Estudiante, laburante.AntiGubernamentarista-paternal/Estatista.Aficionado a las ciencias ocultas…O sea, Liberal. Enrichissons-nous de nos différences mutuelles.
“Hay veces que me da vergüenza opinar sobre temas complejos que me exigen mucho... después me acuerdo que Mujica fue presidente y se me pasa.” - Sakmelaunpoquito
176 medidas de "liberalización" de la economía cubana... dicen.
Mis comentarios:
- Es un intento de legitimar de iure lo que ya sucedía de facto: los grandes oligarcas del castrismo dueños de las empresas estatales y las privadas. Es una propuesta de reforma "a la rusa" para blanquear a los "siloviki" de La Habana.
- Está siendo fuertemente rechazada dentro de Cuba (revisar en Facebook que es la red más usada por los cubanos) denunciada como cambio fraude. Todavía no leí desde adentro, una sola opinión favorable. El pueblo quiere que se vayan todos. No les cree nada.
- Alcanza leer el comienzo de las medidas "autorizar", "permitir", "liberar", "conceder", para entender de una vez y por todas que el único bloqueo que ha sufrido el pueblo de Cuba es el de sus carceleros: el régimen comunista.
Dicho esto, el paquete de medidas representa la caída simbólica del Comunismo en Cuba, aceptando (por enésima vez en la historia de la humanidad) que el libre mercado es la única alternativa para alcanzar la prosperidad luego de décadas de miseria de la mano de la propiedad estatal y la planificación centralizada.
En Uruguay veremos las volteretas conceptuales que harán los defensores históricos de ese régimen de oprobio.
Hay medidas (liberalización del comercio de combustibles, liberalización de las relaciones laborales a nivel de empresa, privatización o apertura del paquete accionario de empresas estatales, disposición que dar quiebra a empresas estatales) en las que el PCC corre por liberal no solo al Frente Amplio sino a la Coalición Republicana.
Pónganse las pilas muchachos: todos.
https://t.co/3K3vO3yJmP
"Alcanza leer el comienzo de las medidas "autorizar", "permitir", "liberar", "conceder", para entender de una vez y por todas que el único bloqueo que ha sufrido el pueblo de Cuba es el de sus carceleros: el régimen comunista"
@Skynet1poroto@garquetazo El comentario más maraKa troll mascón que debe ser de esos bichos que solo consiguen marrones del conurba garpando para que se lo https://t.co/6o23EWF7Ea
Cada dia entiendo menos.
Vergara va a iluminar antes de fin de años las playas.
Mientras tanto Montevideo sigue oscuro en los barrios y lleno de basura.
El que vende e instala las luces es amigo?
Quería desearle un hermoso finde largo a los empleados del @BPSuy_ especialmente a los q están encargados de tramitar las jubilaciones de quienes tienen todo ok, están sin actividad y llevan + de 200 días de espera.
Ojalá la vida les retorne de alguna forma la falta de empatía.
La duda del balotaje
Acá va algo que es duda personal, no denuncia. La rifa del Stepway se vendió tanto durante la campaña de la primera vuelta como del balotaje. El sorteo se hizo el 15 de noviembre de 2024, nueve días antes de la segunda vuelta, con ventas reportadas incluso luego del sorteo. Si los bonos se vendieron también para financiar la campaña de segunda vuelta, la cuenta debería estar a nombre de la fórmula Orsi y Cosse, ¿o se puede usar la cuenta “vieja” solo a nombre de Orsi? Si la cuenta se creó para la primera vuelta y se siguió usando para la segunda, ¿sigue siendo "especialmente para la financiación" de esa segunda campaña, o se convirtió en una cuenta usada para otra cosa?
La ley trata a la segunda vuelta como un acto eleccionario distinto, con su propia contribución del Estado (10 UI por voto, contra 87 UI de la primera vuelta) y su propia rendición de cuentas, con 30 días adicionales de plazo. Si la cuenta de Orsi siguió recibiendo fondos de la rifa después del 27 de octubre, ¿esos fondos deberían haber ido a una cuenta de la fórmula Orsi-Cosse para el balotaje?, ¿o es correcto que vayan a la cuenta de Orsi sola? Y si la cuenta era la misma de antes, técnicamente ¿fue "abierta especialmente para la financiación" de la segunda vuelta?
De cualquier manera quedan dudas
Después de esta fe de erratas, igual nuestra honestidad intelectual sigue considerando que hay -o puede haber- irregularidades en el asunto, que parten de unas normas poco claras. El artículo 32 no prohíbe la cuenta a nombre del candidato, pero tampoco la autoriza. El artículo 43 exige titularidad partidaria, pero solo para funcionamiento permanente, no para campaña. La Circular 11902 copia el artículo 32 sin aclarar nada más. La falta de claridad deja lugar a la confusión, tanto por parte de la sociedad como de los propios políticos.
Quedan muchas dudas en cuanto a la cuenta utilizada. Lamentablemente no hemos podido conseguir exactamente el número de cuenta utilizado, así que no podemos contrastarlo con la Corte Electoral, ni con la cuenta utilizada para pagar la camioneta Santa Fe. Sin embargo, se abren suficientes sospechas para que se monte una investigación formal, sea cual sea el organismo correspondiente.
Lo que dijeron los de adentro
Algunos actores políticos nos comentaron lo difícil que es cumplir con todo lo que pide la ley (no expresamente, pero se puede deducir: libros de caja y diario firmados por contador público, registro en el Departamento de Contaduría, formulario de presupuesto inicial 30 días antes de la elección, libretas prenumeradas con pie de imprenta, rendición definitiva en 90 días, certificación contable, sistema de gestión online con usuario https://t.co/QAlPJXZIoe). Y que en la práctica, varios de los políticos actuales hacen las cosas mal.
