CASO NEGREIRA! La Asociación Española de Árbitros de Fútbol (AESAF) se personan en el procedimiento judicial.
"En este proceso, existe una acusación de corrupción en el estamento arbitral que en absoluto podemos compartir, ya que podemos afirmar, sin ningún género de dudas, que ni un solo compañero a lo largo de su actividad en los terrenos de juego ha tomado decisión deportiva alguna atendiendo a la supuesta influencia que Enríquez pudiera tener en nuestro colectivo", señalaron.
Ya he dicha en diversas ocasiones que NO hay Corrupción Deportiva en el Caso Negreira. La acusación es artificiosa y se basa en "probabilidades" y meras conjeturas.
La redacción del artículo 286 bis 4 es clara y no existe ningún indicio o prueba relacionada con los verbos rectores mencionados en los apartados 1 y 2: 'recibir, solicitar, aceptar, prometer, ofrecer o conceder beneficios o ventajas de cualquier naturaleza, no justificadas, que tengan como finalidad predeterminar o alterar de manera deliberada y fraudulenta el resultado de una prueba, encuentro o competición deportiva de especial relevancia económica o deportiva.
Por tanto, la clave está en: "recibir, solicitar, aceptar, prometer, ofrecer o conceder beneficios o ventajas de cualquier naturaleza" para alterar un resultado. Aunque el delito de corrupción deportiva se considera un delito de mero resultado o de consumación anticipada, en el caso Negreira no existe ni un solo indicio o prueba que sugiera la existencia de un 'iter criminis', ni siquiera un ofrecimiento, una aceptación o una intención de alterar un resultado.
No se pueden confundir los indicios con las sospechas. Para desvirtuar la presunción de inocencia del FC Barcelona, debemos contar con indicios probados y no con meras "probabilidades" de que el hecho haya ocurrido.
Como dice el catedrático Emilio Cortes: "El problema es que se está poniendo la investigación al servicio de su certeza y se preordena la prueba a su sospecha. Además si los pagos produjeron efectos arbitrales en favor del FC Barcelona’ es un curso causal imposible de demostrar. "Todo ello es diabólico desde el punto de vista probatorio"
Digo una vez más que NO se ha podido comprobar ni se podrá comprobar que se haya alterado la competición de fútbol profesional ni el sistema arbitral a través de pagos realizados por el FC Barcelona a José María Enríquez Negreira, con el supuesto objetivo de que este último llevara a cabo acciones que beneficiaran al FC Barcelona en la liga entre los años 2011 y 2014.
La acusación de corrupción deportiva es muy difícil de probar, ya que se necesitaría demostrar que el dinero que el FC Barcelona pagaba era para comprar árbitros o influir en sus decisiones y designaciones. Con la información disponible hasta ahora y desde un punto de vista externo, NO habrá una condena por corrupción deportiva. Sería más viable que se dictara una condena por administración desleal o falsedad documental.
El @AthleticClub no puede impedir que el @FCBarcelona_es pague la cláusula de rescisión de Nico Williams. (Ni en el supuesto de que el FC Barcelona no se encontrara la regla 1:1)
Por mucho que se repita una mentira no se va a convertir en verdad. (pese a quien le pese en la actualidad el @FCBarcelona_es se encuentra en la regla 1:1)
De acuerdo con la información proporcionada por la ‘Cadena SER’, Jon Uriarte, presidente del Athletic Club, y Jon Berasategi, director general del mismo equipo, quieren impedir el pago de la cláusula, mientras el FC Barcelona no cumpla con la normativa 1:1. En Bilbao, consideran equivocadamente que el Barcelona no cumple con los requisitos para operar en el mercado usando la regla 1:1.
