😭🇵🇾 ¡Piel de gallina!
👉🏼 Desde San Juan Bautista, Misiones, cinco jóvenes dieron vida a una emotiva interpretación a capela del Himno Nacional Paraguayo en la antesala de un nuevo partido de la Albirroja.
👉🏼 Bajo el nombre de Musas, las artistas lograron recrear con sus voces la esencia de una orquesta, en una versión cargada de sentimiento, orgullo y patriotismo.
#Comunidad1080 📻
#ComunidadMonumental
Lo de Chipi me parece una exageración de lFIFA. Estuvo mal, se calentó y se pasó de la raya (me pasó mil veces), pero reconoció el error y pidió disculpas. Sacarlo de toda la cobertura del mundial es una injusticia, es desconocer sus años como excelente profesional
@ChipiVera89 Querido Chipi Vera mi solidaridad contigo,eres un gran profesional,No debes pedir disculpas a la FIFA porque junto a la Corrupbol están matando el fútbol,son los peores corruptos del fútbol,que avalan reglas amaneradas que desnaturalizan el fútbol.Fuerza campeón 💪🇵🇾
All the Türkiye disappointment aside.
Respect to Paraguay.
Every single player.
As a Turkish football fan, genuinely, respect from the bottom of my heart.
I don’t know when was the last time I saw a team fight for the badge, for each other and for their country the way Paraguay did tonight.
Even after going down to 10 men for such a long period, they never stopped competing.
Never stopped believing.
You could see what wearing that shirt meant to them.
Massive respect. Really.
🚨🗣️ Zlatan Ibrahimović Reacts to the World Cup Drama between Turkey and Paraguay:
On the new "Vinícius Law" and Miguel Almirón's red card:
🗣️ "They are calling it the 'Vinícius Law', sending players to the dressing room just for putting a shirt over their mouth during an argument. When Zlatan played, defenders covered their mouths because they were terrified I would eat them alive! Now, the referees and IFAB are trying to police words they cannot even hear. If an opponent provokes you, you do not need an official in an office in Canada to protect you with a new rule. You put the ball in the top corner and make them quiet. That is the real punishment."
On Paraguay's heroic 10-man performance:
🗣️ "Everyone is crying about the referee and the monitor, but they are completely missing the real miracle. Paraguay loses Miguel Almirón in the third minute of first-half stoppage time because of this ridiculous rule. They have to play the entire second half with 10 men against a Turkish team full of talent. Did they give up? No. They defended like absolute lions. You can create all the modern regulations you want, but you cannot legislate heart. A lion with a disadvantage is still a lion, and Paraguay showed the world what it means to be a warrior."
On the early goal and Turkey's elimination:
🗣️ "You have to respect what Paraguay did from the first whistle. Julio Enciso makes a play, Matías Galarza scores in the second minute, and then they decide they will die on the pitch before they surrender that lead. Turkey had a whole half to break down 10 men and couldn't do it, and now they are flying home. Tactics are for philosophers; surviving a World Cup match against all odds is for men. Today, Paraguay was a team of 10 men with the spirit of 100."
Espero que se entienda lo mierda que es el fachoglobalismo: La injusta expulsión de Almirón por mera denuncia gracias a la norma que la FIFA hizo para la llorona de mierda esa que contamina el futbol con sus lloros. Hay que sacarlos de todo lugar donde estén
VII. INCONGRUENCIA ENTRE FUNCIÓN TRIBUTARIA Y NEGACIÓN CARTOGRÁFICA
Existe además una contradicción material muy relevante.
Para cobrar impuesto inmobiliario, el Estado necesariamente debió:
ubicar el inmueble;
asignarlo a una zona;
identificar manzana;
determinar superficie;
calcular parámetros fiscales.
Por ende:
No resulta razonable sostener simultáneamente que el inmueble carece de incorporación cartográfica suficiente.
El sistema tributario y el sistema catastral son funcionalmente inseparables.
