De los párrafos 155 a 159 de la declaración jurisdiccional de error inexcusable contra tres jueces provinciales, dos Jueces de la Sala de lo Penal de la Corte Nacional envían los siguientes mensajes a los jueces que conocen y resuelven sobre pedidos de prisión preventiva diariamente:
Si haces control jurisdiccional sobre los numerales 1 y 2 del artículo 534 del COIP, cometes error inexcusable; entonces, no lo hagas.
El estándar para formular cargos (elementos de convicción suficientes a criterio del fiscal) es el mismo estándar para ordenar prisión preventiva.
El “juicio de tipicidad” solo se puede hacer en la etapa de juicio, hacerlo antes es error inexcusable.
Sobre los derechos del procesado prevalece la titularidad del ejercicio de la acción penal de Fiscalía, entendida como un absoluto, que no se puede controlar ni mucho menos limitar.
El mensaje de fondo es más claro todavía: Se ha degradado la función de control de garantías del Juez. Retroceden los límites al poder punitivo y por ende, retrocede el Estado de Derecho.
Rescato y destaco el voto salvado del Dr. Javier de la Cadena.
Lo dije hace un tiempo @VeronicaLHM , a este ritmo no alcanzarán las fotos para poder subir todos los casos en los que no procede la acción de protección.
Vamos a estar hablando de estos temas en Manabí, te invito a que te sumes Vero y una vez más felicitaciones por tu trabajo es de gran ayuda.
La @CorteConstEcu aprobó la sentencia 6-17-IN/25, 4 de diciembre de 2025, en la que expresamente dice que no puede modificarse la prohibición constitucional para que las parejas del mismo sexo puedan adoptar, parece muy extraño que dos meses después vaya aprobar lo contrario
Hoy en la @CorteConstEcu hay audiencia de sustanciación sobre una demanda de inconstitucionalidad que busca introducir, contra norma constitucional expresa, la adopción de niños para parejas homosexuales (caso 109-21-IN). Hay que estar atentos a que la Corte defienda la Constitución y no agendas. Ya lo hicieron con el matrimonio igualitario, hoy van por los niños, pese a que la Constitución indica que la adopción corresponde SOLO a parejas heterosexuales (art. 68 CE).
La nueva ministra de Educación, @GildaAlcivarOk , señaló en una entrevista con @CarlosVerareal que se encuentra analizando la derogatoria del llamado “Protocolo de Infancia Transexual”, emitido por su predecesora pocos días antes de ser destituida del cargo.
La Ministra reconoció que dicho protocolo excedía lo dispuesto por la Corte Constitucional, incurriendo en interpretaciones ideológicas que no correspondían al mandato judicial.
Este documento imponía el adoctrinamiento de niños y adolescentes en ideología de género, desplazaba la autoridad de los padres de familia, permitía el uso de baños según autopercepción de género y abría la puerta al cambio de nombre social de los estudiantes, vulnerando principios básicos de seguridad jurídica y protección integral de la niñez.
Desde FIRMES, saludamos esta primera señal de sensatez institucional y esperamos que la Ministra Alcívar proceda con la pronta derogatoria del protocolo, para avanzar en los verdaderos desafíos del sistema educativo ecuatoriano, con respeto a la familia, la niñez y el Estado de Derecho.
FIRMES POR ECUADOR 🇪🇨