@OSIPTEL Gracias OSIPTEL,tengo bloqueado el imei de mi telefono por un falso robo desde hace un mes la atencion al cuestionamiemto quenpresente al bloqueo no debiera ser mayor a 10 dias, pero el promedio de atencion segun los usuarios es 4 meses!!!!!
🚨 URGENTE
Fuentes de Palacio coinciden en que la presidenta Dina Boluarte planea redactar carta de renuncia para así evadir la vacancia que se debate en el Congreso. Número de votos la habrían empujado a tal decisión.
Uno de sus abogados estaría haciendo los contactos para buscar refugio en embajada. Suenan Brasil y Ecuador.
🚨 URGENTE
Fuentes de Palacio coinciden en que la presidenta Dina Boluarte planea redactar carta de renuncia para así evadir la vacancia que se debate en el Congreso. Número de votos la habrían empujado a tal decisión.
Uno de sus abogados estaría haciendo los contactos para buscar refugio en embajada. Suenan Brasil y Ecuador.
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Peru es generoso con sus dirigentes, deberíamos aprender de Venezuela que jugó la mitad de las eliminatorias a Qatar con juveniles que ahora son los titulares de su selección mundialista
POR LA ELECCION DE VELAZCO COMO ADMINISTRADOR DE UNIVERSITARIO HASTA EL AÑO 2028
GREMCO HA DENUNCIADO PENALMENTE AL FUNCIONARIO DE LA SUNAT QUE EMITIO LA RESOLUCION PARA SU NOMBRAMIENTO
🔴GREMCO señala que el o los funcionarios de la SUNAT que emitieron y/o suscribieron la Resolución de Intendencia Nacional N° 000134-2025-SUNAT/8H0000, de fecha 1 de agosto de 2025, mediante la cual se designó a FRANCO VELAZCO COMO ADMINISTRADOR DE UNIVERSITARIO POR UN PERIODO FORZOSO DE 3 AÑOS contados desde el 01-08-2025 hasta el 31-07-2028 HABRIAN COMETIDO LOS DELITOS de resistencia o desobediencia a la autoridad y avocamiento ilegal de procesos en trámite.
🔴GREMCO expresa que la SUNAT, al emitir la resolución mediante la cual nombró a FRANCO VELAZCO como administrador de UNIVERSITARIO por un PERIODO FORZOSO DE TRES AÑOS HASTA EL AÑO 2028, HA VULNERADO LA SENTENCIA DEL TC que en el proceso de inconstitucionalidad contra la Ley N° 31279, resolvió lo siguiente:
"2. INTERPRETAR que el plazo de suspensión previsto en el artículo 3 de la Ley 31279 REGIRA POR UN PLAZO MAXIMO DE 3 AÑOS contados a partir de la fecha de publicación de la presente Sentencia"
LO QUE SIGNIFICA que, si la sentencia del TC se publicó el 6 de septiembre de 2023, la suspensión del proceso concursal DEBE CONCLUIR COMO MAXIMO EL 6 DE SEPTIEMBRE DE 2026.
🔴GREMCO señala que el artículo 81° del Nuevo Código Procesal Constitucional establece lo siguiente:
"LAS SENTENCIAS DEL TC EN LOS PROCESOS DE INCONSTITUCIONALIDAD (...) que queden firmes TIENEN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA por lo que vinculan a TODOS LOS PODERES PUBLICOS y producen efectos generales desde el día siguiente a la fecha de su publicación"
🔴POR LO QUE LA SUNAT al formar parte de la Administración pública ESTA OBLIGADA A ACATAR LA SENTENCIA DEL TC emitida en el proceso de inconstitucionalidad de la Ley N° 31279.
En tal sentido FRANCO VELAZCO NO PUEDE DESEMPEÑARSE COMO ADMINISTRADOR DE UNIVERSITARIO MAS ALLA DEL 6 DE SEPTIEMBRE DE 2026
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