Durante año y medio hemos investigado los trenes de López Aliaga. Esto es TODO lo que hallamos. 🚂
1⃣La dueña original de los trenes siempre habló de manera oficial que era una venta.
Por denunciar abusos de empresas mercenarias tras muerte de porteadores en #Cusco, porteador es denunciado penalmente y amenazado de muerte. Cristóbal Quispe indica que tras denunciar explotación, lo amenazan de muerte y tiene citación por denuncia. Miserables agencias turísticas
Si se pudiera recargar las tarjetas con cualquier medio de pago y que el saldo se vea reflejado al instante, inmediatamente se termina toda esta mafia que involucra a la @PoliciaPeru.
"Una investigación fiscal reveló una organización de 'salderos' que operaba con tarjetas adulteradas en estaciones de la Línea 1 del Metro. El perjuicio llegaría a S/10 millones al año y cuatro policías habrían brindado protección a la red a cambio de pagos."
Desde el estricto rigor jurídico la postura de @Universitario es justa y absolutamente necesaria para sentar un precedente contra esta arbitrariedad judicial con esa medida cautelar y las acciones a tomar son:
1️⃣ El cauce procesal correcto (Art. 637 del CPC):
Muchos confunden la vía, pero la estrategia es impecable: ante una medida cautelar dictada "inaudita altera pars" (sin escuchar a la otra parte), no corresponde en primera instancia la apelación sin efecto suspensivo, sino la OPOSICIÓN regulada en el artículo 637 del Código Procesal Civil. Esto permite que el propio juzgado reexamine los requisitos de verosimilitud del derecho y peligro en la demora, exponiendo los vicios de la resolución antes de recurrir a la sala superior.
2️⃣ Vulneración flagrante al Principio de Proporcionalidad y Razonabilidad (Art. 613 del CPC):
Fijar una caución juratoria de apenas S/ 50,000 para suspender un Plan de Viabilidad económica que involucra la reestructuración de más de S/ 400 MILLONES desnaturaliza por completo la institución de la contracautela. El Art. 613 del CPC exige que la contracautela sea idónea y suficiente para resarcir los eventuales daños y perjuicios que la medida pueda causar al afectado. Exigir una suma irrisoria e inmaterial frente a semejante impacto patrimonial es un despropósito jurídico que roza la arbitrariedad.
3️⃣ Prevaricato y afectación al Debido Proceso (Art. 418 del Código Penal):
Un juez no puede dictar medidas que contravengan el texto expreso y claro de la ley o sustentarse en hechos falsos o desproporcionados sin asumir responsabilidad penal. La denuncia por prevaricato contra el juez Edwin Bautista Dipas, sumada a las acciones ante la Autoridad Nacional de Control (ANC) del Poder Judicial y la Junta Nacional de Justicia (JNJ), está plenamente justificada. La función jurisdiccional no puede prestarse a instrumentalizaciones.
4️⃣ Vicio de Notificación y Garantías Procesales:
Es inaceptable en un Estado Constitucional de Derecho que una institución se entere de una resolución de tal magnitud por trascendidos en redes sociales antes de ser notificada formalmente en la casilla electrónica o domicilio procesal. Esto vulnera el derecho de defensa y la garantía de la tutela jurisdiccional efectiva.
Como hincha de @Universitario y como hombre de derecho, el respaldo a la administración en esta batalla legal es total. La viabilidad económica y la reestructuración de la 'U' se defienden con la Ley en la mano y ante las instancias correspondientes. No vamos a permitir que resoluciones dirigidas o desproporcionadas frenen la recuperación de nuestro club.
¡La 'U' se respeta en las canchas y en los tribunales! 🟡🔴 💪🏻
@Universitario Fue una falta de respeto que lapadula fuera cambiado por ese muerto en serio y después lo dejaron como único punta
Ya se tienen que dejar de webadas en serio
#CuartoPoder
Sharik Gómez declaró que la red de “salderos” realizaba pagos de hasta S/1.570 a policías, incluso dentro de ascensores de la Línea 1. Según la investigación, la organización liderada por alias “Cojo” controlaba seis estaciones y destinaba parte de la recaudación a obtener protección policial.
