@BoludosContesta@ernestosoria378@TraductorTeAma Se ve que no entendiste, no pasa nada, te explico:
el débito del adelanto del impuesto se lo hizo al receptor de la transferencia.
Si andas con cuestiones fiscales/impositivas pegame un tubazo que te asesoro, que no te garche el fisco, abz.
@ernestosoria378@TraductorTeAma No mi rey, el impuesto a la transferencia es el impuesto a los débitos y créditos, esto es un adelanto a cuenta del impuesto a los ingresos brutos que el receptor lo descuenta de la ddjj a fin de mes.
Pasaste a ser el cabeza de corcho mi buen.