Final olímpica.
Parque de los Príncipes.
Olise como estrella gala.
𝑭𝒓𝒂𝒏𝒄𝒊𝒂-𝑬𝒔𝒑𝒂𝒏̃𝒂.
❤️🔥🇪🇸 Y el oro llegó en Camello: recordamos los mejores momentos de aquella final entre Francia y España a unas horas del Francia-España de las semifinales del Mundial
☕️ Para el turno de domingo... Doble tiro de Hacienda: el Supremo pone límites y un tribunal pide suprimirlo
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🎯 Recientes resoluciones del Tribunal Supremo y del TSJ de Canarias dan muchos argumentos a los que quieran oponerse al "doble tiro" de Hacienda.
Seguimos con la serie #10TipsDeJueces especial “desmintiendo y corrigiendo informaciones sesgadas”. El #2 va dedicado a Beatriz Biedma. La historia de un acoso brutal que está siendo investigado y que puede ser parte de uno de los casos más graves conocidos. Hilo 🧵 va 👇🏻
EL VALOR DE REFERENCIA DEL CATASTRO, ES UN DESASTRE, también para el cálculo de PLUSVALÍAS MUNICIPALES 🤷🏻
Según Consulta de Tributos V0792-26, de 9/4/2026, los Ayuntamientos pueden “comprobar” el precio de venta de un inmueble tomando su Valor de Referencia si es superior, para rechazar la “pérdida” o inexistencia de incremento de valor, y así exigir Plusvalía 😡
Ya avisé que ello ocurriría en el Manual de Uso y Abuso del Valor de Referencia que publiqué en enero 2022:
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¿Está el Real Madrid en quiebra, como dice Riquelme, o bate récords? El derbi financiero con el Barça, con las cuentas auditadas en la mano.
Seguimos con el entrenamiento financiero. Creo que te gustará 🤪
https://t.co/HcfQpIvHLe
Muy interesante y muy bien explicado y equilibrado, como es habitual con @elequidistante
El caso BEGOÑA GÓMEZ puede ser -o no, la justicia dirá- un caso penal menor de tráfico de influencias y apropiación indebida de recursos públicos, pero indudablemente es un caso de corrupción indecente muy característico.
Muestra muy bien cómo funciona el fraude de ley sistemático entre instituciones capitales (Gobierno, Universidad Complutense), grandes empresas (Deloitte, Telefónica, Reale Seguros) y otros agentes y encubridores necesarios.
Es la forma habitual de saltarse leyes, controles y normas institucionales mediante nombramientos tramposos (Begoña Gómez “catedrática de universidad” careciendo hasta de una licenciatura, ahí es nada), contratos amañados para empresas amigas, concursos a medida de un único aspirante, gastos injustificados a beneficio de particulares, y escondiendo todo en espesa opacidad burocrática, que da un aspecto de legalidad al fraude: las raíces de la corrupción sistémica.
Todo un ejemplo del fracaso de los controles que obligan a intervenir a la investigación policial y judicial cuando la prensa crítica revela el escándalo.
Hacienda tiene 4 años para reclamarte una deuda. El problema es que ese reloj se puede reiniciar desde cero, y casi nadie sabe cuándo pasa.
Es el efecto Día de la Marmota: crees que llevas tres años y medio esperando a que prescriba, y una sola carta de la AEAT te devuelve al día uno. A contar otra vez.
La regla base es sencilla. El artículo 66 de la Ley General Tributaria da a Hacienda cuatro años para liquidar una deuda.
Y ojo a un detalle que casi nadie tiene en cuenta: el plazo no arranca cuando pagas, sino el día siguiente a que termina el plazo para presentar la declaración (artículo 67 LGT).
En la Renta de un ejercicio, ese plazo acaba el 30 de junio del año siguiente. Si el plazo para presentar tu Renta terminó el 30 de junio de 2022, Hacienda tendría hasta el 30 de junio de 2026 para reclamarte.
Hasta aquí, lo que casi todo el mundo da por hecho.
Lo que no se cuenta: el artículo 68 dice que las actuaciones de Hacienda dirigidas a comprobar o liquidar tu deuda, siempre que te las notifiquen formalmente, interrumpen la prescripción. Y "interrumpir" no significa pausar. Significa que el plazo vuelve a empezar de cero, con cuatro años nuevos por delante.
Pero hay un matiz que protege al contribuyente: no vale cualquier carta. Tiene que ser una actuación real, dirigida a comprobar o regularizar tu situación. Los tribunales no reconocen efecto interruptivo a los trámites vacíos o meramente dilatorios —las llamadas "diligencias argucia"—, precisamente para que Hacienda no pueda reiniciar el reloj a base de papeles sin contenido.
