@VictorMateoVa @unibeenlinea@PoderJudicialRD@TribunalConstRD El recurso expone claramente los fundamentos jurídicos en los que se basa, que plantea una cuestión de derecho relevante y que su contenido es suficientemente ponderable para ser analizado en la instancia correspondiente.
@VictorMateoVa @unibeenlinea@PoderJudicialRD@TribunalConstRD La sentencia núm. 60, de fecha del 29 de noviembre de 2019, de casación establece que la Dirección General de Impuestos Internos no presentó pruebas suficientes que respaldaran los ajustes realizados en las declaraciones juradas de impuestos sobre la renta y del ITBIS.
@VictorMateoVa @PoderJudicialRD@TribunalConstRD@unibeenlinea Sobre la sentencia TC/0045/12 los Contratos de Concesión y Fijación de Tarifas. resalta que el Estado dominicano optó por celebrar contratos de concesión con empresas privadas para la administración y el cobro de peajes en las autopistas
@VictorMateoVa @unibeenlinea@PoderJudicialRD@TribunalConstRD La sentencia no.83 de la SCJ del 29/12/19 rechaza el recurso interpuesto por la DGII contra la sentencia 234 de 2018 del TSA en la que se revoca un acto administrativo mediante el cual esta determinó el monto a pagar por concepto de impuestos por AGRODIZA, S.R.L.
@VictorMateoVa @PoderJudicialRD@TribunalConstRD@unibeenlinea Nuestra sentencia destaca la importancia de respetar la calificación jurídica otorgada por el juez a la acción judicial. Esto demuestra la coherencia en la interpretación de las normas jurídicas por parte del tribunal. Esto es esencial para garantizar un buen sistema de justicia.
@VictorMateoVa @PoderJudicialRD@TribunalConstRD@unibeenlinea En cuanto al ratio decidendi, el Tribunal consideró que al atacarse una ordenanza en referimiento, y no una medida cautelar, correspondía un recurso de apelación, no de casación. Por las razones anteriores, el tribunal declaró el recurso de casación inadmisible.
@VictorMateoVa @PoderJudicialRD@TribunalConstRD@unibeenlinea El memorial de casación fue interpuesto por el señor Anselmo Samuel Brito Álvarez el 18 de agosto del 2009 en la Secretaría General de la Suprema Corte de Justicia en contra de la ordenanza núm. 00464/2009 dictado por el Juzgado de Primera Instancia de Valverde.
@VictorMateoVa @PoderJudicialRD@TribunalConstRD@unibeenlinea La Dirección General de Impuestos Internos (DGII) dictó la resolución de determinación de la obligación tributaria mediante la cual le exigió a la actual parte recurrida, el pago de RD$25,149,784.50 por concepto de impuestos, recargos e intereses indemnizatorios.
@VictorMateoVa @PoderJudicialRD@TribunalConstRD@unibeenlinea (DGII) dictó la resolución recurrida sustentada en que dicha empresa no declaró ni pagó el impuesto correspondiente a sus ventas de zona franca en el mercado local de los períodos fiscales comprendidos desde el 1° de julio de 2011 hasta el 31 de diciembre de 2013.
@VictorMateoVa @PoderJudicialRD@TribunalConstRD@unibeenlinea Los jueces que dictaron la sentencia interpretaron correctamente la Ley núm. 309-12 de amnistía fiscal
al momento de fijar como criterio que dicho instrumento legal amparaba a la sentencia recurrida con relación al impuesto sobre ventas en zonas francas en el mercado local.
@VictorMateoVa @PoderJudicialRD@TribunalConstRD@unibeenlinea El TSA: fallo rechazando el recurso de casación interpuesto contra la DGII, fundamentando la desicion en la falta de base legal y en las pruebas aportadas por la parte recurrida usando como doctrina legal LEY
309-12 DE AMNISTÍA FISCAL• LEY 139-11 MODIF. LEY 253-12 DE R.F.
@VictorMateoVa @unibeenlinea@TribunalConstRD@PoderJudicialRD Triology Dominicana busca revisión constitucional para validar amparo preventivo reconvencional en proceso vs. Indotel y compañías telefónicas por presunta violación legal y constitucional.
@VictorMateoVa @unibeenlinea@TribunalConstRD@PoderJudicialRD Triology Dominicana presentó Recurso de Revisión Constitucional, Se trata es de un conflicto de orden administrativo y patrimonial, en el cual la accionante en amparo reclama la posible afectación de su derecho de propiedad en relación a las frecuencias licitadas.