Imaginen que la consejera jurídica, Luisa María Alcalde, hubiera estado a cargo de la reforma judicial, en lugar de la ex secretaria de Gobernación, Luisa María Alcalde.
¿Cómo se computa el plazo de 2 meses para demandar el despido injustificado?
¿A partir de la separación material o de la entrega del aviso de rescisión?
R: DEPENDE
A propósito del proyecto retirado en la SCJN, les platico lo que resolvió el 2 TCC del XXIII en ADL 221/2025
Miren, leo esto y no salgo de mi asombro: por quién lo dice, por lo que dice y por cómo lo dice. Hasta el título provoca una mueca de gracioso espanto: "Ferrajoli también es humano".
Con el debido respeto, me permito decir que el señor magistrado no debería perderse el respeto a sí mismo de este modo.
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No resisto la tentación de analizar un par de párrafos, aunque todos merecerían unas humorísticas consideraciones.
Dice: "¿por qué debemos pensar que, contrario a la elección directa, es mejor un sistema indirecto de designación de los jueces, en términos democráticos y desde la perspectiva de un Estado de Derecho? ¿Ha comprobado ese modelo su fortaleza y su eficacia en términos de control imparcial e independiente de los actos de autoridad?". Y yo digo: ¿y por qué no? Es como si alguien afirma que la mejor organización amorosa es la de una casa de prostitución (un puticlub, dirían en España), Ferrajoli lo discute y viene un señor con toga y replica tal que así: "¿por qué debemos pensar que las putas o los putos quieren menos o quieren peor o que hay menos afecto en un puticlub que en una casa familiar tradicional?” Reconozcámoslo, el descaro de la pregunta nos desarma. Y, ciertamente, a priori y antes de que el partido se celebre, ¿qué datos tenemos para pensar que no le voy a meter yo mismo más goles a Messi que él a mi?
Dice: "En mi opinión, la cualidad y la virtud de la independencia judicial que hace real la separación de poderes no tiene que ver directamente con el método de la designación, sino con el desempeño. No podríamos sostener y fundamentar como existente una relación de causalidad entre el método de elección de los jueces y que las personas juzgadoras o designadas vayan a ser, o no, indefectiblemente independientes. Eso lo demostrarán a golpe de sentencias". Buenísimo. Esto vale para rechazar la crítica a cualquier sistema de selección de jueces. Por ejemplo, en México o España mañana se dicta la norma por la cual "los jueces se designarán de entre los parientes por consanguinidad o afinidad hasta tercer grado de los ministros del gobierno o los dirigentes del partido mayoritario" y viene este feliz señor y dice que nada hace pensar que no vayan a ser independientes esos jueces y que hay que esperar sus sentencias para ver si lo fueron o no. Es como si -disculpen la comparación- una norma dijera que los policías se elegirán de entre los más ladrones y asesinos de las bandas criminales del país y, ante la crítica de un eventual Ferrajoli, aparece alguien que escribe que habrá que esperar a ver qué hacen, antes de andar criticando por sospechar que más bien van a robar que a detener ladrones.
Dice: "Estimo que en México debemos esperar algunos años (quizás 10) para analizar de manera objetiva y científica acerca del desempeño de los jueces electos. Sólo de esa manera podemos sostener una afirmación objetiva acerca del papel del nuevo poder judicial mexicano emergido de las urnas". Esto es como si, al comienzo de la dictadura de Franco, en España, alguien hubiera escrito que, antes de sospechar que los jueces puestos por ese régimen pudieran ser poco independientes y escasamente imparciales en lo que concierne al poder, se debería esperar diez años "para analizar de manera objetiva y científica acerca del desempeño de los jueces electos".
Ah, maravilloso, y a los diez años usted se inventa también un método para resucitar o compensar a los injustamente condenados y, además, ante la crítica objetiva de ese momento, ahora sí basada en datos, la dictadura desarmaría sin dudarlo un instante todo ese aparato autoritario, dependiente y parcial. ¡Por favor!
Pero lo que de verdad más me impresiona, siendo todo asombroso, es el título.
Mañana se ve un asunto sumamente importante en materia de reproducción asistida
Genuinamente me preocupa el proyecto , creo que de aprobarse en sus términos podría generar muchos problemas
Me parecen particularmente preocupantes estos párrafos
Sobre lo de Venezuela de hoy. Intento dar mi opinión en este contexto tan propicio para las pasiones y los sesgos y prejuicios de todo tipo. Y cuando digo que lo intento, tómenlo al pie de la letra, pues lo primero de todo que me ocurre es que tengo un mar de contradicciones en mi cabeza.
1) El Derecho Internacional, con la ONU a la cabeza, se ha vuelto bastante inútil y disfuncional, y siempre ha tenido un alto componente de injusticia por el hecho de que en el Consejo de Seguridad de la ONU están, como miembros permanentes y con poder de veto, cinco Estados de los que, ahora mismo, como mínimo tres son candidatos fuertes para violar cualquier norma del Derecho internacional: Rusia, China y EEUU. Repárese en que he dicho ahora mismo.
