@EgasChiriboga Considero que todas estas reformas que usted menciona son necesarias, ya que no debería existir ambigüedad en distintas normativas y estas deberán tener concordancia con las nuevas reformas que se quieren implementar en este articulo 143 relacionado a las actividades financieras
@EgasChiriboga Vemos que existe un cambio muy grande y ambigüedad en relación al artículo ya existente 143 y la nueva reforma en relación a la actividad financiera, esperemos que esto no afecte al usuario y estos cambios sean en mejora del beneficiario del sistema financiero.
@EgasChiriboga Considero importante una reforma al art 143 del COMF basado en las actividades financieras, siempre y cuando estas sean en beneficio del pueblo y del consumidor mas no de pocos que son quienes controlan estas entidades financieras.
@EgasChiriboga Considero que esta reforma va a beneficiar únicamente a ciertas personas más no a todos, ya que la institución será beneficiada y el cliente puede salir perjudicado, existen otras prioridades en temas de reforma que deben ser considerados por su mayor relevancia
@EgasChiriboga Organismos de control en Ecuador deben tener total conocimiento de actuales y próximas responsabilidades, estar al tanto de las reformas y cambios que se generen dentro de la legislación ya que cumplen un roll fundamental en la seguridad jurídica que debe existir en nuestro pais
@EgasChiriboga Todas las instituciones del Sistema financiero ecuatoriano estan controladas por la super de bancos, a través de esta prohibición se busca respaldar a las empresas. Es por esto que esta prohibición son límites establecidos por la ley sobre la libertad que existe de contratación.