@apsnotarios Y no se olvide de otra característica importantísima de las escrituras digitales. Su carácter "continuado" ya que todas las diligencias y notas posteriores se añaden directamente a la CAE
@ostinus77 Tan sensible cómo cuando un "periodista" "informa" de las propiedades de la influencer de turno?
Además vd. sabe que hay niveles de privacidad y que no es lo mismo la nota que pide un notario que la que pide un particular
@ostinus77 Tiene toda la razón
Si el Registro al expedir nota simple pusiera todos los datos de los titulares (cómo es su obligación) se evitaría el conflicto
Felicidades por la autocrítica
El RP se saca de la manga una base gráfica ilegal para transformarse de un registro de derechos en uno de fincas y ahora el RM pretende pasar de ser un registro de personas jurídicas a uno de personas físicas
¿Nadie va a decir nada?
@NudistaI@maiztert Mire soy muy fan de la tecnología y sus ventajas y la aprovecho cuánto puedo, pero no soy tan idiota para perder las ventajas q el sistema actual me ofrece
De verdad hay alguien que vea bien que se utilicen espacios públicos para actividades en las que se practica el segregacionismo por sexos y el sacrificio animal sin control y sin alivio del sufrimiento?
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Mi opinión en cuanto a las CAE.
1 Están firmadas por los Notarios y depositadas en el protocolo digital. El justificante con su CSV y su QR es simplemente el medio de acceso a esa CAE. No confundir CAE con el justificante El justificante por si sólo no es nada.
Y de postre.
Ventaja añadida.
Mientras que las CA en papel solo, obviamente, incluyen lo anterior a su expedición . Las CAE incluyen las notas y diligencias posteriores con igual nivel de certeza.
Son una especie de CA continuada.
Dense cuenta de la ventaja