⭕️DE NUEVO⭕️
Para que corra el plazo para recurrir, en cualquier materia, es necesario notificar:
🚩A la persona o
🚩Al domicilio real de las partes del proceso, incluso si estas han elegido un domicilio en el despacho profesional de su representante legal.
TC/0417/26 🔻
“Si bien las fotocopias no constituyen en principio una prueba idónea por sí solas, los jueces de fondo pueden apreciar y valorar su contenido, siempre y cuando no se haya cuestionado mediante argumentos serios y meritorios.”(SCJ-PS-23-0007)
No pretendo cambiar la opinión que tenga nadie sobre el paro en el Poder Judicial, solo indicar que los usuarios y las usuarias también se ven afectados en las audiencias, y sorpresivamente, cuando:
1. Se cancelan las audiencias porque no hay juez, ya que aunque llamen a un juez de paz y le digan manejése con 3 tribunales con audiencias el mismo día, como quiera no son suficientes.
2. El juez llega después de pasar por 2 tribunales y tan tarde que se fue casi todo el mundo y como quiera hay que aplazar.
3. Cuando no hay quorum para conocer un expediente porque hace falta un juez, por inhibición o nuevo juicio y, sorpresa, no se consiguió.
4. Cuando hay que aplazar porque las citas no se pudieron hacer por la saturación de los que lo tienen encargado.
5. Cuando hay que aplazar a las 6, 7 u 8 de la noche el resto del rol por lo avanzado de la hora, porque sube un tribunal con una cantidad de audiencias imposibles de conocer el mismo día, porque tiene la carga que debería tener más tribunales.
6. Cuando hay conferencia o reunión x en la que se admite, por debajo de la mesa, que se puedan reagendar las audiencias para que la asistencia sea buena.
Solo que como es el día a día, estas situaciones no llaman la atención, pero son parte de las cuestiones que se reclaman. Por eso la opinión de los abogados que están el día a día en el tribunal es tan distinta de los que tienen el despacho en twitter.