Por @marco_olguin ¿ Hacia un Retroceso en el Estado de Derecho? La reforma del 13 de marzo de 2025 supone un retroceso en la protección judicial de los derechos fundamentales, al restringir la posibilidad de suspender normas potencialmente inconstitucionales y eliminar el
Curioso, voy a @SantanderMx a dejar en 0 mi tarjeta y poderla cancelar, una tarjeta que casi nunca uso, pago el total, voy a casa, llamo a cancelar, no me dejan, me dice que tengo 10 pesos en proceso, a los minutos me llega un cargo por $3,800 de CFE, obvio reporte todo, está ya bloqueada pero obvio no puedo cancelarla.
No sé si tuvo algo que ver la chica de la sucursal (fue la única que ha tenido mi tarjeta desde hace semanas) nunca la uso. Pésimo Santander. Si este cargo llega a proceder les voy a pagar su dinero y les voy a hacer muchos tuitazos para que todos se enteren o lo ratas que son (en la sucursal o los sistemas que tienen comprometidos)
Les voy a dejar a 100 pesos el post.
Llevamos 1
PAGO DEL SALARIO “FUERA DE NÓMINA” o “EN DOBLE NÓMINA”
Tesis publicada el viernes 12 de junio de 2026
🚨 Resolución clave en materia laboral 🚨
Un tribunal federal, bajo la ponencia del Magistrado Arturo González Ferreiro, concedió amparo a una trabajadora que alegaba que su empresa le pagaba parte del salario "fuera de nómina".
El criterio principal: el patrón siempre debe probar el salario real pagado, y los pagos ocultos nunca pueden considerarse aceptados por el trabajador.
Tampoco puede pedirse a la trabajadora una prueba irrefutable de que una parte de su salario le era pagada “fuera de nómina”.
Se trata de pagos ocultos que se hacen sin testigos, “sin dejar rastros”.
Bastará que la trabajadora acredite, de forma indiciaria, que la empresa tiene esa práctica.
No puede exigirse, por ejemplo, el testimonio de otro trabajador que hubiera presenciado que una parte del salario del actor le entregada 'en sobre', ya que esto sería prácticamente imposible.
Así, cuando la trabajadora señala en su demanda que la empresa le paga “fuera de nómina” a todos sus empleados (práctica generalizada) bastará que existan “indicios” de esa práctica.
Esos indicios deberán ser valorados conforme al principio de “primacía de la realidad”.
En el caso concreto, la responsable desechó, entre otros, correos electrónicos relacionados con la forma en que la empresa cubría el salario a sus trabajadores.
Este precedente parte de la doctrina jurisprudencial desarrollada en España y Argentina.
Recomiendo ampliamente la lectura de la sentencia.
🚨 ¡YA ES OFICIAL! PUBLICADA EN EL DOF LA REFORMA A LA LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO (LFPCA). 🚨
Hoy, 9 de junio de 2026, el Diario Oficial de la Federación nos trae cambios profundos que transformarán la impartición de justicia en el TFJA. No son ajustes menores; es una reforma integral.
Aquí te van los puntos clave; abro 🧵:
Una pensión no es una dádiva ni una cifra perdida en una nómina pública. Para una persona jubilada es su salario de vida: comida, medicinas, techo, tranquilidad y dignidad. Por eso, reducirla de golpe, sin explicación, sin mandamiento escrito y sin método claro de cálculo, no es un simple “ajuste administrativo”.
La resolución del Tribunal Colegiado en Querétaro es de enorme calado: entendió que la suspensión en amparo no puede llegar tarde cuando está en juego el mínimo vital de una persona adulta mayor. Si el descuento pensionario genera angustia, zozobra e incertidumbre sobre la propia subsistencia, el daño ya no es sólo económico: toca la dignidad.
El debate no debe esconderse detrás de la etiqueta fácil de “pensiones doradas”. La pregunta constitucional es mucho más seria: ¿puede el Estado disminuir una pensión ya reconocida, sin explicar nada y dejando al jubilado cargar con el costo mientras litiga? La respuesta cautelar fue clara: primero se protege la vida digna; después se discute el fondo.
Jueces electos por voto popular renunciando a los nueve meses porque no resistieron la carga, la presión o la complejidad del cargo. El problema no es sólo que se vayan; el problema es que llegaron a decidir vidas, libertades, patrimonios y derechos sin que el sistema garantizara plenamente su idoneidad.
Juzgar no es aprender sobre la marcha. Un error judicial no se corrige con un boletín ni con una disculpa: puede revictimizar, encarcelar, arruinar una familia, retrasar alimentos, destruir un patrimonio o negar justicia a quien más la necesita. La legitimidad democrática no sustituye la preparación, la experiencia ni el temple que exige una función tan delicada.
La justicia no se fortalece llenando juzgados con personas populares, sino con jueces independientes, serios, formados y capaces de resistir presiones. Cuando el voto reemplaza a la carrera judicial y la política sustituye a la técnica, el costo no lo paga el discurso oficial: lo pagan los ciudadanos frente a un expediente.
El presidente de la Corte fue a realizar “una visita” a los juzgados y tribunales de Cuernavaca.
Ese día sí conectaron el aire acondicionado, pero el personal no tuvo oportunidad de comentarle que no hay insumos, agua, ni papel.
Bonita visita.
#IMSS: Carece de facultades materiales para solicitar al contribuyente información y/o documentación. - LINK EN COMENTARIOS - 🆓ACCESO LIBRE
Próximo Taller en #DefensaFiscal a iniciar 20 de mayo 2026
Inscríbete 📲 WhatsApp 229 978 0197
#BarraActualizandome@MilanSilva17
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha generado inconvenientes a miles de contribuyentes, quienes se encuentran imposibilitados para realizar trámites y, lo que es más preocupante, para emitir facturas, lo que a su vez impide la recepción de pagos. Esta situación ha paralizado literalmente a numerosos negocios. ¿Cuál es la causa de esta problemática?
Se ha observado que, al realizar trámites relacionados con sellos digitales, firma electrónica o su renovación en cualquiera de sus modalidades, no es posible descargar el certificado debido a que no se encuentra disponible. En otros casos, el certificado se descarga, pero al intentar utilizarlo, el sistema indica que no puede ser empleado como certificado de seguridad, ya que se trata de un archivo de claves públicas no válido.
Hasta el momento, el SAT no ha emitido ninguna declaración al respecto. Parece que, como de costumbre, para la institución todo funciona correctamente, y la responsabilidad recae en los contribuyentes, pues la solución que ellos mismos proponen es regresar a sus oficinas para renovar la firma electrónica, claro, con cita.
La realidad es que no existen ni existirán jueces imparciales, los seres humanos (todos) tenemos sesgos que limitan la objetividad. Electos, de carrera, por dedazo, de un partido, de otro; es lo que hay, y es con lo que se tiene que trabajar.
El buen abogado saber leer al juez: entender qué le molesta, qué le seduce, qué narrativa le resulta más cómoda, qué marco mental tiene construido.
Es curioso que el gobierno de México exija pruebas para extraditar al narcogobernador Rocha Moya, y que al mismo tiempo la UIF te pueda congelar tus cuentas bancarias bajo cualquier sospecha (sin necesidad de pruebas u orden judicial).
¿No les parece que el nivel argumentativo de la SCJN es dramáticamente bajo, llegando incluso a un punto en el que produce pena ajena? ¿hay algo que podamos hacer para ayudar a evitar tantas pifias?
Me parece muy, muy preocupante.