Encuentra los reportajes y entrevistas del programa AQUÍ ► https://t.co/RMajuR70Vf
Lo relevante no es que Keiko y su asesor argentino hayan disfrutado de masajes en sauna, chocolate y champagne.
Lo relevante es que este asesor en las sombras tiene líos judiciales por malos negocios. Ese es el tipo de gente que compone al fujimorismo.
La presidenta Keiko Fujimori habría convertido un centro de masajes de La Victoria en un espacio de reuniones al margen de los canales oficiales de Palacio de Gobierno, configurando lo que podría considerarse un “despacho paralelo” y generando interrogantes sobre el cumplimiento de las normas de transparencia y registro de actividades presidenciales.
Según una investigación del semanario Hildebrandt en sus trece, la mandataria se reunió en el Spa Tomiko, con el empresario argentino Damián Valenzuela Mayer, de 51 años, quien, de acuerdo con la publicación, tiene antecedentes judiciales en el extranjero.
El empresario registra sentencias en Estados Unidos y afronta, además, cuestionamientos y procesos judiciales en Argentina y Uruguay, según el semanario. Su vínculo con la presidenta y las circunstancias de estos encuentros plantean interrogantes que el Gobierno debería esclarecer públicamente.
Un antecedente que generó una fuerte controversia política fue el caso de Pedro Castillo y las reuniones en una vivienda de Sarratea, en Breña. Aquellos encuentros fuera de Palacio fueron cuestionados precisamente por la falta de transparencia y por la dificultad para conocer quiénes acudían y qué asuntos se trataban.
@KeikoFujimori@FiscaliaPeru@congresoperu@pcmperu
EL ESPANTOSO CASO DE JAZMIN POLET
Ella y su familia son perseguidas y amenazadas por 1 organización criminal q estaría conformada x policías ligados al tráfico de terrenos en Trujillo. Quemaron viva a su trabajadora y metieron preso a su esposo sembrándole armas. VAN A M4T4RL4‼️
Porteador fallece en camino a Machu Picchu.
La madrugada del 18 (hace dos días) - al parecer por intensas nevadas y clima extremo - falleció el porteador (persona que carga por caminos de herradura mercancías o equipaje de un turista) Gabriel Ríos Mamani (49 años) en el Abra Warmiwañusca, en el Camino Inca, con dirección a la ciudadela #MachuPicchu.
Este caso, recién llama la atención de las autoridades, porque existe la hipótesis legal de negligencia y el presunto delito de abandono de personas en peligro.
De acuerdo con la denuncia pública de su hijo, William Ríos Mamahuilca, la familia fue notificada formalmente sobre este deceso, recién un día después.
Según declaraciones del hijo de la víctima, la prioridad del equipo habría sido salvaguardar y trasladar el equipaje y la carga de los turistas, antes que brindar auxilio oportuno a un ser humano.
Despojo de vestimenta básica.
En tanto que sus compañeros de labores y testigos, denuncian que presuntamente - días antes - la empresa de turismo en que trabaja, le habría retirado algunas prendas de abrigo. Esto lo habría dejado en una condición de extrema vulnerabilidad ante el frío andino, provocando su deceso aparente por hipotermia.
¿En qué condiciones laboran los porteadores?
Las condiciones laborales de los porteadores del Camino Inca a Machu Picchu, les exige operar bajo una dualidad marcada por una estricta legislación de protección teórica frente a una realidad de fiscalización deficiente en la alta montaña, donde persisten abusos e informalidad.
Aunque la #ley peruana los reconoce como el motor humano indispensable de la ruta, el cumplimiento real de sus derechos, varía drásticamente según intereses de la agencia de turismo para la cual trabajan.
Esclavitud en pleno s.XXI: Empresas mercenarias en #Cusco a porteadores los matan “trabajando”. Porteador Gabriel Rios Mamani (49) murió abandonado realizando carga pesada en ruta a #Machupicchu. Turistas se dan cuenta del abuso y pedían vivir la experiencia sin hacerlos sufrir