#COMUNICADO | CAL: RECHAZA DECISIÓN DEL TC SOBRE CONSTITUCIONALIDAD QUE LEGITIMA IMPUNIDAD POR CRÍMENES DE LESA HUMANIDAD EN EL PAÍS
Desde el Colegio de Abogados de Lima ( CAL ) expresamos nuestra preocupación por la sentencia recaída en los expedientes 00009-2024-PI/TC y 00023-2024-PI/TC, que al no alcanzar los votos según el artículo 107º del Nuevo Código Procesal Constitucional, declaró la constitucionalidad de la Ley 32107, "Ley que precisa la aplicación y los alcances del delito de Lesa Humanidad y Crímenes de Guerra en la legislación peruana".
Desde la Junta Directiva del CAL, quien interpuso la primera demanda de la referida ley, compartimos los fundamentos singulares de los votos de los magistrados Domínguez, Gutiérrez y Monteagudo; quienes argumentaron la legalidad y defensa del Derecho Penal Internacional. Recordemos que los tratados internacionales vigentes sobre Crímenes de Lesa Humanidad y en consecuencia su imprescriptibilidad surgió después de la II Guerra Mundial y aplicaciones desde entonces.
En cuanto al principio de retroactividad que evoca la Ley 32107 , concordamos con el fundamento 172 del voto singular de los magistrados Domínguez y Gutiérrez quienes sostienen "(...) la regulación de los crímenes de lesa humanidad propias del Derecho Internacional Público es plenamente aplicable para el Perú desde su surgimiento en 1945 en adelante. Por ende, antes de la entrada en vigor de la Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional (ERCPI), nuestro país ya contaba con un marco jurídico al respecto previsto por la costumbre internacional con carácter de ius cogens ".
Por otro lado, sobre el principio de nulidad desarrollado en el artículo 4 y de la Ley 32107, el CAL invoca a respetar el artículo I de la Convención sobre la imprescriptibilidad sobre los crímenes de guerra y los crímenes de lesa humanidad que indica "(...) son imprescriptibles, cualquiera sea la fecha en que se hayan cometido" .
En ese sentido la Junta Directiva del CAL rechaza la decisión del Tribunal Constitucional que limita la investigación de crímenes de lesa humanidad cometidos antes de 2002 . No obstante, expresa su conformidad con la sentencia en mayoría que exhorta al Congreso de la República para que modifique el Código Penal, a fin de incorporar los delitos de lesa humanidad conforme a los tratados internacionales.
Finalmente, el CAL exhorta al Estado Peruano a garantizar los procesos penales en curso basados en el principio del debido proceso y garantiza a un proceso en el plazo razonable para las partes involucradas.
Lima, 8 de diciembre de 2025
JUNTA DIRECTIVA
🔵📢#COMUNICADO | CONSEJO DE ÉTICA DEL CAL COMUNICA INICIO DE PROCESO DISCIPLINARIO DE OFICIO EN CONTRA DE ABOGADOS INTEGRANTES DE LA JNJ
El Consejo de Ética del Colegio de Abogados de Lima (CAL) informa a la comunidad jurídica y a la ciudadanía en general que ha dispuesto el inicio de un proceso deontológico de oficio por falta muy grave contra los abogados integrantes de la Junta Nacional de Justicia (JNJ), debido a la apertura de un proceso disciplinario inmediato contra la Presidenta del PJ, Dra. Janet Tello Gilardi, y otros magistrados supremos, sin prueba evidente, lo que configuraría una grave afectación a la independencia judicial.
Dicho procedimiento responde a la sorpresiva decisión de la JNJ de iniciar un proceso disciplinario contra cinco vocales supremos, incluida la Dra. Tello Gilardi, actual presidenta del Poder Judicial. Esta decisión de la JNJ podría tener connotaciones políticas, con la aparente finalidad de destituir a la presidenta del Poder Judicial debido a sus declaraciones, en las que señala que ambos poderes del Estado, en lugar de fortalecer la lucha contra la delincuencia, estarían favoreciendo la impunidad de quienes han cometido delitos graves.