VIII. AFECTACIÓN A LA SEGURIDAD DEL TRÁFICO INMOBILIARIO
La negativa del RUN impacta directamente sobre:
compraventas;
hipotecas;
sucesiones;
regularizaciones;
inversiones;
y circulación de bienes inmuebles.
Si el propio Estado:
asigna cuenta catastral,
percibe tributos,
y luego desconoce la incorporación cartográfica,
se produce una grave afectación al principio de seguridad del tráfico jurídico inmobiliario.
IX. DESVIACIÓN DEL SENTIDO DE LA LEY 7424/2025
La finalidad de la Ley del RUN era:
modernizar;
integrar;
transparentar;
unificar;
y agilizar.
No crear incertidumbre jurídica sobre inmuebles previamente reconocidos por el propio aparato estatal.
Interpretar el artículo 5°, inc. g) de manera rígida y obstructiva contradice:
la finalidad de la norma;
el principio pro administrado;
y la lógica integradora del nuevo sistema.
X. CONCLUSIÓN JURÍDICA
El informe negativo emitido por el RUN presenta graves inconsistencias jurídicas, técnicas y administrativas, debido a que:
la existencia previa de cuenta catastral demuestra reconocimiento estatal del inmueble;
dicha cuenta presupone relevamiento topográfico y ubicación cartográfica anterior;
el Estado ya ejerció potestades tributarias sobre el bien;
existe una contradicción entre el sistema fiscal y la negativa cartográfica;
el RUN no puede desconocer antecedentes consolidados provenientes del antiguo sistema catastral;
la eventual falta de integración digital constituye una deficiencia administrativa estatal y no una inexistencia jurídica del inmueble;
la negativa afecta la confianza legítima y la seguridad jurídica;
y el acto administrativo aparece insuficientemente fundado, desproporcionado y contradictorio con la finalidad legal del sistema unificado.
CONFLICTO PRINCIPAL
“La existencia de cuenta catastral, valuación fiscal, identificación territorial y tributación inmobiliaria previa constituye reconocimiento estatal suficiente de la existencia técnica y jurídica del inmueble, por lo que resulta contradictorio, irrazonable y jurídicamente cuestionable que el RUN invoque posteriormente la falta de incorporación cartográfica como fundamento para impedir la prosecución del trámite
La discusión jurídica se desplaza desde:
“la inexistencia del inmueble”
hacia:
“la insuficiente consolidación o migración administrativa de información estatal ya existente”.
Y esa deficiencia:
no puede perjudicar al administrado;
no puede destruir derechos consolidados;
y no puede transformarse en obstáculo absoluto para la circulación jurídica del inmueble.
II. CONTRADICCIÓN ESTRUCTURAL DEL ACTO ADMINISTRATIVO
Aquí emerge la principal contradicción jurídica.
El propio Estado:
cobra impuestos inmobiliarios;
asigna valor fiscal;
identifica el inmueble dentro de una manzana urbana;
le otorga cuenta catastral;
reconoce nomenclatura territorial;
y admite su existencia tributaria;
pero simultáneamente afirma: que el inmueble no existe en la base cartográfica.
Esa afirmación resulta técnicamente incompatible con la propia actividad histórica del catastro nacional.
III. EL ESTADO NO PUEDE DESCONOCER SUS PROPIOS ACTOS ADMINISTRATIVOS PREVIOS
Rige aquí un principio esencial del derecho administrativo:
La Administración no puede válidamente desconocer los efectos de sus propios actos anteriores firmes y consolidados, especialmente cuando generaron consecuencias tributarias, registrales y patrimoniales.
Si el inmueble:
tributó;
fue valuado;
fue identificado;
fue incorporado a nomenclatura urbana;
y posee cuenta catastral;
entonces existe un reconocimiento administrativo previo de su existencia técnica y territorial.
