ATANDO CABOS! Si hacemos un seguimiento de la llegada de Harvey Colchado a la DIVIAC vemos que él es la cuota de poder de la izquierda liderada por Gorriti que ayudó a PPK a llegar a palacio y el mismo PPK lo confirma,Basombrío del IDL lo asciende y lo pone a dirigir la DIVIAC
Se ponen a opinar bajo subjetividades de la operatividad y normatividad interna de la PNP, el ministro fue claro pero parece que la consigna es clara bajarse a Dina cueste lo que cueste, Colchado y Marita son lo mismo.
Junta Nacional de Justicia
Marita Barreto
Jajjajaja ahora te hacen reglaje con la placaza verde PNP y en la puerta de tu casa ....ay Beto! 🤣🤦♀️ si te quieren hacer reglaje consulta primero como se hace para que no pases verguenza en tu propio programa 🤌!!
Tribunal Constitucional
Tottus
Rafael Lopez Aliaga
Joel Calero (director de la película "La piel más temida") confunde "conflicto armado no internacional", "terrorismo" y "subversión". Pero NO es lo mismo.
1. No es verdad, como dice Calero, que el Derecho Internacional Humanitario defina lo que es terrorismo.
2. Tampoco es cierto que el concepto de conflicto armado no internacional ya incluye el de terrorismo y subversión.
3. El Derecho Internacional Humanitario, el art. 3 común de los Convenios de Ginebra, impone reglas mínimas a las partes del conflicto interno: respeto a la población civil, a los que no intervinen en las hostilidades, incluyendo los militares o policías fuera de combate.
4. La Comisión de la Verdad calificó los crímenes de Sendero Luminoso y el MRTA como violatorios del DIH, del citado art. 3 común, por los atentados contra la población civil y miembros de las fuerzas del orden fuera de combate (Informe Final de la CVR. T VIII. Lima, 2003, pgs. 319ss). Por ende, los miembros de SL y el MRTA cometieron crímenes de guerra.
5. "Subversión" o "subversivo" no tienen una definición jurídica, son de uso político, coloquial, en el sentido de la RAE: rebelbe, revolucionario, agitador, sedicioso. SL y el MRTA fueron/son mucho más que eso.
6. El terrorista violenta diferentes bienes jurídicos personales, colectivos y públicos, pero con un fin especial: "destruir el sistema constitucional", la toma del poder por la fuerza, no mediante las urnas (STC 10-2002-AI de 3.1.2003.
Con todo, SL y el MRTA violaron el DIH, cometieron crímenes de guerra, son "subversivos" en sentido político, pero son, ante todo, terroristas para la ley penal y el Derecho penal internacional vigente.
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