Top Tweets for #chirusa
@DavFer22 @MarianaBrouver Y esta soreta de @MarianaBrouver , cuándo viene por sus compatriotas que tragan del empleo que aquí les dimos??. De una, llévese su basura atorranta #cartonera!! #chirusa
#VLLC #Tragaburros
Y aún así hay tanta ignorancia o los callan el #CartelDeLaToga la @SCJN y el @CJF_Mx que aun oyendo los truenos y rayos dicen qué no va llover la #Chirusa del #PJF ya qué la riqueza de los baúles contenidos en los Fideicomisos de la #TogaDorada son para unos cuantos Magistrados, Ministros, Consejeros y sobre todo la #CorruptaPresidenta de #NormaPiña.
*Alguien que les haga del conocimiento sobre esta Tesis Jurisprudencial al personal del PJF sobre estos abusos cometidos a la clase trabajadora, haber si siguen defendiendo a esos #Corruptos de la @SCJN y del @CJF_Mx ya sería el colmo*
Solo pase por aquí a recordarles a todos los servidores públicos y en especial a los del Poder judicial que les encanta defender los privilegios de la Corte, que esa misma @SCJN que tanto defienden, los dejó sin una pensión y jubilación digna, al emitir la jurisprudencia que establece que el monto máximo de la pensión jubilatoria debe cuantificarse con en el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA). y NO CON BASE AL SALARIO MINIMO, violentando de esa manera el artículo 123 de nuestra constitución.
Es claro que el cartel de la toga no hace nada en beneficio del pueblo, solo le gusta fregarlo.
Aquí les pego la jurisprudencia para que vean, el cariño que les tienen los ministros a sus trabajadores.
Es evidente que la desaparición de los fideicomisos no van afectar sus salarios ni prestaciones y esta jurisprudencia si les da en la madre, y ahí no los ví que salieran a las calles a defender sus derechos, pero andan defendiendo los privilegios de la Corte, vaya!
Vean esta fregadera que hicieron los ministros dañando los derechos laborales y de seguridad social:
Obvio no les importan los trabajadores ni el pueblo.
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Registro digital: 2023299
Instancia: Segunda Sala
Undécima Época
Materias(s): Administrativa
Tesis: 2a./J. 30/2021 (10a.)
Fuente: Semanario Judicial de la Federación.
Tipo: Jurisprudencia
PENSIÓN JUBILATORIA. EL MONTO MÁXIMO PREVISTO EN LA LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO ABROGADA Y EN EL RÉGIMEN DEL ARTÍCULO DÉCIMO TRANSITORIO DE LA LEY DEL ISSSTE VIGENTE, DEBE CUANTIFICARSE CON BASE EN EL VALOR DE LA UNIDAD DE MEDIDA Y ACTUALIZACIÓN (UMA) Y NO EN EL SALARIO MÍNIMO.
Hechos: Los Tribunales Colegiados de Circuito contendientes analizaron si el monto máximo de la pensión jubilatoria debe cuantificarse con base en el valor que corresponde al salario mínimo, en términos de lo previsto en las disposiciones legales y reglamentarias aplicables o bien, si dicho monto debe ser cuantificado con base en el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA).
Criterio jurídico: La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación decide que el monto máximo de la pensión jubilatoria debe cuantificarse con base en el valor de la Unidad de Medida y Actualización y no en el salario mínimo.
Justificación: El salario mínimo constituye la remuneración mínima a que tiene derecho todo trabajador con motivo de las labores desempeñadas, establecido como un derecho irreductible por el artículo 123 de la Constitución Federal. Con el propósito de recuperar el poder adquisitivo del salario mínimo y dar cumplimiento al mandato constitucional relativo a que debe ser suficiente para satisfacer las necesidades normales de un jefe de familia, el Constituyente Permanente aprobó la reforma constitucional en materia de desindexación del salario mínimo, con la que se implementó la creación de la Unidad de Medida y Actualización, expresada en moneda nacional, que sustituyó al salario mínimo como índice, base, medida o referencia para determinar la cuantía de las obligaciones y supuestos previstos en las leyes federales, estatales, del Distrito Federal (ahora Ciudad de México), así como en las disposiciones jurídicas que emanen de todas las anteriores, en términos de lo previsto en el artículo 26, apartado B, de la Constitución General. Congruente con ello, en el artículo 123, apartado A, fracción VI, constitucional se estableció que el salario mínimo no puede ser utilizado como índice, unidad, base, medida o referencia para fines ajenos a su naturaleza, lo cual implica que el Constituyente Permanente prohibió al legislador ordinario continuar empleándolo como referencia para el pago de obligaciones, entre otras, aquellas de naturaleza civil, mercantil, fiscal y administrativa, entre las que se encuentran las cuotas y aportaciones de seguridad social. De esta manera, si bien la pensión jubilatoria constituye un derecho de seguridad social que deriva de la existencia de un vínculo laboral, en términos del artículo 123, apartado B, fracción XI, inciso a), de la Constitución, al cual los trabajadores del Estado tienen derecho una vez que cumplen con los requisitos de edad y años de servicio previstos legalmente, el aspecto relativo a su cuantificación, al no referirse a alguno de los requisitos que condicionan el otorgamiento del beneficio jubilatorio, corresponde a la materia administrativa y no a la laboral, de ahí que el monto máximo de la pensión jubilatoria establecido en los artículos 57 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado abrogada, y 7 del Reglamento para el Otorgamiento de Pensiones de los Trabajadores Sujetos al Régimen del Artículo Décimo Transitorio del Decreto por el que se expide la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, es una medida o referencia ajena a la naturaleza de lo que es el salario mínimo, y por tanto, debe cuantificarse a razón de diez veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización. Conclusión que es acorde con la intención del Constituyente Permanente de impulsar el incremento del salario mínimo con el fin de que cumpla con su función constitucional. Ello, porque de considerar que el monto máximo de las pensiones debe calcularse con base en el salario mínimo, llevaría a estimar que el monto máximo del salario de cotización también debe determinarse con base en el salario mínimo, lo cual se traduciría, en todo caso, en un incremento a las cuotas y aportaciones de seguridad social a cargo de las y los trabajadores, así como de la parte patronal, lo cual, lejos de favorecer la recuperación del poder adquisitivo del salario mínimo, podría constituirse en un obstáculo para lograr su incremento y recuperación.
