Mexiquense. Carrera Judicial. LLM International Legal Studies NYU. Doctor en Derecho y ferviente defensor de los DESCA.Tomista.Opiniones a título personal.
Con mucha emoción les comparto que hoy se publicó mi obra “La defensa y remediación de los Derechos Sociales”. Agradezco al Ministro Pérez Dayán por el prólogo así como al gran equipo de @Tirantmexico y a @Mariagoer Pueden adquirirla aquí: https://t.co/8IwIkK10fI
El caso es el Amparo Directo 658/2024 del Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa, cuya sentencia pública puede ser consultada aquí: https://t.co/KFF5eiC2th
¿Puede la autoridad administrativa usar Google Maps para motivar sus actos? En el Tribunal Colegiado consideramos que sí, pero bajo ciertas condiciones para cumplir con el principio de legalidad.
Las autoridades negaron un permiso para instalar un Casino 🎰 porque el inmueble se encontraba a menos de 200 metros de una escuela (lo cual está prohibido por ley)
Justamente, en el caso, se consideró que el Tribunal Federal de Justicia Administrativa, debió examinar que el domicilio que proporcionó la persona quejosa y el que se cita en la resolución impugnada tienen diferencias.
Asimismo, la Sala Administrativa debió analizar lo argumentado con relación a
la diferencia en la nomenclatura de la calle que se proporcionó del establecimiento y la que se cita en la resolución impugnada
Tampoco explicó la responsable cómo es que corroboró o comprobó que el domicilio donde se pretende
establecer el establecimiento es el que se cita en la resolución impugnada y sobre todo, cómo lo identificó en la página de google maps, aun cuando existe diferencia en el nombre de la calle y número con el que se proporcionó por la persona moral solicitante.
No me parece un buen ejemplo. Si no se ha actualizado la hipótesis jurídica ni se ha iniciado la etapa del procedimiento, entonces, cómo podríamos hablar de retroactividad? Aquí no se trata de que una excepción a la prohibición de irretroactividad, sino a la inexistencia de la retroactividad misma.
@MiguelCordova92 No veo para qué cuestiones sería irrelevante la base textual. De hecho, ninguna interpretación tendida sentido si no partimos del texto. Saludos
@MiguelCordova92 Porque del informe depende, entre otras cuestiones, si se acepta o niega el acto reclamado. Así como la intervención de otras autoridades.
Lectura de sábado:
“Cada generación recibe como herencia la tarea de dar forma a su propio tiempo: hacer madurar la historia como un lugar donde se proteja la dignidad de cada persona, se promueva la justicia y se haga posible la fraternidad”.
@DonMrMonster Pues hay una obra que justamente lo explica y distingue. La revisión de reformas constitucionales es verdaderamente excepcional. No toda reforma podría ser sujeta de control.