Competí con @IvanCepedaCast desde una visión del progresismo liberal diferente a la suya , el terminó siendo el candidato elegido y exclusivo del expresidente Petro y por tanto recogió toda nuestra fuerza electoral y estuvo a dos dias (dos dias) de ganar la presidencia pero haber competido con el y haber sido su amigo me permite rechazar absolutamente la sindicación irresponsable de Efraín Cepeda! Iván jamás empuñó un arma ! Es un hombre honesto. Nunca fue un guerrillero y ha defendido su tendencia ideológica desde las urnas democráticamente. Estigmatizar de esa manera a los líderes de la oposición que empieza hoy es justificar los actos de violencia con los que por décadas se asesinó a la oposición. No Efraín , no inaugure otra era de violencia como la violencia de los pájaros de los años 40 y 50 o la de los paramilitares de los 80 hasta hoy.
#CongresoRegionalJCA | En el marco del 3er Congreso Regional de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo del Caribe Colombiano, el consejero de Estado Omar Joaquín Barreto Suárez presentó la conferencia «Controles Atípicos del Consejo de Estado».
La Jurisdicción Especial para la Paz rechaza y lamenta el asesinato del gobernador del Resguardo Indígena Kwe'sx Yu Kiwe, Julián Mauricio Gutiérrez Grajales. La JEP expresa su solidaridad con las familias de las víctimas y con las autoridades y comunidades del Pueblo Nasa.
#ATENCIÓN | La JEP recibió una copia del legado documental del Centro Nacional de Memoria Histórica (CNMH) como garantía de preservación de la memoria de Colombia.
@CentroMemoriaH
Una posesión presidencial que mostró sólo una cara del país y desapareció al resto de compatriotas, como era de esperarse y como ocurrirá en los años que vienen. No hubo una sola señal para reconciliar a los colombianos, inclusive con la intervención del presidente del @SenadoGovCo . Ni siquiera en las épocas oscuras de Núñez y Caro hubo una consagración religiosa como la de hoy que desconoció que el país es un Estado laico y no confesional; cuando esperábamos una ráfaga de decretos el gobierno disparó un ráfaga de rezos, la ceremonia civil de transmisión de mando terminó en una misa católica.
Excluir a Santos y a Samper de la posesión presidencial no demuestra grandeza, demuestra pequeñez.
Qué cabeza tan chiquita la de Abelardo, paradójicamente.
La mejor venganza es el olvido de todo lo que ocurrió y el mayor triunfo, el amor del pueblo que pude desencadenar en medio de las turbulencias del odio. El amor hace perdurables las obras del gobierno de la Vida.
El último será el primero y fui fiel a mi consigna y logré que 4,5 millones de seres humanos, de personas, salieran de la pobreza y que salieran dos millones de personas de la pobreza extrema hasta el momento en que juré el nuevo presidente.
No es en cemento como se miden los logros de un presidente, mis logros se miden en vidas humanas que hoy por decenas de millones de personas, viven mejor en la Colombia bella.
Cumplí mi palabra de oficial del ejército libertador que dejó sus armas para que hubiera democracia en Colombia.
Le demostré a la oligarquía de Colombia, recogiendo el grito rebelde de Carbonell y la bandera roja de Rafael Uribe Uribe, del presidente López Pumarejo y del gran Jorge Eliécer Gaitán y Gabriel Turbay, más radical que Gaitán, que se puede crecer económicamente con justicia social.
Que no somos un pueblo de siervos ni de esclavos, sino de hombres y mujeres libres que cada vez más educados forjarán el futuro de la Gran Colombia.
Mi mensaje es dejar de matarnos entre nosotros, dejar de autodestruirnos, dejar el suicidio colectivo que empuja el embrutecimiento artificial que manipuló las mentes débiles y aún serviles del pueblo colombiano que merecen todo nuestro respeto y nuestro amor, mucho amor al pueblo que votó por detener el cambio, que significaba ni más ni menos, que detener la vida en Colombia; mis respetos a quienes se dejaron llenar de odio el corazón y que fueron millones de trabajadores y campesinos que votaron contra sí mismos. Siempre que dividan al pueblo trabajador, gobernarán los tiranos de pacotilla y maquillaje falso. Medio millón de bots extranjeros pagaron para debilitar las mentes de trabajadores para hacerlos votar contra ellos mismos y su vida y la vida de sus familias, bots falsos pagados con dineros extranjeros para irradiar calumnias contra el gobierno y el senador Iván Cepeda, víctima del terrorismo de estado contra la Unión Patriótica que fué un genocidio político de la izquierda colombiana por la alianza entre el narcotráfico y la extrema derecha del país, que retorna al poder y amenaza a la población.
Recuerden, no es cristiano el que odia al prójimo y el que índuce al odio. Jesús jamás provlamó odiar al prójimo, quienes así lo hagan usando su nombre son falsos pastores y solo idolatran el dinero de los fieles.
El nuevo mandatario lo es por la ayuda de Trump y Marcos Rubio y sobretodo, por el fraude electoral sobre 1.800.000 votos hecho con la ayuda de un genocida que asesino 22.000 bebés palestinos con misiles. El 60 % de los 73.000 palestinos asesinados eran mujeres y niños.
Sangre de inocentes derramadas por metros cúbicos de un holocausto que solo presagia la posibilidad de un gran holocausto humano y de la vida toda solo por codicia y modos de producir anacrónicos basados en cadaveres fósiles como energía para sustentar solamente una acumulacion de la codicia.
