#AdhesiónAcusación Reciente sentencia en la cual se precisa que se tendrá a la víctima como parte querellante en el proceso penal en dos supuestos: (i) cuando habiéndose querellado en fase preparatoria presente luego acusación particular propia o se adhiera a la acusación fiscal; o, (ii) cuando presente una acusación particular propia en fase Intermedia sin haberse querellado previamente en la fase preparatoria.
#DenunciasFalsas Reciente sentencia en la cual se censura el uso del sistema de justicia de manera injustificada o innecesaria mediante el ejercicio de acciones manifiestamente infundadas.
Si eres un buen abogado y honesto con tu cliente, seguro te cambiarán por un abogado mentiroso y fantoche que no le resolverá nada y cobrará más honorarios que tú.
Un buen abogado no se merece ese tipo de cliente, y ese cliente se merece todos sus problemas por pendejo.
Sentencia N° 000541 del 10/10/2024 Sala de Casación Civil @TSJ_Venezuela Interpretación del artículo 1185 del Código Civil y la figura del abuso de derecho cuando media el ejercicio de denuncia penal
https://t.co/94b6gAqvfC
Sentencia N° 000549 del 17/10/2024 Sala de Casación Civil @TSJ_Venezuela Manera de evacuar la experticia grafotécnica cuando se hace necesaria la práctica de una nueva. La experticia no puede ser omitida sin previa apreciación. https://t.co/7c5ADLXkwS
Cuando cobres honorarios como abogado, toma en cuenta lo que quiere el cliente:
1. Justicia
2. Venganza
3. Justicia + venganza
4. Nada más estar molestando
Porque no se cobra lo mismo.
Acceso carnal abusivo con incapaz de resistir. Aunque la presunta víctima padecía retardo mental leve a moderado y síndrome de Appert, la #SalaPenal de la @CorteSupremaJ absolvió al acusado teniendo en cuenta estudios y jurisprudencia nacional y foránea.
#JurisprudenciaTSJ La Sala de Casación Social reitera que la formalidad de la notificación de los actos administrativos, es esencial para que comiencen a correr los lapsos legales de impugnación #JusticiaVe https://t.co/MIh4i4Zglr
#Juicio Reciente sentencia en la cual se advierte que, al concluirse el juicio sin valorarse todos los medios probatorios promovidos por las partes, se vulnera el principio de contradicción del debate oral, al no permitirse a las partes su derecho a controlar la prueba mediante el interrogatorio dispuesto para tal efecto.
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