@moni_calles@INEMexico@FGRMexico Mire a mi lo que verdaderamente me preocupa es usted y su integridad, cuando alguien se atreve a evidenciar al estado mexicano, comúnmente este hace desapariciones forzadas ,como el caso Radilla Pacheco ; el caso Digna Ochoa,etc, cualquier cosa que usted necesite cuente conmigo .
En la Ciudad de México te pueden quitar tu casa en veinte minutos. No es exageración: van casi 2,000 despojos en lo que va de 2026 y 29 mil carpetas en siete años. Bandas que entran, cambian chapas, sacan un contrato falso… y la policía se retira con un “esto es civil, arréglense”.
Pues no. Es un delito, y de los graves. Aquí la clase completa, porque conocer la ley es la primera defensa del patrimonio:
🔴 El DESPOJO es ocupar un inmueble ajeno, o impedirte usarlo; con violencia, engaño, a escondidas o con papeles simulados. Pena: 6 a 11 años, hasta 22 con agravantes. Y ojo: la ley protege la posesión, no la propiedad. Es decir, protege a quien vive o usa el inmueble de hecho. Por eso hasta el dueño comete despojo si saca a su inquilino a la mala.
🟠 El ALLANAMIENTO DE MORADA es otra cosa, y conviene no confundirlos. Allanamiento es que alguien se meta sin permiso a la casa donde vives: a esconderse, a pasar la noche, a intimidarte. Invade tu espacio, pero no pretende quedarse con el inmueble. Por eso su pena es baja: meses, no años.
El despojo es otra dimensión: entran para quedarse, para arrebatarte la posesión. ¿Y cómo se distingue? Por los hechos: si cambian cerraduras, meten muebles, se instalan a vivir y presumen un “contrato” que nadie había visto, eso ya no es allanamiento, es despojo. Importa muchísimo, porque a veces el MP clasifica como allanamiento (delito menor) lo que en realidad es despojo (delito grave). Si te pasa, exige la reclasificación.
🟡 LA TRAMPA PROCESAL. En casi todos los delitos, intentarlo y fallar también se castiga: se llama tentativa. El que dispara y falla responde por tentativa de homicidio. Pero con el despojo hay un hueco: el delito se consuma en el instante mismo en que ocupan el inmueble. No existe un “antes” que se pueda castigar: o ya ocuparon (despojo consumado) o todavía no (y entonces no hay tentativa que perseguir).
¿Qué significa en la práctica? Que si los detienen forzando la puerta, sin haber entrado todavía, no se les puede acusar de intentar el despojo. Solo responden por el daño: la chapa rota. Pagan la cerradura, firman un acuerdo reparatorio y quedan libres. Literal: te reparan la chapa y te dejan la amenaza parada en la puerta. Por eso intentar un despojo sale casi gratis. Y por eso lo intentan una y otra vez.
🟢 La ventana de oro: la flagrancia. Durante la invasión la policía SÍ puede y debe detener. Al teléfono 911, palabras exactas: “despojo con violencia en flagrancia, artículo 237”. Te recomiendo grabar de lejos, junta testigos, no confrontes. Y desde la reforma de 2025 el delito se sigue cometiendo mientras dure la ocupación: la ventana ya no se cierra a las dos horas.
🔵 Qué denunciar: el despojo y todos sus satélites, daño, falsificación de documentos, fraude procesal, suplantación de identidad, Cada papel falso es otra carpeta contra la red. Y pide por escrito al MP, la restitución provisional del inmueble: es derecho constitucional, no favor.
🟣 Lo que nunca: justicia por propia mano. Si revientas la chapa para volver a entrar, el imputado eres tú. La ley penal protege al que posee, aunque posea mal. Contraintuitivo, pero así es.
El Congreso ya subió las penas hasta 22 años. Lo que sigue sin existir es un protocolo policial para atender un despojo en curso. Mientras el Estado improvisa, tu mejor defensa es la información. Comparte esto: a alguien le puede salvar el patrimonio.
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@Lupita_Ortiz_B No siempre tiene que ser verbalizado, también los pensamientos tienen poder, es decir no siempre se debe expresar o externar verbalmente, la mente, el pensamiento tienen el mismo o mayor poder....
@Liev85 Quizá al principio si, es decir cuando recién te independizas como abogado partícular, se tienen poco clientes y mucho tiempo muerto... Asimismo considero que ya son afortunados quienes tienen muchos clientes y tienen diversos asuntos, audiencias programadas, etc....
@Krdona_Fer Woooooww, lo más difícil de ser independiente es captar clientes, convencerlos de qué uno como abogado les lleve su asunto (porque hay miles de abogados) y hacer qué en verdad te paguen $ ; aunque algunos tienen conectes, amigos o incluso hasta suerte...
El abogado litigante/postulante requiere:
- Del mayor ingenio
- Pensar con lógica
- Claridad en la percepción
- Infinita paciencia y autocontrol
- Intuición
- Dominio de la materia
- Extrema prudencia
- Instinto para descubrir el punto débil del testigo
- lealtad consigo mismo.
- Comunicación.
Wellman
(entre otras)
Wellmans
En 1985, mi padre, José Mario de la Garza Mendizábal tomó la decisión menos cómoda y más valiente: dejar la capital, y moverse a San Luis Potosí. Con una secretaria y un mensajero, levantó un despacho que hoy es escuela. Su brújula fue clara: “lo que no se ha informado al cliente es porque no se ha hecho” y litigar siempre en buena lid.
Desde esa oficina mínima, construyó un bufete que hoy es referente nacional: con más de 50 colaboradores, áreas que van del corporativo al penal, del ambiental al laboral, del compliance al urbano y clientes que son gigantes industriales. Apostó por formar a sus socios desde la cantera, apoyando posgrados y creando una cultura de excelencia y pertenencia.
A sus 83 años, sigue ahí, todos los días, recordándonos que ser abogado es con pasión. Su legado no es solo ganar casos: es honrar la confianza pública. Si la abogacía quiere futuro, que adopte esta regla simple y brutalmente exigente: transparencia, buena lid y servicio. El resto es vanidad.
@Angela_FriasA Siempre he admirado su claridad para explicar diversos temas penales. Los delitos en materia fiscal son un cruce entre derecho penal y tributario, además de un reto constante para quienes litigamos. Un análisis suyo sería un gran aporte académico y práctico...
El Abogado puede quedarse despierto hasta las 2 am preparando la defensa, levantarse a las 6 am, estar sin dinero, endeudado, aún así tener los nervios de acero para acudir a los Tribunales y la mentalidad que todo saldrá bien. A eso se le llama ser un LITIGANTE! 🧑⚖️
#ComunicadoSAT
El SAT informa que, a partir del 1 de agosto, la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT) debe presentarse únicamente a través de la nueva plataforma digital, disponible en: https://t.co/L1rIYsMBHn.
La plataforma permite la carga masiva de información, la generación automática de acuses y la captura manual de hasta 30 registros. También está habilitada para declaraciones correspondientes al ejercicio 2025 y para presentaciones extemporáneas de ejercicios anteriores.
Con estas acciones, el SAT continúa implementando mecanismos accesibles y de uso simplificado para facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales.
Conoce los tres documentos que el SAT ofrece para consultar tus datos fiscales de forma rápida, segura y gratuita.
Recuerda que no es necesario presentar ningún documento para solicitar una factura, cuida tus datos.
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