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Una guía práctica y 100% gratuita para que personas físicas, MiPyMEs y empresas fortalezcan su cumplimiento fiscal, prevengan riesgos y eviten multas, inmovilizaciones de cuentas o problemas con el SAT.
✅ RFC y régimen fiscal correcto.
✅ Buzón Tributario y e.firma.
✅ Situación fiscal, contingencias comunes y más.
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ME CONOCES!?
Con el corazón en la mano pedimos a todos ayudar a difundir estas credenciales que fueron encontradas en un campo por las madres buscadoras.
Algunas vencieron hace ya algunos años pero otras tienen fecha de este año..
Miren sus rostros..
Para algunas madres que han perdido a sus hijos.. estas identificaciones serán TODO lo que encontrarán ya que en el lugar se encontraron f0s4s con rest0s completamente calcinados..
Sabemos que f!sc4l!4 muchas veces NO ENTREGA PERTENENCIAS..
Así que esta es la manera de avisarle a las familias que ENCONTRAMOS A LOS SUYOS..
La Fiscalía del Estado de México informó que ejercitó acción penal en contra de seis personas, por el delito se simulación de secuestro, en el que habría participado la alcaldesa de Tenancingo, Nancy Nápoles Pacheco, quien el pasado 1 de junio denunció haber sido privada de su libertad.
La indagatoria realizada por el Ministerio Público pudo establecer que todo se trató de una simulación para poder obtener un rescate de 40 millones de pesos que saldrían del erario, y que servirían para tapar un desfalco en el ayuntamiento.
Lee la nota: https://t.co/DckI9mAr41
Terrible que 17 bebés murieron por fórmulas contaminadas y el ISSSTEP les siguió pagando millones ⚠️
Productos Hospitalarios (SAFE) fue contratado 3 veces sin competencia tras el escándalo. Total pagado: hasta 6.5 mdp. Es filial de Laboratorios PISA.
Más información en https://t.co/0dde8rMv41
#Puebla #Salud #econsulta #ISSSTEP #SAFE
🗳️🔖¿YA VIERON HOY EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN?
¡Ya vieron todos los temas relevantes que publica hoy el DOF!
-Decreto expropiatorio perteneciente al Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec;
-Convenio para otorgar subsidio a entidades para las Comisiones Locales para búsquedas de personas
-Oficio mediante el cual se otorga autorización a Aseguradora Consolidación Patrimonial, S.A. de C.V., para organizarse, operar y funcionar como institución de seguros.
Échenle ojo al DOF👇
PAGO DEL SALARIO “FUERA DE NÓMINA” o “EN DOBLE NÓMINA”
Tesis publicada el viernes 12 de junio de 2026
🚨 Resolución clave en materia laboral 🚨
Un tribunal federal, bajo la ponencia del Magistrado Arturo González Ferreiro, concedió amparo a una trabajadora que alegaba que su empresa le pagaba parte del salario "fuera de nómina".
El criterio principal: el patrón siempre debe probar el salario real pagado, y los pagos ocultos nunca pueden considerarse aceptados por el trabajador.
Tampoco puede pedirse a la trabajadora una prueba irrefutable de que una parte de su salario le era pagada “fuera de nómina”.
Se trata de pagos ocultos que se hacen sin testigos, “sin dejar rastros”.
Bastará que la trabajadora acredite, de forma indiciaria, que la empresa tiene esa práctica.
No puede exigirse, por ejemplo, el testimonio de otro trabajador que hubiera presenciado que una parte del salario del actor le entregada 'en sobre', ya que esto sería prácticamente imposible.
Así, cuando la trabajadora señala en su demanda que la empresa le paga “fuera de nómina” a todos sus empleados (práctica generalizada) bastará que existan “indicios” de esa práctica.
Esos indicios deberán ser valorados conforme al principio de “primacía de la realidad”.
En el caso concreto, la responsable desechó, entre otros, correos electrónicos relacionados con la forma en que la empresa cubría el salario a sus trabajadores.
Este precedente parte de la doctrina jurisprudencial desarrollada en España y Argentina.
Recomiendo ampliamente la lectura de la sentencia.
⚖️ Lección fiscal del día: más de 5 millones de pesos en créditos fiscales declarados nulos por un vicio en la fundamentación competencial.
El Servicio de Administración Tributaria de Baja California emitió oficios de observaciones sin citar el segundo párrafo de la Cláusula Novena del Convenio de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal Federal. Ese convenio es el único título que habilita a la autoridad estatal para ejercer facultades fiscales federales.
La Segunda Sala Regional en Baja California del Tribunal Federal de Justicia Administrativa aplicó el artículo 16 constitucional y el artículo 38, fracción IV del Código Fiscal de la Federación: sin competencia correctamente fundada, no hay acto válido.
