! Hasta cuándo van a seguir rompiendo las pelotas. Si la mina hace atletismo, joya! Pero no la pongan como cara del club porque no lo es y no tiene sentido de pertenencia. Déjense de romper los huevos!
buenas tienda Union, me parece que la elección de la modelo no fue la mejor, eligieron una raza, encima al vago (q es dirigente) también hay que avisarle porque parece que no se entero. la próxima hagan mejor casting.
La soberbia y el ego van a hacer q se vayan todos x la puerta de atrás. Ninguno fue capaz de plantarse frente al patrón de estancia. Son todos cómplices muchachos. Para no serlo, lo tendrían que haber dejado solo. @clubaunion ahora ya es tarde, les entra agua x todos lados.
Será q alguna vez se romperá la mediocridad dirigencial. Otra vez mercado de pases, otra vez el mismo speach, otra vez los mismos síntomas. Inhibidos, todos saben q hay q reforzar. Venderemos, no cobraremos. Otra vez sopa. La mediocridad los define
Cuando se pregunten cuales serán las ambiciones futbolisticas de los dirigentes recuerden que Spahn y los vicepresidentes (Del Sel, Zin y Poccia) NO viajaron a los partidos de Play-Offs ante Independiente Rivadavia y Belgrano.
Así estamos.
LOCURA TATENGUE EN MENDOZA: gran chiche y definición de Tarragona para el 2-0 de Unión contra Independiente Rivadavia en los octavos del #TorneoApertura.
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Tremendo Triunfo de Unión ante Indep. Rivadavia.
Noche de golazos impresionantes de Cuello y Tarragona. Y de otra gran actuación de Del Blanco.
2-1. De Sorpresa no tiene nada. El mejor Unión puede ganarle a todos. En Cuartos, versus Belgrano en Córdoba.
Grande Tatengue!
#ReformaLaboral
ARCA reglamenta y pone en marcha el Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral (RIFL)
Sujetos comprendidos: Se encuentran alcanzados los empleadores del sector privado, por cada nuevo trabajador incorporado entre el 1 de mayo de 2026 y el 30 de abril de 2027, ambas fechas inclusive
Los empleadores no podrán hacer uso de los beneficios del Régimen respecto de aquellos trabajadores previamente declarados bajo el Régimen General de la Seguridad Social que, luego de producido el distracto laboral -cualquiera fuese su causa-, fueran reincorporados por el mismo empleador dentro de los 12 meses contados a partir de la fecha de desvinculación.
Registro: los empleadores deberán registrar a cada nuevo trabajador incorporado, mediante el servicio denominado “Simplificación Registral”, utilizando el siguiente código de modalidad de contratación:
710: Régimen de Incentivo para la Formalización Laboral - Ley 27.802
El beneficio de la reducción de alícuotas de las contribuciones patronales se aplicará a partir del período fiscal correspondiente al inicio de la nueva relación laboral y en los 47 períodos fiscales siguientes, en tanto se mantenga vigente la citada relación laboral.
El goce del referido beneficio se encontrará supeditado a que en la declaración jurada determinativa y nominativa de aportes y contribuciones con destino a la seguridad social (F. 931), el empleador informe al trabajador bajo el perfil correspondiente al presente régimen.
Cada empleador podrá hacer uso del beneficio una única vez por trabajador.
Resultarán excluidos del beneficio de reducción de alícuotas de las contribuciones patronales, los empleadores que:
a) Se encontraren incorporados en el “Registro Público de Empleadores con Sanciones Laborales” (REPSAL), durante el período en que permanezcan en él.
b) Hubieren incurrido en prácticas de uso abusivo del beneficio. Será considerada práctica de uso abusivo el hecho de producir sustituciones de personal bajo cualquier figura, o el cese como empleador y la constitución de una nueva figura como tal, ya sea a través de las mismas o distintas personas humanas o jurídicas.
Decaimiento del régimen: El incumplimiento de las obligaciones, producirán el decaimiento del beneficio de reducción de alícuotas de las contribuciones patronales debiendo el empleador presentar las declaraciones juradas rectificativas correspondientes y abonar las diferencias, sus intereses y las multas pertinentes por los períodos fiscales que correspondan.
La obligación de utilización del release 7 de la versión 47 del sistema “Declaración en línea” comprende las presentaciones de declaraciones juradas correspondientes al período devengado mayo de 2026 y siguientes, así como las presentaciones de declaraciones juradas -originales o rectificativas- correspondientes a períodos anteriores, que se efectúen a partir de la fecha de vigencia de la flamante resolución general.
Las disposiciones de la presente resolución general resultarán de aplicación para las declaraciones juradas correspondientes al período devengado mayo de 2026 y siguientes.
Acceda al texto completo de la Resolución General 5844/2026:
https://t.co/scDi72p7OC
@OOCUnion Dejaste ir a verde para traer a Palavecino… en el futbol no se juega solo con la técnica, tenes q tener físico y cabeza además. Claramente lo q le falta
@Info__Tatengue Y no viene nadie de jerarquía.. 1ro xq es lo q hizo spahn siempre, 2do. Xq está inhibido y tb sabemos que pasa con spahn y las inhibiciones… @clubaunion
Cansado de siempre lo mismo y tener que estar pendiente a resultados ajenos , ahora en el mercado de pases seguro se te van los mejores y a remar de nuevo …
@Info__Tatengue Desde el inicio del torneo q sabíamos q este equipo era menos q el del año pasado. La principal falencia era la defensa y faltaba gente que juegue al futbol. Solo spahn, su cd toda cómplice, y madelon son los encargados de salir a venderle humo a la gente. @clubaunion