El fundamento del proceso disciplinario inmediato contra los magistrados supremos se basa en la supuesta comisión de un error al resolver la Casación Nº 40525-2023-LIMA, en su calidad de integrantes de la Primera Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema. Se alega que habrían aplicado una norma derogada y que la resolución carece de motivación. Sin embargo, una revisión detallada evidenciaría que no se aplicó ninguna norma derogada ni se incurrió en falta de motivación, desvirtuándose así la validez de las acusaciones.
Con los hechos antes expuestos, se estaría atentando contra la independencia judicial, la separación de poderes, debilitando el Estado de Derecho y la justicia. La denuncia contra la Dra. Tello Gilardi y los magistrados supremos Dr. Carlos Calderón, Dr. Omar Toledo, Dr. Ricardo Corrales y Dra. Liliana Dávila constituiría un claro abuso de poder por parte de los integrantes de la Junta Nacional de Justicia (JNJ).
Asimismo, el Presidente de la JNJ, en el Comunicado N° 01-2025-JNJ, ha manifestado su intención de evaluar resoluciones judiciales, afirmando lo siguiente: “Los jueces están sujetos a control por sus actuaciones jurisdiccionales”. Esta declaración genera profunda preocupación, pues atenta contra la independencia judicial, dado que las decisiones jurisdiccionales son irrevisables, conforme lo establece el artículo 139, inciso 13, de la Constitución. La supervisión disciplinaria de la JNJ debe respetar los límites constitucionales, ya que los jueces no pueden ser sancionados por el contenido de sus decisiones, salvo en casos de inconducta funcional, como corrupción, parcialidad manifiesta o falta de motivación en sus resoluciones, entre otros.
Finalmente, la resolución de casación cuestionada por el quejoso Julio Ramón Cadenillas Díaz viene siendo impugnada mediante una acción de amparo, tramitada en el expediente N° 03951-2024-0-1801-SP-DC-02, en la Segunda Sala Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima. En este proceso, se ha emitido un pronunciamiento en primera instancia declarando su improcedencia, el cual ha sido apelado, por lo que se encuentra en trámite. En virtud del principio de última ratio, no puede iniciarse un proceso disciplinario hasta que el proceso de amparo haya concluido definitivamente, a fin de evitar resoluciones contradictorias. Además, nadie puede avocarse a procesos en trámite, conforme lo dispone el inciso 2 del artículo 139 de la Constitución Política del Estado.
Las normas deontológicas vulneradas incluyen el artículo 56 del Código de Ética del Abogado, que establece los principios de integridad y probidad, responsabilidad ética y profesional, imparcialidad y transparencia, lucha contra la corrupción y compromiso con el Estado de Derecho, entre otros.
Exhortamos a todas las autoridades, sean abogados en el ejercicio de la función pública o privada, a actuar con responsabilidad y respeto por los principios fundamentales del Estado de Derecho, garantizando la independencia del Poder Judicial y evitando acciones que socaven la institucionalidad democrática del país. Asimismo, deben cumplir con altos estándares éticos; de lo contrario, serán sometidos a proceso disciplinario ante este Consejo de Ética.
Lima, 19 de febrero de 2025
Perú declara estado de emergencia por devastadores incendios forestales
Los tres departamentos afectados son San Martín, Amazonas y Ucayali.
Según las autoridades, la mayoría de los #incendios tienen origen humano, que se agravan por la #sequía de los últimos meses. /cmw
Derechos de la Naturaleza: Otro río es reconocido como sujeto de derechos: en Perú, río Marañón y afluentes es reconocido como sujeto de derechos.
