@Manhora_08@Martinpdisalvo@marcos_galperin Con esa cara de pelotudo que tenés, tu respuesta es la esperada, empalizada un poco con los jubilados tenían que se percibe león.
@cgtoficialok @CTAok construcción, reparación de aeronaves y buques, servicios logísticos, actividad minera, frigorífica, correos, comercio electrónico, agropecuaria y cadenas de valor, servicios bancarios y financieros, hoteleros y gastronómicos, y producción destinada a exportación.
#ReformaLaboral
@cgtoficialok @CTAok con obligación de prestación mínima del 50%: producción de medicamentos, transporte terrestre y subterráneo, radio y televisión, actividades industriales continuas (siderurgia, aluminio, química, cemento), industria alimenticia, producción y distribución de materiales de
@cgtoficialok @CTAok y portuario, aduaneros y migratorios, cuidado de menores y educación (de nivel inicial, primario, secundario y educación especial), transporte marítimo y fluvial de personas y mercaderías y recolección de residuos.
También se consideran “actividades de importancia trascendental”
@cgtoficialok @CTAok medicamentos e insumos hospitalarios y farmacéuticos.
Producción, transporte, distribución y comercialización de agua potable, gas, petróleo, combustibles y energía eléctrica.
Servicios de telecomunicaciones (incluyendo internet), aeronáutica comercial y control de tráfico aéreo
@cgtoficialok @CTAok Derecho a Huelga:
Define una extensa lista de actividades como “servicios esenciales”, para las cuales ante conflictos colectivos es obligatorio mantener la prestación mínima del 75% del servicio normal:
Servicios sanitarios y hospitalarios, transporte y distribución de
las normativas son salario, vacaciones, etc, las obligacionales son las que se obligan las partes como ser agente de retención de las cuotas solidarias. Caído el convenio, el empleador ya no tiene la obligación y se tiene que renegociar #sindicatos @cgtoficialok @CTAok
El art 6 estblece LA CAÍDA de la ultraactividad y que vencido el plazo de un convenio colectivo, solo conservan vigencia las cláusulas normativas, de manera transitoria y las CLÀUSULAS OBLIGACIONALES solo se mantienen "si hay acuerdo expreso entre las partes". Las normativas son
En lo que se refiere a la CUOTA SOLIDARIA de los sindicatos el proyecto no habilita ni menciona este mecanismo: solo autoriza la retención de cuotas sindicales a afiliados y con consentimiento expreso del trabajador. Ahora, A MI ENTENDER, y por explicaciones SI corre riesgo
Ley N° 20.657: Régimen de jubilación para los trabajadores de la industria del gas.
Ley N° 12.867: Régimen Estatuto del Personal de la Industria Química y Petroquímica.
Ley de Impuestos Internos, texto ordenado en 1979 y sus modificaciones.
#ReformaLaboral