Resultado: nulidad de las liquidaciones por Impuesto sobre la Renta, multas y recargos.
Cuando una autoridad estatal actúa en materia fiscal federal, cada oficio debe citar con precisión el convenio que la habilita.
Expediente 2631/25-01-02-5. Segunda Sala Regional en Baja California.
#DerechoFiscal #TFJA #NulidadFiscal #CompetenciaFiscal #ConvenioDeColaboracion #Articulo16 #DefensaFiscal #AuditoriaFiscal
Oye, @Telcel , ¿por qué vinculaste mi línea sin mi consentimiento? No has aclarado las vulneraciones ni nos has dicho las medidas de seguridad que tienes.
Acudí personalmente a una sucursal de Telcel en Zacatecas y el asesor me informó que mi línea ya se encuentra vinculada. Quiero dejar constancia de que yo no autoricé ni consentí dicha vinculación.
Solicité una aclaración y desvincular hasta que nos den seguridad. Esto están haciendo en @ServicioTelcel para cumplir las metas de @CRTGobMX pero sin darnos cuenta y sin explicación alguna sobre la protección de nuestros #DatosPersonales
🚔💥 La @FiscaliaPuebla detuvo a “Los Abasolos”, una banda dedicada al narcomenudeo en Puebla.
En un operativo conjunto con la @Defensamx1, la @GN_MEXICO_ y la @SSPGobPue, fueron aprehendidos 10 sujetos, informó la dependencia mediante un comunicado. ⚠️🚨
#Puebla#FGE #Narcomenudeo #Seguridad #Operativo
En operativo interinstitucional, asesta @FiscaliaPuebla segundo gol*pe a la ban*da “Los Abasolos”; suman 16 detenidos
#enterate
https://t.co/hgFj1Typn6
Una pensión no es una dádiva ni una cifra perdida en una nómina pública. Para una persona jubilada es su salario de vida: comida, medicinas, techo, tranquilidad y dignidad. Por eso, reducirla de golpe, sin explicación, sin mandamiento escrito y sin método claro de cálculo, no es un simple “ajuste administrativo”.
La resolución del Tribunal Colegiado en Querétaro es de enorme calado: entendió que la suspensión en amparo no puede llegar tarde cuando está en juego el mínimo vital de una persona adulta mayor. Si el descuento pensionario genera angustia, zozobra e incertidumbre sobre la propia subsistencia, el daño ya no es sólo económico: toca la dignidad.
El debate no debe esconderse detrás de la etiqueta fácil de “pensiones doradas”. La pregunta constitucional es mucho más seria: ¿puede el Estado disminuir una pensión ya reconocida, sin explicar nada y dejando al jubilado cargar con el costo mientras litiga? La respuesta cautelar fue clara: primero se protege la vida digna; después se discute el fondo.
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¿EL REPRESENTANTE LEGAL DE UNA EMPRESA SIEMPRE DEBE SER EL RESPONSABLE EN DELITOS FISCALES?
En materia de delitos fiscales donde se ve involucrada una empresa, es común que la imputación se pretenda hacer siempre al representante legal “en automático” y sin mayores argumentos que el solo hecho de ser -en efecto- el representante legal.
La duda siempre ha sido ¿y de hacer exactamente qué se le acusa? Porque en materia penal, el principio de culpabilidad impone el deber a la fiscalía de establecer concretamente la imputación a título de autoría, participación, etc.
Hoy, con este criterio de la SCJN (sí, esa que tanto se critica actualmente), queda más que claro algo que siempre he sostenido: en materia de delitos fiscales no hay responsabilidades “en automático” ni puede tampoco advertirse de meras presunciones legales, pues se debe establecer claramente a título de qué se atribuyen los hechos delictivos.
Enhorabuena. Ya le tocaba algo al ejercicio de la defensa penal en delitos fiscales.
La Fiscalía Especializada en Materia de Delincuencia Organizada ejercitó acción penal en contra de Mauro Rivera Cruz, líder transportista de Cuautla, por estar relacionado con el grupo de ex funcionarios de esa entidad y con miembros del Cártel de Sinaloa. https://t.co/h1HDze8vkz
Una mujer fue condenada por violencia familiar agravada contra su hijo menor. La sentencia fue confirmada. Pero al llegar al amparo, el Tribunal Colegiado detectó una omisión decisiva: nadie había investigado técnicamente si el dicho del niño pudo estar influido por manipulación parental.