He explicado muchas veces, con argumentos jurídicos, que la opinión del último auditor no debe hacer que el Barcelona salga de la regla del 1:1. En enero, tanto Javier Tebas como La Liga aceptaron la entrada de 100 millones de euros por la venta del 5% de la explotación de los asientos VIP, con una garantía adicional de 40 millones. Hasta ahora, no existe ninguna resolución oficial que indique que el club haya incumplido esta regla, más allá de un comunicado de La Liga, que no es una resolución formal ni una prueba concreta de incumplimiento.
El pago de las cláusulas de rescisión en contratos de futbolistas profesionales con vigencia contractual activa se encuentra regulado por el Reglamento sobre el Estatuto y la Transferencia de Jugadores de la FIFA, así como por la normativa vigente de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF).
Debe precisarse que esta rescisión contractual no conlleva, per se, la inscripción del futbolista en la liga correspondiente —en este caso, LaLiga— ni modifica, en su sustancia, la voluntariedad del jugador para cambiar de club. Por tanto, el Athletic Club NO puede obstaculizar que el Fútbol Club Barcelona pague la cláusula de rescisión de Nico Williams, aún en el supuesto, que reiteramos no es el caso, de una supuesta vulneración de la Regulación 1:1 de LaLiga por parte del FC Barcelona. La diferencia radica en que, una cosa es el pago de la cláusula y la resolución contractual, y otra, la posterior inscripción del jugador ante la autoridad competente (LaLiga o la propia RFEF).
De acuerdo con la información publicada por la ‘Cadena SER’, se ha señalado que el presidente del Athletic Club, Jon Uriarte, y el director general de la entidad, Jon Berasategi, tienen previsto impedir el pago de la cláusula de Nico Williams, en el supuesto de que el FC Barcelona incumpla la normativa 1:1.
Al respecto señalo que la existencia de dicha normativa y la eventual actuación de la Federación o de la Liga en la supervisión NO impiden la capacidad del FC Barcelona para realizar el pago de la cantidad estipulada en la cláusula, ni afecta a la validez del acto de rescisión contractual en sí.
La inscripción posterior de Nico Williams en el FC Barcelona responde a un acto formal que no constituye impedimento legal insuperable para la efectiva ejecución de la rescisión y el pago de la cláusula por parte del FC Barcelona.
Además, el FC Barcelona cuenta actualmente con liquidez suficiente para satisfacer la cuantía de la cláusula y mantiene su posición en concordancia con la Regla 1:1, por lo que carece de obstáculos para proceder a la inscripción del futbolista.
En síntesis, cabe distinguir claramente entre la ejecución de la rescisión contractual y el pago de la cláusula --que son acciones independientes pero complementarias-- y la inscripción del jugador en el @FCBarcelona_es, que se realiza posteriormente y no representa un obstáculo insuperable para que el Barca pague la cláusula de Nico Williams.
#UnDíaComoHoy de 1906 nació Pedro Linares López, artesano mexicano que fue creador de los alebrijes. Estos seres fantásticos de cartonería son una de las expresiones de la cultura popular mexicana más conocidas en el mundo.
¿Alguna vez has hecho uno? 🇲🇽
@pedroferriz3@lopezobrador_ Este se grabó, pero pasan a diario y en todos los sexenios tristemente. Ten dignidad y no seas oportunista con el dolor de una familia por su hijo. No demuestres ser más basura de lo que ya has demostrado.
@FelipeCalderon Recuerdo que en tu gobierno aquí en la ciudad de México, atacaron el aeropuerto y yo vivía muy cerca. No hables tonterías, todos son iguales.
@ChumelTorres Que asco!! Que oportunista eres! Tomando la desgracia de un niño. Todo por el asqueroso dinero que pierdes, o el rencor contra este gobierno.
@vampipe No publiques a niños tonto. Ya lo sabemos, todos lo saben, siempre ha sido asi. Ya que terminen las elecciones, porque que asco hagan lo que sea por dinero. Y hablo de todos los desgraciados partidos.
@RicardoBSalinas Que asco! Que publiques estás cosas, eso lo sabemos, siempre ha sido asi. Todo por tu estupido dinero son capaces de publicar hasta niños.