🎓 Alumno de Harvard: «Me gustaría preguntarte sobre el hecho de que su esposa, su hermano, su anterior fiscal general del Estado, su anterior secretario de Organización, la asistente personal de su esposa..., estén entre las nueve investigaciones de corrupción que se están llevando a cabo en su gobierno»
👤 Sánchez: «Disculpe, quiero decir que esos no son casos de corrupción o escándalos, son otros asuntos»
👤 Sánchez: «La oposición y las asociaciones de extrema derecha han cruzado algunas líneas rojas»
El RD 2/26, de 3 de febrero, no convalidado, no hubiese impedido este desahucio, porque el contrato al que se había subrogado Maricarmen era de los años 50, bajo una ley franquista, y ese RD solo se aplicaba a los contratos celebrados conforme a la LAU de 1994.
Olvidad las bombas de humo resumen real de noticias de hoy :
-Zapatero no sabe cómo salir del lío de las joyas, Arabia Saudí pasa de él y no le da ningún certificado.
- Tito Berni al banquillo, la fiscalía pide hasta 13 años
- Ceuta sigue descontrolada ya son 2 playas llenas de invasores con mercadillos que quita la policía y los vuelven a montar. Siguen llegando.
- Llegan a Canarias 5 pateras con 429 coches inmigrantes.
- El Gobierno pasa de Mónica García y presenta a otra médico para liderar la OMS
-Las "cloacas del PSOE" contactaron al menos 4 veces con dos clanes de la droga para actuar contra la jueza Biedma que investigó al hermano de Pedro Sánchez
Ministro, ¿por qué mientes?
1. El contrato de Maricarmen es de 1956.
2. No es un contrato suscrito conforme a la LAU. Que la LAU de 1994 contenga en su DT 2.ª el régimen transitorio aplicable a esos contratos no convierte el contrato de 1956 en un contrato suscrito conforme a la LAU de 1994 .
De hecho, la disposición transitoria segunda de la LAU de 1994 dice:
"Los contratos de arrendamiento de vivienda celebrados antes del 9 de mayo de 1985 continuarán rigiéndose por la Ley de Arrendamientos Urbanos de 1964, salvo las modificaciones contenidas en esta disposición transitoria".
3. El artículo 1 del RDL 2/2026 permitía solicitar la suspensión extraordinaria en juicios por impago o por "la expiración del plazo de duración de contratos suscritos conforme a la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos".
4. Es decir, ministro: explique cómo vuestro RDL habría evitado este desahucio si la suspensión que regulaba para los procedimientos por expiración se refería expresamente a contratos suscritos conforme a la LAU de 1994. El de Maricarmen fue suscrito en 1956.
No ministro, vuestro RDL no hubiera evitado el desahucio de MariCarmen.
5. Si sólo pp y VOX hubieran votado que en NO, el RDL habría sido convalidado, pero no tenéis mayoría. Otros grupos también votaron que No.
6. Se puede y se debe dar soluciones a casos como el de Maricarmen sin que se tenga que promover la okupación. Para eso se pagan impuestos, para eso está el Estado.
7. Lleváis gobernando 8 años y no habéis evitado los desahucios porque sois un desastre. Ahora no queréis responsabilizaros.
Les voy a decir una cosa. Llevo 37 años en la Carrera Judicial, la inmensa mayoría de ellos en la jurisdicción civil. Conozco la materia arrendaticia urbana a la perfección. Llevo miles de pleitos a mi espalda de esa materia. Incluso he dado clase en la escuela de práctica jurídica de arrendamientos.
Pues bien, a pesar de ello, no voy a decir ni una sola palabra del desahucio de la señora del barrio del Retiro de Madrid. Ni una palabra. Y les aseguro que tengo una opinión autorizada y fundada sobre el caso.
Se preguntarán la razón de mi silencio. Muy sencillo. Tengo muy claro que es una simple CORTINA DE HUMO, para no hablar de otras cosas, como la corrupción, Ceuta o la causa de las llamadas “cloacas”, entre otras, y no pienso contribuir a distraer la atención de las mismas.
¡Ah, no! Que los fondos europeos no eran para pagar a los gitanos narcotraficantes para que extorsionaran a la juez Biedma. Eran para comprarle a Villarejo los audios de los prostíbulos del padre de Begoña. Quiero pedir perdón por si mi equivocación os ha llevado a pensar que el PSOE es un partido de degenerados.
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La UCO desvela que el PSOE usó la agencia de sus campañas para pagar a las cloacas de Leire Díez los audios de las saunas
https://t.co/umrKQwYHE5
Lo que algunos dicen de que si a la madre de Maricarmen le hubiesen dejado firmar el contrato (no pudo por las leyes franquistas), ella estaría en la primera subrogación, no la segunda, y podría haber seguido usando la vivienda es comprensible como reproche histórico, pero no vale como argumento jurídico.
Aunque la madre hubiera sido cotitular originaria del contrato y la de Maricarmen hubiera contado como “primera” subrogación, ella seguiría siendo HIJA y la DT 2.ª de la LAU 1994 estableció que al HIJO que se subroga en un contrato anterior a 1985 le quedan, por regla general, dos años, salvo discapacidad igual o mayor de 65% (ella tiene 50%) o edad mayor de 65 si la subrogación se produce en los diez primeros años de vigencia de la ley (hasta finales de 2004, la madre murió en 2005, por lo que tampoco cumple).
