Un desfalco de $80,000 pesos por transferencias electrónicas no reconocidas solía implicar años de juicio ordinario para recuperar el dinero. Hoy, la vía para ejecutar el cobro de forma inmediata ha cambiado a favor del cuentahabiente. 🧵
¿Una notaría debe reunir más documentos para evaluar mejor sus riesgos de #antilavado? No necesariamente. El enfoque basado en riesgos exige, ante todo, hacer las preguntas correctas, aplicar controles útiles y dejar evidencia de la decisión.
Para el notariado, esta evaluación se limita a la actividad vulnerable prevista en el artículo 17, fracción XII, apartado A, de la #LFPIORPI: actos u operaciones celebrados ante notario, protocolizaciones y cualquier otro acto que implique su formalización.
La reforma publicada en el #DOF el 16/07/2025 incorporó la obligación de evaluar los riesgos propios de la actividad y los de clientes o usuarios. Debemos identificarlos, analizarlos, entenderlos y mitigarlos (artículo 18, fracción VII, LFPIORPI).
Las Reglas de Carácter General publicadas el 07/08/2026 agregaron aspectos operativos: medir los riesgos, asignar valores de manera consistente, considerar la Evaluación Nacional de Riesgos y reconocer únicamente los controles que realmente se aplican (artículos 10 Septies y 10 Septies 1).
El Acuerdo entrará en vigor, como regla general, el 30/11/2026. La evaluación y el Manual que contenga la metodología deberán estar disponibles para la autoridad desde el 01/03/2027. A partir de los actos realizados en esa misma fecha también serán aplicables las nuevas reglas de conocimiento y clasificación del cliente (Transitorios Primero a Cuarto).
¿Cómo llevarlo a la práctica?
En la notaría 88 estamos desarrollando una metodología propia, adaptada a nuestra ubicación, clientes, actos, formas de pago y operación cotidiana. La comparto como una propuesta práctica: no es una fórmula oficial ni la única manera de cumplir.
Cada notaría puede desarrollar otra metodología y utilizar distintos indicadores, escalas o ponderaciones, siempre que alcance el resultado exigido por la norma: identificar, analizar, entender, medir y mitigar sus riesgos; clasificar a sus clientes; conservar evidencia; y explicar razonablemente sus decisiones.
Nuestra propuesta utiliza dos evaluaciones:
1. RIESGO GENERAL DE LA NOTARÍA
Se estudia información de, por lo menos, doce meses:
• Actos formalizados y montos.
• Tipos de clientes.
• Origen y destino de los recursos.
• Formas de pago.
• Zonas o países relacionados.
• Atención presencial, híbrida, remota o mediante intermediarios.
• Alertas detectadas y eficacia de los controles.
Esta evaluación no se llena por cada escritura. Sirve para conocer las concentraciones y vulnerabilidades reales de la notaría y ajustar sus controles.
Debe revisarse cuando surjan nuevos riesgos, cambie la Evaluación Nacional de Riesgos o transcurra el plazo previsto en las Reglas (artículo 10 Septies 3).
2. RIESGO DE CADA CLIENTE Y ACTO
Para este nivel usamos una cédula sencilla. Primero identificamos:
• Cliente o usuario.
• Expediente e instrumento.
• Acto del artículo 17 XII A.
• Fecha y responsables de evaluar y revisar.
Después definimos el perfil esperado:
• ¿Qué acto pretende realizar y con qué propósito?
• ¿Es congruente con su actividad y capacidad?
• ¿Qué monto y frecuencia se esperan?
• ¿De dónde provienen y quién recibirá los recursos?
• ¿Intervendrán terceros, otras cuentas, países o intermediarios?
La cédula revisa cinco grupos de factores:
CLIENTE: identidad, actividad, capacidad, estructura, beneficiario controlador, condición de PEP y conducta.
ACTO: naturaleza, propósito, monto, partes y complejidad.
TRANSACCIÓN: forma de pago, origen, destino, moneda, frecuencia y trazabilidad.
GEOGRAFÍA: residencia, ubicación del inmueble, bancos y jurisdicciones relacionadas.
CANAL: atención directa o mediante intermediarios; presencial, híbrida o remota.
Con esa información distinguimos tres momentos:
RIESGO INHERENTE: la exposición del caso antes de aplicar controles.