Por ello, el RUN incurre en una grave inconsistencia institucional al sostener posteriormente la inexistencia cartográfica del inmueble.
IV. EL PROBLEMA NO ES LA EXISTENCIA DEL INMUEBLE, SINO LA EVENTUAL DEFICIENCIA DE DIGITALIZACIÓN O MIGRACIÓN DE DATOS
Desde una mirada técnica moderna, lo que probablemente existe es:
una falla de integración;
una inconsistencia de migración de datos;
una omisión en la consolidación digital;
o una insuficiente unificación de bases históricas entre Catastro y Registro.
Pero ello no autoriza jurídicamente al Estado a trasladar al ciudadano las consecuencias de sus propias falencias organizacionales.
V. LA CREACIÓN DEL RUN NO PODÍA IMPLICAR LA PÉRDIDA DE DERECHOS NI DE ANTECEDENTES CONSOLIDADOS
La integración entre:
Dirección General de Catastro;
y Registro Público;
tenía precisamente como finalidad:
consolidar información;
fortalecer seguridad jurídica;
eliminar contradicciones;
y unificar antecedentes inmobiliarios.
Nunca pudo tener por objeto:
borrar antecedentes técnicos;
desconocer cuentas catastrales históricas;
ni generar incertidumbre sobre inmuebles previamente reconocidos por el propio Estado.
Interpretar lo contrario implicaría admitir que la reorganización administrativa estatal puede extinguir o debilitar situaciones jurídicas previamente consolidadas.
Ello violaría:
seguridad jurídica;
confianza legítima;
continuidad administrativa;
e interdicción de arbitrariedad.
VI. EXISTENCIA DE CONFIANZA LEGÍTIMA DEL ADMINISTRADO
El ciudadano actuó durante años bajo una apariencia de legalidad generada por el propio Estado.
El administrado:
pagó impuestos;
utilizó la cuenta catastral;
reconoció valuaciones oficiales;
y realizó actos jurídicos sobre la base de información estatal oficial.
Por ello, se configura claramente el principio de:
confianza legítima ampliamente reconocido en derecho administrativo contemporáneo.
La Administración no puede ahora:
negar súbitamente la existencia cartográfica;
ni imponer cargas extraordinarias derivadas de su propia desorganización técnica.
Hoy me comunica la Escribana a cargo de una operación de transferencia que el informe solicitado al registro unificado, Nacional salió negativo cómo puede observarse en el informe que se adjunta.
Analicemos la legalidad, y congruencia administrativa del informe emitido por el denominado Registro Unificado Nacional (RUN), en el cual se concluye:
“NO SE DA CURSO”, argumentando que el inmueble “no se encuentra incorporado en la base cartográfica de la Dirección de Catastro”, exigiendo como condición previa el “cotejo y registro de plano”, con fundamento en el art. 5°, inc. g) de la Ley N.° 7424/2025.
Corresponde determinar si dicha conclusión negativa resulta jurídicamente válida, compatible con las funciones históricas y técnicas del catastro nacional y respetuosa de los principios de legalidad, razonabilidad, servicio público y seguridad jurídica.
II. ANÁLISIS DEL INFORME
El informe administrativo contiene tres afirmaciones centrales:
Que el lote “no se encuentra incorporado en la base cartográfica”.
Que por ello “no se da curso” al trámite.
Que previamente debe realizarse “cotejo y registro de plano”.
A primera vista, la resolución presenta serias inconsistencias técnicas y jurídicas.
III. NATURALEZA Y FUNCIÓN DEL CATASTRO EN EL SISTEMA JURÍDICO PARAGUAYO
Antes de la creación del RUN, la Dirección General del Servicio Nacional de Catastro tenía funciones eminentemente:
técnicas,
registrales,
cartográficas,
descriptivas,
valuatorias y
de apoyo a la seguridad jurídica inmobiliaria.
