El auto de apertura NO cambia la situación jurídica 🙅🏽♂️
👉🏽 La Primera Sala resolvió que el auto de apertura a juicio oral NO implica un cambio de situación jurídica para efectos de improcedencia del amparo cuando se reclaman actos de la etapa intermedia.
Esto significa que siguen siendo impugnables decisiones como nulidades, admisión/exclusión de pruebas o incidentes previos al juicio, aun si ya se dictó el auto de apertura.
Solo la sentencia de responsabilidad penal genera un verdadero cambio de situación jurídica.
‼️ Una mujer a quien le amputaron la extremidad del pie izquierdo demandó al IMSS por daño físico y moral, debido a la falta de consentimiento informado, la dilación en la atención médica 🩺 —con citas cada seis meses— y el inadecuado seguimiento de una enfermedad rara 🔬que le provocó la formación de células cancerígenas gigantes y dolores intensos, que finalmente derivaron en la amputación.
A pesar de ser derechohabiente del Seguro Social, no fue atendida en esa institución 🏥y tuvo que recurrir a un hospital privado en el contexto de la pandemia🦠.
📌 En la sesión del Tribunal, por mayoría de dos votos, le negaron el amparo al concluir que no hubo actividad administrativa irregular. Los argumentos en contra de una magistrada resultan especialmente reveladores sobre la importancia de la valoración de la prueba y el alcance del consentimiento informado.⚕️
⚖️“Las notas unilaterales en el expediente no son suficientes para acreditar que la paciente comprendió su estado de salud, su pronóstico y las posibilidades de atención”, señaló durante la sesión la magistrada del Primer Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Primera Región.
📍Aquí ⬇️ fragmentos ▶️de las intervenciones del magistrado ponente y de la magistrada disidente.
🔗En esta liga pueden escuchar la sesión completa del Tribunal👨🏻⚖️ 👩🏻🎓Notiene desperdicio:
👉 https://t.co/AapDxDn9xD
El caso de la familia sonorense expropiada desde 2016 es la prueba definitiva de la INEXPERIENCIA y FALTA DE MÉRITOS de la nueva #SCJN.
La ministra @LeniaBatres (cuya designación carece de solidez jurídica) presenta un proyecto de sentencia que es un manual de lo que NO se debe hacer: reconoce que el avalúo está desactualizado, pero NO ordena el pago inmediato con lo que existe (avalúo anterior desactualizado) y TAMPOCO ordena hacer uno nuevo pronto y expedito.
Bien pudieron pagar de inmediato una parte con el avalúo anterior y dejar los derechos de los afectados a salvo, para cobrar el diferencial cuando llegue el avalúo nuevo, el cual debe de ser
ejecutado a la brevedad, sin pretextos de que no hay dinero...
Esta ambigüedad no es inocente...
¿Es simple incompetencia o una "chicana" para ocultar que el gobierno no tiene dinero para pagar?
¿O peor aún es un ejemplo de lo que sigue y nos puede suceder a todos los ciudadanos?
El resultado es el mismo: una familia mexicana es abandonada por la justicia después de 8 años de litigio.
La Corte prioriza tecnicismos sobre las personas, sí, esas personas a las que dice defender...
Esta inexperiencia judicial es un PELIGRO para todos los ciudadanos. #CorteDeLosAcordeones #JusticiaInexperta
#SCJNdeLa4t
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