Conviene además no confundir dos relojes distintos. Una cosa es el plazo para que Hacienda liquide la deuda (el que arranca con el art. 67) y otra el plazo para cobrar lo ya liquidado. Una providencia de apremio, por ejemplo, interrumpe el segundo, no el primero. Saber en cuál de los dos estás es la mitad del problema.
Y hay un segundo matiz que mucha gente desconoce: en lo tributario, la prescripción se aplica de oficio. El artículo 69.2 LGT obliga a Hacienda a apreciarla por sí misma, incluso aunque ya hayas pagado, sin que tengas que invocarla. Esto es lo contrario de lo que ocurre en el ámbito civil.
Dicho esto, en la práctica conviene alegarla siempre por escrito. Si no lo haces y te reclaman, te arriesgas a que el órgano no la aprecie y acabes discutiendo fechas en un recurso, teniendo que demostrar que el reloj llegó al final sin reinicios. Y ahí es donde la gente se equivoca de día.
Saber en qué día estás de verdad, contando interrupciones, es la diferencia entre deber dinero y no deber nada.
En el primer comentario te dejo enlace a mi Newsletter dónde cuento cosas como ésta.
La falta de correspondencia entre el pago realizado y el dinero privativo empleado, impide que un bien se inscriba como privativo. La correspondencia debe acreditarse; caso contrario el bien puede inscribirse como privativo por confesión del otro cónyuge. https://t.co/BDZ2844fJp
«No hubo un problema de exceso de renovables», afirmó Pedro Sánchez tras el apagón, recordándome al antiguo aforismo latino «excusatio non petita, accusatio manifesta» (excusa no pedida, acusación manifiesta).
Culpabilizar a las renovables del evento carece de sentido, porque las tecnologías no toman decisiones, no diseñan la planificación eléctrica, no conceden permisos de acceso, ni operan el sistema. La responsabilidad corresponde a quienes deciden qué proporción instala cada tecnología, dónde se concentra, cómo se integra en la red y con qué respaldo, estabilidad y potencia firme se opera el sistema.
Excelente artículo de @paulam_alvarez en @elmundoes sobre una cuestión que desmonta buena parte del relato construido tras el apagón y que resulta coherente con los audios filtrados entre operadores del sistema y productores eléctricos. El texto apunta responsabilidades políticas, regulatorias y empresariales al describir cómo Gobierno y Red Eléctrica permitieron un despliegue fotovoltaico masivo que terminó desbordando la planificación de la red.
Andalucía pasó de 4.782 MW previstos a más de 10.400 MW solares. Castilla-La Mancha y Extremadura también acabaron muy por encima de las hipótesis manejadas. El resultado, según recoge el artículo a partir de datos del propio operador, son flujos Sur-Norte significativamente superiores a los previstos y una estabilidad oscilatoria «más severa que la contemplada originalmente.
Este párrafo es especialmente revelador: «Red Eléctrica es la responsable de otorgar los permisos de acceso y conexión. El Ministerio es el máximo responsable de la política energética y el que fija los objetivos de despliegue de cada tecnología a través del Plan Nacional Integrado de Energía y Clima (PNIEC). Juntos, además, diseñan y actualizan la planificación de la red, que se revisa cada cinco años. Ninguno levantó el pie del acelerador cuando la fotovoltaica desbordó por completo los planes.»
El artículo conecta además esta situación con el apagón del 28 de abril de 2025, cuando quedaron expuestas las dificultades asociadas al control de tensión, frecuencia, oscilaciones e integridad del sistema. Y conviene recordar que aquel día, en la mitad sur peninsular, un reactor de Almaraz estaba parado y el otro operaba al 70 % de potencia, mientras REE no habría previsto suficiente potencia firme y síncrona en esa zona del sistema.
Si la propia Red Eléctrica reconoce crecientes necesidades de estabilidad, inercia, potencia reactiva y amortiguación de oscilaciones, ¿qué lógica tiene que el Gobierno persista simultáneamente en el cierre nuclear?
Las centrales nucleares no solo aportan electricidad baja en carbono y potencia firme. También proporcionan generación síncrona y estabilidad de red. Retirar esa capacidad y sustituirla por centrales de gas natural como pretende el Gobierno, justo cuando aumentan las exigencias técnicas del sistema, no parece precisamente la forma más prudente de afrontar el futuro eléctrico.
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El carguero ruso que se hundió cerca de Murcia en 2024 transportaba "dos reactores nucleares similares a los utilizados por submarinos” y pudo ser torpedeado https://t.co/b89EHYw1PB