2) La ONU y el Derecho internacional se vienen mostrando muy impotentes ante todo tipo de violaciones muy graves de los derechos humanos más básicos en muchos países. La capacidad de presión mediante sanciones internacionales solo funciona, si acaso, con países muy débiles y vulnerables. En tiempos recientes, véase la casi nula utilidad que han tenido la ONU y el Derecho internacional todo a la hora de sancionar a Rusia por la invasión de Ucrania o de sancionar matanzas brutales que han ocurrido en los últimos años y décadas en países de muy distinta orientación ideológica. Sí, puede que funcione bien frente a Ruanda..., pero poco más. Tristemente. Por supuesto, en lo que tenga de vulneración del Derecho internacional la acción de EEUU en Venezuela hoy, ninguna esperanza de eficacia, ni siquiera simbólica, del Derecho internacional.
3) Entre los fracasos del ordenamiento jurídico internacional se encuentra no solo la escasísima capacidad para difundir y amparar la democracia y el Estado de Derecho, sino también para evitar el surgimiento descarado de tiranías y nuevas dictaduras sanguinarias, como es el caso de Venezuela. Y también es extrema su debilidad para lograr mejoras en las violaciones de derechos humanos absolutamente básicos, como ocurre con los derechos de las mujeres en ciertos países islámicos. Véase lo que hoy mismo está ocurriendo en Irán, ante la mirada indiferente del mundo, de casi todos los Estados (incluida España) y ante la inoperancia completa de la ONU. En resumen, el actual sistema de Derecho internacional está viciado en origen por el poder arbitrario de cinco países, y está fragmentado porque no ha habido capacidad para imponer la democracia, el Estado de Derecho y la protección de los derechos humanos allá donde más falta hacen, y todo ello debido, entre otras cosas, a discursos posmodernos, cínicos, falsamente multiculturales, etc.
4) Lo anterior no quiere decir ni pretendo que diga que ya no merezca la pena o tenga sentido reivindicar el respeto al Derecho internacional. El que hay es un desastre, es incapaz y es injusto, pero su desaparición implicaría calamidades todavía mayores y la vuelta (ya más que probable, al parecer) a escenarios anteriores a la Segunda Guerra Mundial. Por eso tiene alguna importancia que quienes nos alegramos intensísimamente por el final (si es que lo es) de la asquerosa y ladrona dictadura en Venezuela no dejemos de lamentar o hacer ver que habría sido claramente preferible que la caída de Maduro se hubiera debido a la presión legal de la sociedad internacional y no a una acción de agresión o guerra por parte de EEUU, completamente al margen de la legalidad internacional, creo. Pero aquí vienen las mil paradojas: si no se refunda un Derecho internacional eficaz y justo, las alternativas están podridas: o bien damos por bueno, en aras del respeto a las normas internacionales, que se perpetúen dictaduras sucias y asesinas, o bien damos por bueno que los países más fuertes recurran a la violencia y la guerra para acabar con dictadores... o para otras mil cosas (véase la injustificable guerra de agresión de Rusia contra Ucrania, no menos grave, por supuesto, que lo que EEUU acaba de hacer en Venezuela). La situación tal vez recuerda lo ocurrido cuando se enfrentaban la Alemania nazi y la Rusia estalinista: ganara quien ganara, ganaban los malos.
Y concluyo. En mi opinión, es muy difícil pensar que a las buenas gentes de Venezuela les pueda ocurrir algo peor de lo que les pasó con el chavismo, y más en los tiempos de Maduro, pase lo que pase. Mi padre vivió en la dictadura de Franco y fue joven en la época más dura de la represión y la hambruna, los años cuarenta. Muchas veces le oí decir cómo soñaban él y otros con que después de 1945 EEUU o los aliados invadieran España para acabar con la pesadilla. Ahora bien, también opino otra cosa que no me anima nada: parece probable que con Trump se consume el triste final del modelo de Estado de Derecho que conocimos y del que, en buena medida, EEUU era muestra y guía. Probablemente vamos, también en EEUU hacia nuevos modelos de autoritarismo, uso alegal de la fuerza, concentración de poder dentro del Estado y en las relaciones internacionales, reparto del mundo entre EEUU, China y Rusia. Nada bueno. Así que lo mucho que me alegro hoy por los venezolanos ya lo estoy lamentando por mis hijos o eventuales nietos.
En qué momento caímos en una lectura tan lineal de la cláusula de irretroactividad?
Neta están en contra de desterrar de una vez y por siempre las notificaciones por correos de México/estafeta, que aletargaban los juicios por meses y años?
El amparo es EL mecanismo para tutelar DH en Méx y, entre todos los temas q importan a la ciudadanía, sociedad civil, colectivos de víctimas y grupos marginalizados, se ha elegido… esto: un paquete de ajustes que preocupan a las autoridades y sin trascendencia para las personas.
La especialista Luisa Conesa alerta en el @senadomexicano que limitar el interés jurídico es quitar un elemento fundamental en la democratización de la justicia.
Y difiere de la óptica de Ulrich Richter.
El día de ayer, algunos integrantes de la @SCJN comenzaron a perfilar un cambio de criterio en torno al derecho de consulta a personas con discapacidad. Proponen acotar los supuestos en que las violaciones a este derecho puedan ser estudiadas de oficio por el Pleno, bajo el argumento de "darles un papel más protagónico en la impugnación".
Esta postura es, cuando menos, regresiva, pues impone a las personas con discapacidad la carga de defender por sí mismos un derecho que justamente reconoce las asimetrías que los atraviesan.
La práctica de que la Corte declare violaciones sin esperar a que los colectivos asuman esa carga parte de un principio elemental: sin intervención oficiosa, la desigualdad se reproduce.