SEGUNDA SALA
Contradicción de tesis 200/2020. Entre las sustentadas por los Tribunales Colegiados Primero de Circuito del Centro Auxiliar de la Cuarta Región, con residencia en Xalapa, Veracruz, en apoyo al Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Cuarto Circuito, y Primero en Materia Administrativa del Primer Circuito. 17 de febrero de 2021. Cinco votos de Los Ministros Alberto Pérez Dayán, Luis María Aguilar Morales, José Fernando Franco González Salas, Javier Laynez Potisek y Yasmín Esquivel Mossa. Ponente: Javier Laynez Potisek. Secretaria: Elizabeth Miranda Flores.
Tesis de jurisprudencia 30/2021 (10a.). Aprobada por la Segunda Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada del diecinueve de mayo de dos mil veintiuno.
Esta tesis se publicó el viernes 25 de junio de 2021 a las 10:31 horas en el Semanario Judicial de la Federación y, por ende, se considera de aplicación obligatoria a partir del lunes 28 de junio de 2021, para los efectos previstos en el punto noveno del Acuerdo General Plenario 1/2021.
Qué tendrán 💩 💩💩 en el 🧠 los trabajadores o la #Chirusa de la @SCJN y del @CJF_Mx qué a ellos nos les toca nada del reparto del dinero de los fideicomisos únicamente se lo reparten el 3% de la #EliteDorada empezando por la #CorruptaPresidenta de #NormaPiña y los Magistrados y Ministros.
#ReformaDeLaLeyJudicialVa.
#ElPlanC2024.
➡️@JoseJorgeRomer1

El presidente López Obrador hizo un llamado a trabajadoras y trabajadores de base en el Poder Judicial para que no se dejen manipular ni usar en la defensa de privilegios, pues ellas y ellos mismos han sido testigos de la vida de lujos que se dan los de arriba.
Además, reiteró que con la eliminación de fideicomisos, se pueden aumentar los sueldos de la clase trabajadora.
Parece que cambiaron la #CHIFALA por la #CHIRUSA
Veo estás imágenes y no entiendo a estas personas, que le habrán dicho que #Putin vendría a su Manifestación!!😂😂
#ALIENADOS
#izquierdaComica
Uds tal vez sean "más" normales, pero yo en pandemia hacía video llamada con ella #Chirusa acá la tiiiia.
@gabicerru @horaciorlarreta Primero larreta no es líder de nada, así q bájalo del pony #Chirusa, es solo el jefe de gobierno
@mechacorta80 @El9deNepal @maruflautipste @labrunoguelbert @vroteberde Ja casi seguro Estaba de Éso
#chirusa
🤭
Amo twitter #ChiRusa
@SilMercado Si nos ponen la rusa ahora la china combinada, tendremos vacuna marca CHIRUSA, una vergüenza como este gobierno de genocidas
Todo el pueblo Argentino convertido en Ratas de Laboratorio del Gobierno Comunista Kirchnerista.
LA NACION - Covid-19: sin segundas dosis de la Sputnik V, el Gobierno confirmó que evalúa combinar vacunas - https://t.co/D0kghXYAfY
Se viene la mezcla #ChiRusa te mandan la china si te pusite la rusa. #GobiernoGenocida total ellos estan todos vacunados. Hasta los #100milMuertos no paran. "Quién diría que las únicas vacunas con que contamos son rusas y chinas" dijo #CristinaSorete
.
[ ATENTI]
SIN SEGUNDAS DOSIS DE LA SPUTNIK-V
EL GOBIERNO CONFIRMÓ QUE EVALÚA COMBINAR VACUNAS ..🤔
(La ministra de Salud dijo que si se llega a un “consenso técnico” la Argentina podría tomar ese camino ante la dificultad de acceso al segundo componente de la fórmula rusa)
.
Si te vacunaste con la rusa o con la china no entras a la Union Europea. Ni hablar si te vacunas con #ChiRusa primero la china y despues la rusa.
#ChiRusa nueva mezcla de vacuna aprobada por alverso primera dosis china y la segunda rusa.
Entre la noticia de la demanda de la primera dama y la última vez que escuché la palabra #chirusa en Chiquititas 98 se estrenaron 22 temporadas de los Simpsons.


#MARTESINTRATABLE como se llama la #chirusa esa que se hace la periodista, sabés que pasa?,que nosotros, el pueblo queremos que haya escuchas para terminar de desenmascarar 12 años de choreo KK,la justicia tiene que tomar todos los medios posibles para que se encuentre la verdad
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