MITIGANTES: los controles efectivamente aplicados y demostrables, como verificar identidad, representación y beneficiario controlador; comprobar el origen y destino de los recursos; corroborar información; reforzar la diligencia; o realizar una segunda revisión.
RIESGO RESIDUAL: el riesgo que permanece después de aplicar esos controles.
En términos sencillos:
Riesgo inherente − mitigantes efectivos = riesgo residual.
El resultado permite clasificar al cliente, por lo menos, en riesgo bajo, medio o alto, conforme a los artículos 23 Bis a 23 Bis 4 de las RCG.
En nuestro modelo también utilizamos un semáforo interno:
🟢 Continuar con diligencia ordinaria.
🟡 Completar controles, resolver alertas y obtener la aprobación correspondiente.
🔴 No continuar mientras exista un impedimento, una prohibición o una alerta importante sin aclarar.
El semáforo es una herramienta operativa propia. No sustituye el análisis jurídico ni la decisión de la notaria. La norma tampoco impone una escala numérica o una ponderación única.
Un Manual guardado en un cajón no reduce el riesgo. Tampoco basta anotar “cliente conocido”. Cada control debe contar con evidencia, fecha y responsable.
Veamos dos ejemplos:
1. Una compraventa de vivienda pagada con ahorro bancario propio y crédito de un organismo público de vivienda, sin terceros aportantes y con cuentas identificadas, puede presentar una exposición menor si toda la información es congruente y está documentada.
No es de riesgo bajo por llamarse “crédito de vivienda”, sino por los hechos, los documentos y la trazabilidad.
2. Un aumento de capital financiado desde varias cuentas de terceros, con sociedades o fideicomisos en distintas jurisdicciones y sin una razón económica clara, exige una revisión mayor.
La complejidad no demuestra lavado de dinero, pero debe poder explicarse y documentarse. Una explicación sin soporte mantiene abierta la alerta.
Hay reglas que no pueden resolverse restando puntos:
• Si el cliente se niega a proporcionar la información o documentación necesaria, procede la abstención prevista en el artículo 21 de la LFPIORPI.
• Las prohibiciones sobre uso de efectivo o metales se revisan por separado.
• Si existen hechos o indicios de sospecha, debe evaluarse el Aviso de 24 horas, incluso si el acto no se celebró, conforme al artículo 18, fracción VI, segundo párrafo, y las disposiciones aplicables.
• Un riesgo alto no significa que el cliente o la operación sean ilícitos. Significa que se requiere mayor información, evidencia, revisión y seguimiento.
En materia de PEP tampoco deben darse respuestas automáticas. Para una PEP nacional deben considerarse factores adicionales (artículo 23 Bis 3). Una PEP extranjera debe clasificarse en riesgo alto (artículo 23 Bis 4).
La clasificación individual debe revisarse, por regla general, al menos cada seis meses y con mayor frecuencia cuando el riesgo sea más alto (artículo 23 Bis 1).
El Reglamento reformado el 27/03/2026 permite medidas simplificadas cuando el nivel de riesgo sea bajo y se cumplan las Reglas (artículo 15). Simplificar no significa dejar de identificar, documentar o vigilar.
La cédula no sustituye el criterio de la notaria. Lo ordena y deja constancia de qué se observó, qué control se aplicó, qué quedó pendiente y por qué se decidió continuar, condicionar, suspender o abstenerse.
En otras palabras, la pregunta no es cuántos documentos contiene el expediente, sino si la historia jurídica y económica del acto es congruente, explicable y demostrable.
Ése es el valor del enfoque basado en riesgos: tomar decisiones conscientes, proporcionales y defendibles.
#Notariado #PLD #Compliance #DueDiligence
Una simple captura de pantalla o un mensaje impreso ya no bastan en juicio. Hoy la IA generativa permite clonar interfaces completas de chat o correo en segundos, haciendo que el aspecto visual de la prueba digital sea fácilmente cuestionable por la contraparte.
El error común del postulante es aportar solo la imagen visible. Para asegurar la cadena de custodia frente a alteración por IA, lo determinante no es cómo se ve el archivo, sino conservar sus metadatos y calcular su código hash desde la extracción inicial.
Sin un código hash registrado al extraer la evidencia y sin su contenedor con metadatos, la contraparte puede sembrar duda razonable sobre la autenticidad del archivo, argumentando generación sintética o manipulación por IA sin gran esfuerzo probatorio.