Entre sus funciones esenciales se encontraban:
inventariar inmuebles;
registrar y actualizar información física y jurídica;
administrar la cartografía catastral;
ubicar terrenos y evitar superposiciones;
coordinar con Registros Públicos;
permitir regularizaciones e incorporaciones técnicas.
Incongruencia técnica y jurídica del informe negativo emitido por el RUN frente a la preexistencia de cuenta catastral y antecedentes cartográficos consolidados
La nueva información aportada reviste enorme relevancia jurídica y técnica, pues modifica sustancialmente el análisis de razonabilidad del informe emitido por el Registro Unificado Nacional (RUN).
En efecto, el hecho de que el inmueble posea ya una cuenta catastral asignada, implica necesariamente la existencia previa de:
un relevamiento técnico;
una individualización territorial;
una determinación geométrica;
una ubicación cartográfica;
una vinculación con una manzana específica;
una valuación fiscal;
y una incorporación administrativa mínima al sistema catastral
I. LA EXISTENCIA DE CUENTA CATASTRAL DESTRUYE EL FUNDAMENTO CENTRAL DEL INFORME NEGATIVO
El RUN sostiene:
“el lote no se encuentra incorporado en la base cartográfica de la Dirección de Catastro”.
Sin embargo, dicha afirmación aparece contradicha por la propia existencia del número de cuenta catastral y nomenclatura individualizada.
Desde una perspectiva técnica y jurídica, una cuenta catastral no surge espontáneamente ni puede existir en abstracto.
La asignación de cuenta catastral presupone necesariamente:
1. Existencia física identificada del inmueble
El Estado ya reconoció administrativamente la existencia territorial del lote.
2. Incorporación mínima al sistema cartográfico
Aunque pueda existir alguna deficiencia técnica o actualización pendiente, la individualización previa demuestra que el inmueble ya fue objeto de incorporación al sistema territorial.
3. Existencia de antecedentes topográficos y planimétricos
La cuenta catastral exige previamente:
plano;
mensura;
delimitación;
superficie;
ubicación;
relación con manzana y distrito.
4. Determinación de valor fiscal
El inmueble ya fue valuado fiscalmente por el Estado.
Y ello solo puede realizarse sobre la base de:
ubicación geográfica;
zonificación;
dimensión territorial;
y parámetros cartográficos previamente definidos.
No sé a quién se le ocurrió que no haya desfile militar por las fiestas patrias, pero merece repudio. Nuestra Independencia es la máxima fiesta nacional, ninguna se le iguala. Podría ser la puerca hilacha globalista, enemiga de la Nación!
Los sectores onegeceros woke del gobierno de @SantiPenap, como @cultura_py, eliminaron el desfile de Fuerzas Armadas por la más importante fiesta cívica del año, los Días de la Independencia. Cipayos al servicio del Foro Económico Mundial para degradar idea de Patria y Nación
¡Mis felicitaciones a @elClubOlimpia por consagrarse campeones del Torneo Apertura 2026 en Paraguay! Imposible no recordar a mi papá en días como estos, seguro estaría muy feliz con otro título de su amado club. ¡Se te extraña siempre, Tigre!
También quiero expresar mi reconocimiento para los jugadores, el cuerpo técnico y el Presidente Rodrigo Nogués. Muchas gracias a los hinchas por el cariño. ¡A celebrar!
Ser del Olimpia, es entender que las caídas son solo el prólogo de una vuelta inevitable.
Hoy las cosas retoman su curso normal. La Gloria no es una racha, es nuestro estado natural.
Porque pasarán los años y cambiarán los nombres, pero la historia siempre encuentra el camino de regreso a casa.
Es el destino. El lugar que nos pertenece. El título que nos reconoce.
Y entiendan esto: 𝐎𝐋𝐈𝐌𝐏𝐈𝐀 𝐒𝐈𝐄𝐌𝐏𝐑𝐄 𝐕𝐔𝐄𝐋𝐕𝐄.