La tesis es trascendente porque obliga al juez penal a no quedarse en la superficie. Si hay una alegación seria de alienación o manipulación parental, debe ordenar de oficio periciales psicológicas y demás pruebas necesarias. En delitos familiares, el testimonio infantil importa muchísimo, pero precisamente por eso debe valorarse con perspectiva de infancia, de género y con rigor probatorio.
La justicia penal no puede ser rehén de narrativas incompletas. Ni todo señalamiento infantil es manipulación. Ni toda invocación de alienación parental es defensa legítima. La tarea del juez es más difícil: descubrir la verdad sin, sin estereotipos y sin condenar en la oscuridad.
Aquí puedes consultar la tesis que generó este caso: https://t.co/iz94lJcXWy
Hay algo profundamente inquietante en imaginar que un expediente judicial federal pueda terminar consultándose por WhatsApp. Detrás de cada número de expediente hay personas reales: una madre peleando la custodia de sus hijos, alguien acusado penalmente, una víctima esperando justicia, una empresa enfrentando un litigio, una familia defendiendo su patrimonio. Por eso el SISE nunca fue pensado como una mercancía. Fue creado para resguardar y administrar la vida jurídica de miles de personas.
Si alguien dentro del Poder Judicial está usando credenciales institucionales para vender consultas, el problema no es tecnológico: es moral, institucional y constitucional. Porque en ese momento el expediente deja de estar protegido por la ley y empieza a depender del dinero, de los contactos o de quién puede pagar información privilegiada. Y entonces se rompe todo: la igualdad entre las partes, la confianza en los tribunales y la idea misma de justicia.
La justicia puede sobrevivir a errores. Lo que no puede sobrevivir es a la sospecha de que sus expedientes circulan en un mercado negro digital. Un Poder Judicial no se destruye solamente cuando presionan a sus jueces; también se destruye cuando alguien convierte una clave institucional en negocio privado. Y si eso está pasando, el país entero debería estar alarmado.
https://t.co/nEHttWEhfW
Cuando un juicio laboral termina en la Junta, todavía puede venir el amparo. Pero aquí estaba el problema: muchas Juntas han desaparecido o cambiado de funciones por la reforma laboral. Entonces algunos tribunales empezaron a decir: “esto ya no me toca”, “mándalo a otro lado”, “que lo vea la autoridad sustituta”. Resultado: expedientes rebotando y justicia atorada.
La @SCJN puso una regla sencilla: si la Junta que dictó el laudo estaba en cierto lugar, el Tribunal Colegiado de ese lugar debe resolver el amparo. Aunque después esa Junta haya sido cerrada, movida o sustituida. ¿Por qué? Porque el trabajador, la empresa o cualquier parte del juicio no tiene por qué pagar el desorden administrativo del Estado.
Esto importa muchísimo: no se trata de favorecer a trabajadores o patrones, sino de dar certeza. Si cada reforma, mudanza o desaparición de oficinas cambia el tribunal que debe resolver, la justicia se vuelve un laberinto. La Corte dijo algo elemental: el Estado puede reorganizarse, pero no puede moverle el piso a quien ya está peleando un derecho.
https://t.co/CQqe4I3bVy
Despiertas, revisas tu cuenta bancaria y falta dinero. No fuiste tú. No autorizaste nada. No le diste clic a ninguna transferencia. Vas al banco y, en vez de darte una respuesta clara, te empujan al vía crucis: “demándenos, pero también hay que llamar al que recibió el dinero”. Traducción: convierte tu reclamo en un laberinto procesal.
La nueva jurisprudencia de la @SCJN, corta esa maniobra. Si demandas la nulidad de transferencias electrónicas no reconocidas, el pleito principal no es contra la persona que recibió el dinero, sino contra el banco que permitió que saliera de tu cuenta. La pregunta jurídica no es “¿quién terminó con el dinero?”, sino algo mucho más serio: ¿puede el banco demostrar que esa operación fue auténtica, segura, autorizada y ejecutada conforme a sus propios controles?
Esta tesis es de gran trascendencia, porque cambia el centro del debate: el usuario no tiene que investigar redes de fraude, cuentas destino o posibles “mulas” bancarias. Quien controla la tecnología, las claves, los registros, las alertas y la infraestructura es el banco. En tiempos de fraude digital, la justicia no puede tratar al cliente como sospechoso por reclamar su propio dinero. La banca electrónica puede ser veloz, pero la responsabilidad jurídica también debe serlo.
Aquí puedes consultar la tesis que generó este caso: https://t.co/kBQX0adsrL
La evidencia del desechamiento de las demandas de Amparo en contra de los #Pensionados generados de forma indebida deberán ser sancionados por el tribunal Disciplinario.
Violenta la certeza jurídica en el país y deja sin acceso a la justicia a los adultos mayores.