Evolucionar la práctica exige protocolos de fijación técnica previa. Quien basa su estrategia en simples impresiones de pantalla expone su caso a un cuestionamiento insuperable. Protege la trazabilidad de tu evidencia digital. #DerechoDigital
Mi conta, Hacienda ya no solo quiere saber cuánto vendes… ahora quiere saber quién está detrás del dinero de tus clientes.
La Ley Antilavado se puso mucho más seria y, si realizas Actividades Vulnerables —inmobiliarias, autos, joyerías, préstamos, blindaje, entre otras—, ya no bastará con presentar avisos y guardar expedientes.
Ahora la autoridad quiere controles mucho más agresivos.
Software obligatorio
Mi conta, deberás contar con un sistema que permita acumular operaciones, dar seguimiento a clientes y detectar movimientos inusuales.
Fecha límite: 1 de junio de 2027.
Vas a tener que ponerle “semáforo” a tus clientes
Riesgo bajo, medio o alto.
Además, se endurece la identificación del Beneficiario Controlador: habrá que saber quién está REALMENTE detrás de la operación y del dinero.
Fecha límite: 1 de marzo de 2027, junto con la actualización de tus manuales.
Y también vienen auditorías
Mi conta, tu cumplimiento en materia antilavado tendrá que revisarse y, en ciertos casos de mayor riesgo, necesitarás auditor externo.
Primer ejercicio a revisar: 2028.
Las nuevas reglas entran en vigor de manera general el 30 de noviembre de 2026.
¿El error de muchos?
“Todavía falta.”
No, mi conta.
Si esperas a que llegue el requerimiento para empezar a ordenar tu cumplimiento, ya llegaste tarde.
Porque Hacienda cada vez quiere menos explicaciones y más evidencia.
📑 Consulta la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación:
https://t.co/ID0Aveed6P
🔗 Más contenido fiscal:
https://t.co/mV37PkUTxA
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¿Las nuevas reglas antilavado implican más cumplimiento… o un cambio real en la forma de gestionar el riesgo?
El 7 de agosto de 2026 se publicó en el DOF el Acuerdo que modifica las Reglas de carácter general de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI).
Su importancia no debería reducirse a una nueva lista de obligaciones administrativas. La lectura relevante es otra: el régimen preventivo exige transitar de un cumplimiento documental hacia un sistema capaz de identificar, evaluar, documentar y gestionar riesgos.
Para los sujetos obligados, el verdadero desafío no consiste únicamente en integrar expedientes, presentar avisos o conservar documentos. El problema jurídico comienza cuando debe demostrarse que los controles implementados son efectivos, trazables y verificables.
Esto obliga a revisar con especial cuidado la identificación y conocimiento de clientes y usuarios; la determinación del beneficiario controlador; los mecanismos de monitoreo; la conservación y trazabilidad de información; los procedimientos internos; la capacitación; y la evidencia documental que permita acreditar el cumplimiento ante una eventual verificación de la autoridad.
Pero existe un punto todavía más importante: tener un manual no equivale a tener un sistema de prevención.
Una organización puede contar con políticas impecablemente redactadas y, al mismo tiempo, mantener controles materialmente ineficaces. El compliance pierde sentido cuando se convierte en una arquitectura de documentos que nadie aplica, riesgos que nadie evalúa y alertas que nadie investiga.
Por ello, esta modificación debe provocar una pregunta incómoda en cada organización obligada:
¿Podríamos demostrar hoy, con evidencia objetiva, que nuestro sistema realmente funciona?
La respuesta no debería encontrarse únicamente en un expediente. Debe poder reconstruirse mediante decisiones, controles, responsables, trazabilidad, capacitación, supervisión y evidencia.
Desde una perspectiva de gobernanza y compliance, el cambio normativo también exige evitar dos extremos: subcumplimiento, que incrementa exposición jurídica y reputacional, y sobrecumplimiento mecánico, que multiplica cargas sin necesariamente mejorar la detección de riesgos.
El objetivo de un sistema serio de prevención no es producir más papeles.
Es conseguir que una operación atípica genere una alerta; que la alerta sea analizada; que exista una decisión fundamentada; que esa decisión sea trazable; y que, ante una revisión, pueda demostrarse qué se hizo, quién lo hizo, cuándo, por qué y con qué evidencia.
Ahí está la diferencia entre aparentar cumplimiento y construir integridad institucional.
El compliance efectivo no se presume porque exista un manual. Se acredita mediante controles que funcionan y evidencia que puede auditarse.