El expresidente de la Jutep, Ricardo Gil Iribarne, lo resumió dijo en La Diaria: "Toda la ley es un gran incumplimiento", "un gran agujero negro" con el que "pasa cualquier cosa", y agregó que la Corte Electoral "ya ha dicho que no lo controla, que no tiene capacidad, que no tiene funcionarios, que no tiene contadores". El politólogo Rafael Piñeiro, por su parte, señaló que "las finanzas partidarias no son completamente independientes de las finanzas de campaña, como asume la ley”.
La conclusión que sacamos es que la ley está montada de forma tal que establece todos los obstáculos posibles para que un ciudadano de a pie, carente de expertise político partidario, pueda presentarse a una elección de forma correcta. Los grandes partidos, con equipos contables y jurídicos, historial y experiencia previa pueden, dentro de todo, manejar la ley, pero el ciudadano común no. Y, sea culposo o doloso, incluso los políticos profesionales incurren en prácticas que técnicamente no cierran con la letra de la circular. Eso no justifica nada, pero explica por qué una cuenta a nombre del candidato, rendida como cuenta de campaña, puede ser igualmente una irregularidad, aunque no el delito flagrante que anunciamos.
Los grises de la ley
Acá es donde entra la nueva lectura e información.
El artículo 43 regula el financiamiento para el funcionamiento permanente de los partidos, NO EL DE CAMPAÑA. Acá sí se especifica titularidad, cosa que no ocurre en el artículo 32, que es el que regula la campaña. Es decir, que en uno de los artículos se deja expresamente detallada la titularidad, mientras que en el otro no. Si el artículo 32 hubiera querido prohibir que la cuenta esté a nombre del candidato, podía usar la misma redacción que el artículo 43.
A esta lectura se suma información que nos llegó de cómo se tramitan las cuentas ante la Corte Electoral. Según nos informan, la cuenta la solicita el comité ante la Corte Electoral, y esta gestiona la apertura en el banco seleccionado exenta de tributos, y el titular puede ser el primero en la lista (ej. el presidente), debiendo cerrarse tras la rendición de cuentas. Si bien nuestra fuente es super confiable, no encontramos este funcionamiento detallado en las Circulares de la Corte Electoral, ni en otro lado. Pero sí reconocemos que es compatible con la letra del artículo 32, ya que la cuenta fue abierta especialmente para la campaña, aunque el titular bancario sea Orsi.
Además, según se reportó en medios, Presidencia sostuvo que "todas las donaciones y contribuciones de campaña quedaron a nombre del comité de campaña de Orsi, sin cesión de derechos al lema". El comité de campaña podría estar a nombre de Orsi.
Cómo entendimos nosotros la ley
Cuando dijimos que el uso de una cuenta personal violaba la normativa, nos apoyábamos en tres textos concretos. Los artículos 32 y 43 de la Ley 18.485, en la redacción dada por la Ley 20.292 de 2024, que dicen textualmente:
"Todo aporte o contribución a la campaña electoral de las preceptuadas en la presente ley debe ser depositado en cuenta bancaria abierta especialmente para la financiación de la misma." (Art. 32)
"Los fondos de los partidos políticos deberán depositarse en un banco a nombre del partido político, del sector interno o de la agrupación política y a la orden de las autoridades que se determinen en su carta orgánica o en sus bases constitutivas" (Art. 43)
Además, el artículo 13 de la Circular 11902 de la Corte Electoral, que repite el articulo 43
Con estos textos, nuestra lectura fue que si la ley exige una cuenta "abierta especialmente para la financiación" de la campaña, esta debería estar a nombre del partido, sector o agrupación; una cuenta a nombre del candidato no puede ser esa cuenta.
El problema es que la ley no dice realmente a nombre de quién tiene que estar la cuenta.
El presidente sospechado de malas prácticas éticas y legales y la oposición guarda un penoso silencio cómplice. Una tras otra las irregularidades se hacen públicas y el asunto se compliqua más sin que ningún actor político haga lo que corresponde, denunciar los hechos ante la justicia y que se investigue como con cualquier hijo de vecino.
¿Podría estar bien el uso de una cuenta a nombre de Orsi? (Fe de erratas)
Hace unos días denunciamos que la plata de la rifa del Stepway se transfería a una cuenta de dólares del BROU a nombre de Yamandú Orsi. Además, dijimos que iba en contra de la Ley de financiamiento de partidos políticos, en base a nuestra lectura de la Ley y de la Circular de la Corte Electoral.
Sin embargo, en estos últimos días nos llegó otra lectura e información que nos hacen plantear dudas sobre la legalidad de la situación.
No se nos caen los anillos para exponer esto, aunque aún con lo que desarrollaremos, seguimos teniendo nuestras dudas.
Un pequeño hilo🧵...
Hay una técnica política que no necesita mentir. Solo necesita que el problema exista en el relato antes de que alguien lo haya vivido.
Primero se instala la narrativa del problema, después llega "la solución". La gente recuerda que hubo una batalla y que alguien la ganó. Si el problema fue real o construido es un detalle que el tiempo borra solo.
Lo que hace que el mecanismo sea difícil de desarmar es que opera antes de que haya algo concreto que refutar. Para cuando alguien pregunta si el problema existía, la solución ya fue celebrada y el ciclo cerró.
Cuando los problemas son reales, sobran las explicaciones. El relato aparece cuando no hay problema que justifique la solución.
@LaEstamosViendo Crearon otro "héroe" de cartón que siquiera tiene idea qué significa triángulo de exposición, exposición y narrativa pero sobre todo no tiene idea de distancia focal. El rey de la imprudencia profesional y el amarillismo. Y mal educado.