La interdicción de la censura previa es un contenido esencial de la libertad de expresión y el acceso a la información. Mucho más aún cuando lo que se protege está relacionado con asuntos de interés público y funcionarios públicos. La jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y la Corte IDH desarrolló estándares precisos en la materia. Una cautelar sin plazo y sin sujeto pasivo que impone la censura previa a la función periodística, afecta el pleno ejercicio de la libertad de expresión como un derecho colectivo y sostén fundamental del sistema democrático.
Contestando unos agravios con esmero, me di cuenta de que no hay nadie más crédulo y optimista que un ABOGADO. Contestar agravios creyendo que te van a leer, es un acto de fe.
Un Rappi retiró un paquete x mi domicilio y debía entregarlo en otro. El repartidor desapareció con el paquete; y Rappi alega que “no les responde el telefono” y que su responsabilidad se limita a pagar un valor insignificante en concepto de seguro. @dzapatillas qué puedo hacer?
Tengo un pensamiento recurrente en estos días, o más bien es un cuestionamiento: ¿En qué momento se me ocurrió que podía ser una buena idea ganarme la vida tratando de que la gente resuelva sus conflictos?
“Cuando a veces me preguntan cuándo habrá suficientes mujeres en la Corte Suprema, y mi respuesta es cuando haya nueve, la gente se sorprende. Pero han habido nueve varones por mucho tiempo y nadie lo ha cuestionado.”
Ruth Bader Ginsburg
Jueza
Corte Supr. de EEUU (1933-2020)
La UBA se declaró en emergencia presupuestaria
El Consejo Superior declaró por unanimidad la emergencia presupuestaria de la Universidad, y adhirió y convocó a la Marcha Nacional Federal Universitaria que se realizará el día 23 de abril de 2024.
La pregunta constitucional y democrática más relevante: Queremos que sea constitucional en nuestro país sancionar esta clase de DNU. ¿Realmente queremos decirnos, como comunidad política, que nuestra constitución permite eso?
Son tan ignorantes que plantean cuestiones largamente superadas hace años por el derecho constitucional, los derechos humanos y el derecho de familia. No tienen ni idea de la Convención de los derechos del niño, el interés superior del niño o el derecho convencional interpretado.
“La justicia social es una aberración”. Art. 75 inc. 19 de la Constitución argentina: el Congreso debe dictar leyes que provean lo conducente al desarrollo humano y al progreso económico con justicia social. Hoy comienza la resistencia constitucional.