#LFPIORPI #Antilavado #PLD #Compliance #ComplianceLegal #BeneficiarioControlador #GestiónDeRiesgos #DebidaDiligencia #PrevenciónDeLavado #Integridad #Gobernanza #RendiciónDeCuentas
‼️Diputadas poblanas se burlan de los hombres de la tercera edad: "Ya huelen a baúl"‼️
En un videopodcast las diputadas Nay Salvatori y Grace Palomares (y sus amigas) se burlaron de los hombres mayores.
Una de las participantes aseguró que los hombres de edad ya huelen a baúl, lo que provocó las carcajadas de @Naysalvatori. Mientras que @GracePalomares, crítico las arrugas de la piel de los hombres maduros.
😮💨 Vaya dilema en el que se encuentra el gober @armentapuebla_ 🤔
⚖️ Por un lado asegura que no habrá impunidad para nadie ni aunque sean familiares de sus funcionarios.
Pero Carlos Talavera, padre de la titular de Convenciones y Parques del @Gob_Puebla@michelletala08 ahora puso un lote de autos en un predio invadido el cual debería estar asegurado por la @FiscaliaPuebla.
¿Ahí le aplicará la ley o volteará para otro lado?
¡Adivinen qué va a pasar! 😒
Después de llevar sus perros al veterinario, y éste llevar los gusanos que extrajo al laboratorio, los análisis concluyeron que fueron atacados por el gusano barrenador. Las mascotas de José Rocha Ramírez son dos perros pastor belga, al macho lo atacaron alrededor del ano y a la hembra en las patas traseras. Por la atención oportuna, ambos animales lograron salvarse. Aquí algunas imágenes de los gusanos que les fueron extraídos.
Ponte derecho! La seguridad al hablar no depende solo de las palabras, sino también de la postura, el tono de voz, el contacto visual y la confianza que proyectas. Con pequeños cambios puedes comunicar tus ideas con mayor claridad e impacto.
Si facturas PUE pero cobras despues, el metodo de pago no coincide con la realidad y ahi el SAT detecta discrepancia. La regla es simple: si no te van a pagar el mismo dia o antes, usa PPD y emite el REP cuando efectivamente cobres. Art. 29-A CFF y guia del CFDI.
¿Sabías que un ventilador de PC y una tira de luces UV baratas pueden dejar tu terraza sin un solo mosquito en una noche?
Llevo semanas obsesionado con esto y no es magia, es pura física.
Los mosquitos son ciegos al rojo, pero la luz UV entre 365 y 395 nanómetros les parece agua brillando bajo el sol, justo donde ponen sus huevos.
Van directos a ella pensando que encontraron el sitio perfecto para reproducirse.
Aquí viene la parte que casi nadie explica bien: un mosquito vuela a 1,5-2 km/h, así de débil es.
Un ventilador normal de 120 mm mueve el aire a 3-5 km/h.
En cuanto se acerca a la luz, la corriente lo supera y ya no puede volver atrás, mucho menos si el embudo estrecha el flujo y lo acelera (efecto Venturi puro).
Y el detalle que más me sorprendió: la humedad los mata más rápido que cualquier otra cosa.
Por debajo del 40% de humedad, un mosquito se deshidrata en menos de una hora porque pierde agua constantemente a través del exoesqueleto.
Con 30°C de calor, sus huevos eclosionan en solo 4 días, así que el verano juega en su contra si sabes cómo aprovecharlo.
Un consejo importante antes de que lo montes: pon la trampa a 6-10 metros de donde te sientas.
Si la pones cerca, primero los atraes hacia ti y luego hacia la trampa, lo cual tiene poco sentido.
¿Alguna vez habías pensado en montar algo así en casa o prefieres los métodos de toda la vida?
Cuéntame qué truco anti-mosquitos te ha funcionado mejor este verano.
Vecinos reportan que un funcionario aterriza 4 ó 5 veces al día en las oficinas del SAT en Puebla, incluso para llevarle únicamente la tintorería ó transportar a sus niñeras, todo con cargo al erario, y no en cualquier transporte, para ello ocupa un helicóptero AgustaWestland con valor aproximado de 7 u 8 millones de dólares y un costo por hora de vuelo de 4 mil dólares.
Señalan que el despilfarro de recursos públicos ha llegado a un límite grotesco, por el uso de una aeronave de lujo como taxi privado.
El Alarma te informa