Por favor ayudemos a difundir para buscar resguardo o un hogar para ellos. ubicación Mecedores Caracas 0412 718 71 17 corren peligro en la calle ya que en la zona hay perro pitbull que no tolera gatos
Sigamos alertas hasta que Manchas aparezca RP @Ma_Elisa_G: HOY 15 de julio a las 5:00 pm es la cita en @Farmatodo LA Carlota💪🏻 PROHIBIDO OLVIDAR A MANCHAS. Esperando info de perros q denuncian FARMATODO RIO TUY DESAPARECIÓ
#16julio2024 | No hay mejor huella para el corazón, que las patitas de un perro. Cuidemos de esos seres indefensos que a cambio de poco brindan mucho amor.
Denuncia el maltrato animal.!
#serviryprotegerpms
#15julio | Funcionarios de Patrullaje Motorizado atendiendo el llamado de vecinos de la Urbina, procedieron a rescatar a un cachorro que se encontraba abandonado y amarrado a un árbol, el mismo fué trasladado a nuestra sede donde se realizarán las coordinaciones para su albergue.
#Ahora designada la Fiscalia 86 Nacional con Competencia en Defensa Integral del Ambiente #DDHH con el objeto de conocer la denuncia pública por el Delito de #MaltratoAnimal
en relación a los hechos acaecidos en el Farmatodo de La Carlota/Los Dos Caminos, donde un animal de la Fauna Doméstica (Canino), llamado popularmente MANCHA fue traslado en una grúa y el mismo desapareció en extrañas circunstancias.
El Ministerio Público sancionará este tipo de acciones que vulneran la integridad de mascotas reconocidos por leyes internacionales como SERES SINTIENTES
#NOALMALTRATOANIMAL #MÁXIMAJUSTICIA*
Saludos cordiales! Mi opinión es que no hay nada que interpretar cuando el legislador es expreso, en sujeción a lo establecido en los artículos 4 y 14 del código civil venezolano, y en concordancia con los artículos 18 y 26 de la ley de propiedad horizontal venezolana vigente, estas dos últimas normas señalan que son tres los órganos de administración del condominio (artículo 18) entre lis cuales no cabe duda alguna, y no se señala a una asociación civil, y el artículo 26 nos indica la estructura del contenido del documento de condominio y de su reglamento.
Un condominio existe en derecho y bajo el imperio de la ley, cuando el constructor de un inmueble lo construye y edifica especificando áreas comunes y también áreas privativas susceptibles de apropiación individual, con base a una oferta inmobiliaria y permisología aprobada por entes especializados como lo es la oficina de Ingeniería Municipal de la Alcaldía del Municipio donde está ubicado el inmueble. Todo ello para garantizar la existencia de los derechos de los Copropietarios en la comunidad proindiviso (Condominio) y en las áreas susceptibles de apropiación individual (apartamentos o locales) que son los dos tipos de inmuebles principales que de describen en la ley (hay otros como maleteros, depósitos y puestos de estacionamiento)
La asociación civil simplemente es una forma o institución jurídica asociativa que nace de la voluntad de dos o más personas para cumplir unos objetivos sin fines de lucro. Es una sociedad donde entran en juego derechos y deberes de los individuos para regular sus comportamientos en torno al desarrollo de esos objetivos que se indican en el documento estatutario o constitutivo de la asociación. Esta cuando se protocoliza su documento constitutivo ante el registro público, no determina derechos reales en ninguna copropiedad (condominio) ni en ninguna propiedad privada susceptible de apropiación individual. Solo precisa los derechos de los asociados sobre el patrimonio inicial que se aporte para constituirla, y su junta directiva y su asamblea de socios pueden disponer de ese patrimonio en la forma que ellos decidan y según la ley, pero de ninguna manera la creación de una asociación civil se convierte en un órgano de administración del condominio, porque sencillamente no está contemplada en la ley de propiedad horizontal venezolana vigente, así como tampoco lo están los consejos comunales, ni cualquiera otra figura jurídica que permite la asociación de personas naturales o jurídicas.
Dicho esto, no existe fundamento legal alguno para que los Registros y Notarias estén exigiendo que los condominios deben "convertirse" en asociaciones civiles, todo lo cual pienso que es un exabrupto jurídico y una forma de torcer el derecho, con fines inconfesables para poner a los ciudadanos en un estado de indefensión y una forma de meterle la mano en su bolsillo, gastando dinero en crear personas jurídicas inútiles que no tendrán nunca la posibilidad de administrar legalmente un condominio en Venezuela y que si li hacen, es incurriendo en la usurpación de funciones, con las eventuales y subsiguientes responsabilidades civiles y penales a que hubiere lugar.
Los funcionarios de las Alcaldías y del Saren son responsables constitucionalmente por los daños y perjuicios que causen por estar exigiendo estas pretendidas "conversiones" de Condominios en asociaciones civiles y mi llamado es a denunciar a estas Alcaldías y Registros y Notarias que se prestan para ello, y difundir este mensaje para orientar con base al derecho vigente a los ciudadano, en protección a sus derechos que tienen como copropietarios.
Ser Copropietario en un condominio le otorga una serie de derechos reales que están garantizados en el artículo 115 constitucional, entre ellos, la capacidad de uso, goce, disfrute y disposición de los Derechos de copropiedad según la ley especial que es la ley de propiedad horizontal venezolana vigente....(Continúa en otro post)
...Esos derechos reales en la copropiedad como ya dije antes, no están en juego ni los regula la asociación civil.
Así que, dicho esto y de vuelta con esta tesis, cuiden sus bolsillos y eviten que personas ignorantes metan su mano allí, exigiendo crear personas jurídicas, lo cual cuesta mucho dinero y que no tienen cabida en el ámbito del condominio.
Recuerde: La ignorancia de la ley no excusa su cumplimiento (artículo 2 del código civil venezolano). Opinión de Rafael Ángel Viso Ingenuo Presidente de Procondominios, Inpreabogado: 40.236. [email protected]. Suscríbanse a mi canal Procondominios en Youtube y a mi página web: https://t.co/VQHO6WiyqQ
#AHORA#Aprehendidos para ser #Imputados por el @MinpublicoVEN del Zulia, los sujetos Arnaldo Márquez y Luis Amaya: por los #Delitos de Maltrato Animal, Daño al Animal Ajeno, Prohibición de Hacerse Justicia por si Mismo y Agavillamiento
dichos delincuentes sin piedad amarraron a una Mascota (Perro) a un vehículo tipo (Moto), para posteriormente arrastrarlo, causándole graves sufrimientos físicos.
#Justicia
Ante las registradas desde la madrugada de hoy nuestros funcionarios realizan el monitoreo de la rivera del río Guaire y sus afluentes dando cumplimiento al Plan de Alerta Temprana establecido por @MIJP_Vzla para la prevención de daños y perdidas materiales.
#ServiryProtegerPMS
Feliz aniversario
Por favor se requiere pinten el paso peatonal frente a los edificios Orituco, Uno, Resd El Metro
Pasos peatonales y señalización escolar en la calle 19
URBANIZACIÓN PALO VERDE MUNICIPIO SUCRE
GRACIAS @ImatSucre@JoseVRangelA@GabrielaEsSucre