Así que, aunque el origen del contrato fuera discriminatorio, aunque dijésemos que por eso en verdad ella estaba en la primera prórroga, da igual, esta regla aplicable a HIJOS impide que Maricarmen mantuviese el alquiler vitalicio.
Regla que lleva más de treinta años y que han mantenido gobiernos de distinto signo. Desde entonces se ha aplicado sin parar: decenas de miles de personas a lo largo de tres décadas han sido afectadas por esta regulación, en situaciones menos, iguales o más dramáticas que las de Maricarmen.
En definitiva, más allá de nostalgias de dictaduras, Maricarmen, como a tantos otros, la echa una sentencia que aplica una ley de 1994 que se aprobó en democracia y que nadie ha cambiado.
Lo que me parece extraordinario no es que se aplique una ley tan antigua, sino que esto sea noticia ahora.
Espero y deseo que la Administración competente pueda dar a Maricarmen una solución habitacional digna, si ella no tiene cómo. Igual que lo deseo para todos los que estén en parecidas situaciones.
Y también deseo que en este caso, como en otros, no se legisle en caliente con base en un titular mediático, sino de forma sosegada, equilibrando todos los intereses, con humanidad, encaje constitucional y vocación de permanencia.
Lo que algunos dicen de que si a la madre de Maricarmen le hubiesen dejado firmar el contrato (no pudo por las leyes franquistas), ella estaría en la primera subrogación, no la segunda, y podría haber seguido usando la vivienda es comprensible como reproche histórico, pero no vale como argumento jurídico.
Aunque la madre hubiera sido cotitular originaria del contrato y la de Maricarmen hubiera contado como “primera” subrogación, ella seguiría siendo HIJA y la DT 2.ª de la LAU 1994 estableció que al HIJO que se subroga en un contrato anterior a 1985 le quedan, por regla general, dos años, salvo discapacidad igual o mayor de 65% (ella tiene 50%) o edad mayor de 65 si la subrogación se produce en los diez primeros años de vigencia de la ley (hasta finales de 2004, la madre murió en 2005, por lo que tampoco cumple).
Así que, aunque el origen del contrato fuera discriminatorio, aunque dijésemos que por eso en verdad ella estaba en la primera prórroga, da igual, esta regla aplicable a HIJOS impide que Maricarmen mantuviese el alquiler vitalicio.
Regla que lleva más de treinta años y que han mantenido gobiernos de distinto signo. Desde entonces se ha aplicado sin parar: decenas de miles de personas a lo largo de tres décadas han sido afectadas por esta regulación, en situaciones menos, iguales o más dramáticas que las de Maricarmen.
En definitiva, más allá de nostalgias de dictaduras, Maricarmen, como a tantos otros, la echa una sentencia que aplica una ley de 1994 que se aprobó en democracia y que nadie ha cambiado.
Lo que me parece extraordinario no es que se aplique una ley tan antigua, sino que esto sea noticia ahora.
Espero y deseo que la Administración competente pueda dar a Maricarmen una solución habitacional digna, si ella no tiene cómo. Igual que lo deseo para todos los que estén en parecidas situaciones.
Y también deseo que en este caso, como en otros, no se legisle en caliente con base en un titular mediático, sino de forma sosegada, equilibrando todos los intereses, con humanidad, encaje constitucional y vocación de permanencia.
La publicidad institucional (es decir, nuestros impuestos) financió a una organización criminal -dirigida por el PSOE- que se dedicaba a señalar a los jueces que investigaban la corrupción socialista, buscarles trapos sucios e incluso a contactar con narcos para intimidarles.
Hasta luego, Maricarmen
LOS BURDELES BEGOÑOS
LAS CLOACAS DEL PSOE
FINANCIACIÓN ILEGAL DE LAS CLOACAS DEL PSOE
💣💣 BOOOM 💣💣
🤯🤯 Una testigo revela que el PSOE pagó los audios de las saunas a través de la agencia que gestiona sus campañas electorales.
🤯🤯 La directiva de Cuentas de IKI Group declaró a la UCO que el PSOE le ordenó entregar 18.000 euros a la periodista Patricia López, que suministró a Ferraz los audios sobre las saunas del suegro de Sánchez durante los cinco días de reflexión.
https://t.co/QM137uuBJy
🔴 Las cloacas del PSOE.
Un nuevo informe de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil revela el presunto desvío de fondos de la campaña del PSOE a las elecciones europeas del año 2024 a las cloacas de Ferraz.
Según se desprende del nuevo informe aportado al juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz y que avanza Vozpópuli, el PSOE pagó 14.980 euros al panfleto Crónica Libre, tras el que estaban Leire Díez y la periodista fallecida Patricia López, a cambio de supuesta publicidad y contenidos en su página web.
📲 Toda la información aquí: https://t.co/T3sLKb3KIb
Yo solo quiero recordar que gente vinculada al PSOE intentó "contratar" a narcos para dar un susto a una Juez de Instrucción por "molestar" al hermano del Presidente del Gobierno, al hacer su trabajo.
Reino de España, supuesta democracia.