Ademas fue iniciativa liderada por mujeres!
https://t.co/Hsfvax4K2h
#AlbertoOtarola renuncia presionado al perder respaldo político de sectores que avalaron y defendieron su presencia durante las graves muertes y heridos. Lo recordaremos como el Premier que lidero la represión, estigmatizo a las poblaciones indígenas y responsable de 50 ejecuciones extrajudiciales.
#Peru: UN experts shared comments on the impact of legislative decrees on the human rights of migrants, especially in relation to compliance w/ principles of non-refoulement, non-discrimination & non-criminalisation.
Read the UN experts’ letter 👉 https://t.co/OAYANZxfjo
#JOINNUS#CUSCO| Frente a la problemática ocasionada por la actual ministra de @MinCulturaPe con la terciarización de boletos hacia nuestro Santuario Histórico de Machupicchu, comparto con ustedes, carta pública de los cusqueños (as), frente al contrato suscrito con JOINNUS. Nuestro patrimonio cultural no es mercancía ni botín de unos cuantos.
La mesa de diálogo que hoy se realiza, debe generar compromisos del Gbno para fortalecer y conservar nuestro patrimonio cultural.
➡️https://t.co/en2vdhKZmW
3 premios Nobel ya han mostrado q no hay evidencia d q las personas pobres sean “menos trabajadoras”. De lo q sí parece haber indicios es d q en Perú hay bastante aporofobia (aversión hacia el pobre). El 39% piensa q las personas son pobres porq “desaprovechan las oportunidades”
Sembrar árboles: caviar. Deforestar: patriota.
Denunciar curas pedófilos: caviar: Protegerlos: patriota
Adoptar perros de la calle: caviar. Abandonarlos: patriota
Recoger la kk del perro: caviar. Arrojar kk de perro: patriota
Hacer deporte: caviar. Prohibir el deporte: patriota.
La publicaron. Violando normas del congreso, violando #DerechosIndigenas, violando #DerechosHumanos para favorecer a las mafias detrás de las actividades ilegales en #Peru usando como pretexto a la @UEenPeru. #AsiMuereLaDemocracia, con el silencio cómplice https://t.co/oO1X3F8nPT
Exijo explicaciones al presidente del Congreso @congresoperu por firmar una autógrafa sin atender las reconsideraciones presentadas. La transparencia y el respeto al proceso son fundamentales para la confianza ciudadana. #Congreso#Transparencia#Reconsideración
#AlertaLegislativa | Violando su propio reglamento, el @congresoperu elimina de la web las reconsideraciones presentadas sobre proyecto de ley que modifica la #LeyForestal. Esto representa una grave violación de los derechos de los pueblos indígenas y pone en peligro la Amazonía.
Más de 83 organizaciones indígenas, productores agrarios y organizaciones de sociedad civil envían carta al @USTradeRep45@MINCETUR rechazando la modificatoria de la #LeyForestal que facilita #deforestacion de #amazonia en el marco #TLC
Lee la carta: https://t.co/QKgjvc5xnr
#LoÚltimo Ciudadanos cantan “Esta democracia ya no es democracia” en el bypass de Juliaca, Puno, donde se encuentra una exposición de fotos de víctimas y deudos, y una bandera de luto. Hoy se cumple un año de la represión en la que murieron 18 civiles.
✍️📹Red Regional / @arivme
👩🏿⚖️👨🏿⚖️ Resolución de la Corte IDH de Solicitud de Medidas Provisionales y Supervisión de Cumplimiento de Sentencia en el Caso Barrios Altos y Caso La Cantuta Vs. Perú🇵🇪 de 19 de diciembre de 2023.
👩🏿💻Más información: https://t.co/jnaH8rZrgV
#ProtegiendoDerechos
#Pronunciamiento 📢 | Condenamos la aprobación por insistencia de la modificatoria de la Ley forestal y de fauna silvestre, realizada entre gallos y medianoche, y aprovechando la crisis política y social que enfrenta el país.
Lee el pronunciamiento 👉https://t.co/sQ9ZWGiFx4