Abogada/Sector Salud y Laboral - Esp. en Derecho Laboral y SS - Abogada esp. de @fiduciariacentral PPL - Directora adm @colderechomedico - Aliada de Bgoez C.
Últimamente he revisado quejas que, a todas luces, parecen redactadas por IA: citan sentencias que no existen o normas mal referenciadas. Abogados, la IA es una herramienta, no una reemplazo del criterio jurídico. No la usen sin verificar.
RECURSO DE REVISIÓN. HABERSE ENCONTRADO DESPUÉS DE PRONUNCIADA LA SENTENCIA DOCUMENTOS QUE HABRÍAN VARIADO LA DECISIÓN (NUMERAL 1º DEL ARTÍCULO 355 DEL CGP). REQUISITOS. CSJ (SC1556-2025): Cuando se invoca como causal de revisión el hallazgo posterior de documentos (numeral 1º del artículo 355 del CGP), se exige cumplir rigurosamente tres condiciones acumulativas:
i. Preexistencia del documento: La prueba documental debe haber existido desde antes del fallo, es decir, al menos desde el cierre del período probatorio. No se admite como causal el surgimiento de documentos posteriores, ni aquellos que no representen una novedad real respecto al material probatorio previamente recaudado.
ii. Decisividad del documento: Debe tratarse de una prueba con tal poder de convicción que, si hubiera sido conocida y valorada por el juez, habría producido una decisión sustancialmente distinta. El documento debe tener un impacto probatorio contundente y determinante, más allá de lo ya considerado en el proceso.
iii. Imposibilidad justificada de aportarlo: El recurrente debe probar que no pudo presentar la prueba a tiempo por razones de fuerza mayor, caso fortuito o maniobras de la contraparte. No basta con alegar desconocimiento o descuido: la carga de la justificación recae enteramente en quien promueve el recurso —⬇️⬇️—
Vean esta foto del metro elevado de Bogotá, y ahora imaginen que son ustedes o sus familiares quienes viven en estas casas.
No me cansaré de decirlo: esta obra es un crimen urbanístico, social y económico, pero como pasa por zonas pobres, a nadie le importa.
Qué horror.
⚖️ Sentencia del Tribunal de Medellín (Radicado 05001310301420210004202) confirma que la responsabilidad médica debe probarse con evidencia y peritos idóneos. Se ratifica la absolución por falta de pruebas claras de negligencia. #Derecho#ResponsabilidadMédica
⚖️ Fallo clave del Consejo de Estado sobre reubicación laboral!
El INPEC es declarado responsable por no reubicar a un empleado con problemas de salud. La sentencia destaca la importancia de proteger a los empleados en sus condiciones de salud. Se ordena indemnización.