Más aumenta la acumulación de la codicia, más aumenta la destrucción de la vida en el planeta, destruyen a la gente que trabaja y quiere trabajar
Luchar por la libertad y la vida en todos los rincones del planeta donde exista humanidad, esa es la consigna
El 7 de agosto van a respirar por fin tranquilas las mafias de la economía y la política de Colombia, viene un pillaje ignorante sobre los recursos naturales no renovables y sobre el pueblo trabajador de Colombia quien es el que construyen la verdadera riqueza del país
El camino es el que trazó Bolívar: luchar por la Libertad y por la vida siempre, siempre y siempre.
Si realmente es un patriota, ADLE debe renunciar a su nacionalidad estadounidense antes de posesionarse. Si no lo hace, no sólo su juramento el 7 de agosto sería socialmente poco creíble, sino incluso jurídicamente cuestionable: Rodrigo Uprimny https://t.co/Wj3ntpJsFA
ENGAÑAR A UN NOTARIO Y ENGAÑAR A UN REGISTRADOR DE INSTRUMENTOS PÚBLICOS NO CONFIGURA EL MISMO DELITO
Cuando una persona suministra información falsa a un notario y consigue que este la incorpore en una escritura pública, la conducta se adecúa al delito de obtención de documento público falso, previsto en el artículo 288 del Código Penal.
Este delito se configura porque el particular induce en error al notario, en ejercicio de su función fedante, y logra que expida un documento público que puede servir de prueba, en el cual se consigna una manifestación falsa o se calla total o parcialmente la verdad. Vale precisar que para la jurisprudencia de la Sala de Casación Penal de la Corte, los notarios son particulares que cumplen funciones públicas de forma transitoria. De ahí que sean considerados servidores públicos cuando actúan en ejercicio de la función fedante.
Distinto ocurre cuando una escritura pública fraudulenta es presentada ante la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos para conseguir su inscripción.
En este caso, el documento se utiliza como medio fraudulento para inducir en error al registrador, quien ejerce una función administrativa, con el propósito de obtener una inscripción contraria a la ley. Este comportamiento configura fraude procesal, conforme al artículo 453 del Código Penal.
La calidad de servidor público de la persona engañada no es suficiente para afirmar la existencia de fraude procesal. Este delito exige que la maniobra esté dirigida a obtener una sentencia, una resolución o un acto administrativo contrario a la ley.
Por esa razón, la Corte Suprema ha considerado que engañar al notario no configura fraude procesal.
La escritura pública no es una sentencia. La sentencia es el acto procesal decisorio por excelencia mediante el cual una autoridad judicial resuelve una cuestión con relevancia jurídica sometida a su conocimiento. Está precedida por un procedimiento en el que operan las garantías de acción, defensa y contradicción.
El notario, cuando autoriza una escritura pública, no administra justicia, no decide pretensiones, no resuelve un conflicto y tampoco profiere una providencia judicial.
La escritura pública tampoco es un acto administrativo. Este supone una manifestación unilateral emitida por una autoridad administrativa, en ejercicio de una competencia legal, con la finalidad de producir directamente efectos jurídicos.
El notario no adopta unilateralmente una decisión para crear, modificar o extinguir una relación jurídica. Su función consiste en recibir las declaraciones de los comparecientes, documentarlas y revestirlas de autenticidad mediante el ejercicio de la fe pública.
Aunque el negocio contenido en la escritura pueda producir efectos jurídicos, estos provienen de las declaraciones de voluntad de los particulares y del cumplimiento de las solemnidades legales, no de una decisión administrativa adoptada por el notario.
La escritura tampoco es una resolución en el sentido exigido por el delito de fraude procesal. Las resoluciones son manifestaciones de una potestad decisoria, usualmente administrativa. La escritura pública no resuelve una actuación: documenta y autentica las declaraciones efectuadas ante el notario.
Por eso es correcta la tesis de la Corte: si se engaña al notario para que incorpore una falsedad en una escritura pública, se obtiene fraudulentamente un documento público. Pero si ese documento es presentado posteriormente ante el registrador para conseguir una inscripción contraria a la ley, se induce en error a un servidor que ejerce función administrativa y se persigue la expedición de un acto administrativo ilegal.
Un ejemplo concreto permite comprender la diferencia.
Una mujer falsifica la firma de su hermana para cancelar el patrimonio de familia constituido sobre un inmueble y transferir, sin su consentimiento, los derechos que tenía sobre el bien.
Con la información falsa consigue que el notario autorice las escrituras públicas correspondientes. Ese primer comportamiento puede configurar obtención de documento público falso, porque el engaño estuvo dirigido a conseguir que el notario expidiera documentos públicos con afirmaciones contrarias a la realidad.
Posteriormente, las escrituras son presentadas ante la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos. El registrador, convencido de su legalidad, las inscribe y modifica la información contenida en el folio de matrícula inmobiliaria.
Este segundo comportamiento configura fraude procesal, porque la escritura falsa fue utilizada como medio fraudulento para inducir en error al registrador y obtener una inscripción contraria a la ley.
Si la maniobra comprende las dos actuaciones, puede presentarse un concurso entre ambos delitos:
Engañar al notario para obtener la escritura pública de contenido falso: obtención de documento público falso.
Engañar al registrador para conseguir su inscripción: fraude procesal.
El otorgamiento de la escritura y su registro son actos jurídicos diferentes. Tienen autoridades, funciones, efectos y bases fácticas independientes.
No es lo mismo conseguir que el Estado documente una falsedad que utilizar ese documento para lograr que la administración adopte una decisión contraria a la ley.
Contratación Estatal: Control fiscal a contratos estatales/Responsabilidad fiscal de los supervisores de los contratos/¿Cómo se designa la supervisión de los contratos estatales?
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