¡Salud, Campeones del Torneo Apertura 2026!
🏆4️⃣8️⃣⚪️⚫️⚪️
Estimado @edu_nakayama así como le puteaste al pelotudo de Rivas… podes pio putearle también al otro pelotudo de Cecilio ?
Yo creo que por prescripción @10_dominguez94 es jugador de fútbol
“Mark Zuckerberg acaba de describir la muerte de la conexión humana en internet y nadie se inmutó.”
“Una frase. Quince años de erosión en doce palabras.”
“Mark Zuckerberg: ‘Las redes sociales comenzaron siendo principalmente un espacio donde las personas interactuaban con sus amigos. Y ahora… al menos la mitad del contenido es básicamente gente interactuando con creadores.’”
“Antes abrías tu teléfono para ver qué estaban haciendo tus amigos.”
“Ahora lo abres para ver a desconocidos.”
“Tú no elegiste esto. El algoritmo lo eligió por ti.”
“Puso a prueba a tus amigos contra desconocidos optimizados.”
“Tus amigos perdieron. Cada vez.”
“Un desconocido con mejor iluminación, mejor timing y un mejor gancho captó tu atención tres segundos más que alguien que te quiere.”
“Así que el algoritmo enterró las fotos de la boda de tu mejor amigo debajo de un video de cocina de alguien en Dubái a quien nunca has conocido.”
“Y viste el video de cocina.”
“Ese fue el primer reemplazo. Amigos por desconocidos. Apenas lo notaste.”
“El segundo ya está en marcha.”
“Si el algoritmo ya demostró que los desconocidos superan a tus relaciones reales, y la IA ahora puede crear un desconocido más atractivo que cualquier humano vivo, las cuentas se hacen solas.”
“La IA no tiene una mala semana. No publica algo descuidado y pierde el favor del algoritmo. No se agota.”
“Cada palabra calibrada.”
“Cada imagen ajustada.”
“Cada pausa colocada en el intervalo exacto que evita que tu dedo se deslice.”
“Un creador humano compitiendo contra eso es como tallar tabletas de piedra en un mundo que acaba de inventar la imprenta.”
“La economía ni siquiera se acerca.”
“Una persona necesita pagar renta, dormir y motivación.”
“La máquina necesita electricidad.”
“Cuando el costo de generar contenido perfecto llega a cero, el feed se llena de rostros que no existen.”
“Voces que se sienten familiares.”
“Opiniones que reflejan las tuyas lo suficiente como para generar confianza.”
“Personalidades creadas desde cero para sentirse como alguien a quien conoces desde hace años.”
“No sabrás cuándo ocurre el cambio.”
“Ese es el punto.”
“Al feed no le importa si lo que capta tu atención tiene pulso. Le importa si te quedas.”
“Y una máquina que conoce tus patrones mejor que tú mismo siempre te retendrá más tiempo que cualquier persona.”
“Esto no es una advertencia. La mitad ya ocurrió.”
“Perdiste a tus amigos frente a desconocidos y no lo notaste.”
“Perderás a los desconocidos frente a las máquinas y los llamarás amigos.”
“En algún lugar, en otra app, en otra pestaña, en la habitación en la que estás sentado ahora mismo, alguien que realmente te conoce está viviendo un momento que nunca verás.”
“No porque haya dejado de compartirlo.”
“Sino porque dejaste de estar donde ocurría.”
El nivel de demolición que @realDonaldTrump está infligiendo al globalismo es similar al que inflige a la teocracia y en paralelo. Obvio que el globalismo y la teocracia pueden causar daño todavía...pero ser testigos de esta paliza es un privilegio histórico
El que quiera entender la guerra en curso sin perderse en las anécdotas: Es el enfrentamiento más abierto hasta este momento entre @realDonaldTrump y el fachoglobalismo. Es a muerte. No hay empate. Gana uno u otro. Los fachoglobalistas no tienen escrúpulos