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⚖️ El daño moral no requiere diagnóstico médico para ser acreditado.
En sesión del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación del 7 de mayo de 2026, se debatió el estándar probatorio aplicable al daño moral. La Ministra Ríos sostuvo que exigir pruebas periciales psicológicas o psiquiátricas como requisito para tenerlo por acreditado impone una carga desproporcionada y desnaturaliza la figura jurídica.
Para quienes litigan o han sufrido una afectación moral, esto es relevante: el derecho reconoce el sufrimiento sin convertirlo en una condición clínica que deba diagnosticarse. La víctima no está obligada a probar su dolor como si fuera una enfermedad.
La sesión completa está disponible en el canal de YouTube de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
#SCJN #DerechoConstitucional #AcademiaDeAmparo #DañoMoral #ResponsabilidadCivil #PruebaPeriicial #DerechosDeLasVíctimas #Jurisprudencia
Es real y es iniciativa de Sheinbaum robar a tus hijos casi la mitad de lo que les dejarás como herencia.
No solo es una burrada de Batres, el gobierno de Morena te va arrebatar tu patrimonio, vía impuestos, y tenemos que defendernos ante ese atraco.
👵🏻Una persona adulta mayor promueve un #juiciodeamparo indirecto en el que reclama la omisión de proporcionarle atención médica.
👩🏻⚖️ El Juzgado de Distrito concede la suspensión de plano y determina que sea la propia quejosa quien acuda a la Unidad de Medicina Familiar para recibir la valoración médica y los medicamentos correspondientes.
🏛️ Inconforme con esos efectos, debido a su condición de movilidad restringida, la quejosa interpone recurso de queja.
Al resolver dicho recurso, el Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del #SextoCircuito estableció un criterio relevante:
⚠️cuando una persona presenta una condición de movilidad restringida, la suspensión de plano puede concederse para el efecto de que la valoración médica se practique en su propio domicilio, garantizando así el acceso efectivo al derecho a la protección de la salud.
Imagina esto: terminas una relación, un negocio, un pleito. Y meses después, en pleno juicio, tu contraparte saca su celular y reproduce ESA llamada. La que creías privada. La que dijiste en confianza. Tu abogado se levanta indignado: “¡Objeción! ¡Viola la inviolabilidad de las comunicaciones!” Y el juez, con la tesis de jurisprudencia en la mano, responde: objeción improcedente. Bienvenido a una de las verdades más incómodas del derecho mexicano.
Porque la @SCJN lo dijo sin anestesia: el artículo 16 te blinda contra el EXTRAÑO que interviene tu comunicación a escondidas, no contra la persona con la que estabas hablando. La lógica es demoledora en su sencillez: quien participó en la conversación no espió nada… simplemente estuvo ahí. No hay intromisión en aquello que uno mismo protagoniza. Por eso el cónyuge que exhibe los mensajes, el socio que graba la llamada, el que guardó el correo “por si acaso”, ninguno viola la Constitución cuando lo lleva a tribunales. La Corte, con un solo trazo, corrió el debate del canal al contenido. Y quien no entiende ese desplazamiento, litiga a ciegas.
Pero aquí está el giro que casi nadie ve, y que convierte a esta tesis en una obra maestra silenciosa: la Corte NO dio barra libre. En la última línea dejó una trampa, o una llave, deliberada. Dijo que divulgar no viola tus comunicaciones… PERO puede violar tu intimidad, según qué se revele. Traducción: la batalla ya no es quién habló, sino qué se destapó y para qué. Ahí, en ese milímetro, se ganan y se pierden los juicios de hoy.
Vivimos rodeados de micrófonos, capturas de pantalla y audios reenviados. Cada palabra que sueltas puede volver convertida en prueba. Así que la pregunta ya no es si te van a grabar. Es esta: cuando el otro decida contar lo que compartiste, ¿dónde termina tu derecho a defenderte y dónde empieza la violación a tu vida privada? Defensa legítima o traición procesal. El derecho todavía lo está decidiendo. ¿De qué lado estás tú?
Aquí te dejo el link en donde puedes consultar la jurisprudencias que generó este caso: https://t.co/gfQlr9Uomp
🚨 Denuncian el despido de 43 trabajadoras sociales del Instituto Federal de Defensoría Pública. Su labor era clave para elaborar dictámenes socioeconómicos y atender a mujeres, menores, indígenas, migrantes y víctimas de violencia.
Mientras la presidente @Claudiashein se dedica a promover el mundial , una noticia pasó prácticamente inadvertida.
El 30 de junio fueron cesadas las 43 personas trabajadoras sociales del Instituto Federal de Defensoría Pública.
No eran personal administrativo. Eran profesionales que realizaban investigaciones socioeconómicas, elaboraban dictámenes en trabajo social e identificaban las condiciones de vulnerabilidad de quienes acuden al Estado porque no pueden pagar una defensa o una asesoría jurídica.
Su trabajo permitía que mujeres víctimas de violencia, niñas, niños y adolescentes, personas mayores, indígenas, migrantes, personas con discapacidad y víctimas de violaciones a derechos humanos recibieran una atención integral y una defensa acorde con su realidad.
Cuando desaparece este personal especializado, no sólo se pierden empleos; también se debilita la posibilidad de impartir una justicia profesional, independiente y de calidad para quienes más la necesitan.
Resulta especialmente preocupante que, después de que la reforma judicial prometió reiteradamente respetar los derechos laborales, continúen presentándose ceses que dejan a personas servidoras públicas sin empleo y, en algunos casos, incluso sin seguridad social para continuar tratamientos médicos indispensables.
Defender los derechos laborales también es defender el Estado de derecho. Y proteger a quienes hacen posible el acceso a la justicia es proteger, sobre todo, a quienes menos tienen.
La justicia también se debilita cuando se despide a quienes la hacen posible.
De: @EMILIAMDLAP
🏦 DOF | Bancos podrán usar biometría para verificar identidad
📌 Este 1 de julio de 2026, la CNBV publicó una resolución que modifica las disposiciones aplicables a las instituciones de crédito para incorporar expresamente el uso de biometría facial en los procesos de identificación y autenticación de clientes.
🔐 La medida permite a los bancos verificar la coincidencia de datos biométricos con registros del INE, la SRE u otras autoridades federales, además de la huella dactilar ya contemplada.
💳 También se establecen requisitos técnicos y de seguridad para conformar bases de datos biométricas, proteger la información de los usuarios y evitar su uso indebido o acceso por terceros no autorizados.
📲 Con esta actualización, se busca dar mayor certeza, seguridad y confiabilidad a las operaciones financieras presenciales y fortalecer la protección del sistema bancario.
🔴 AL MINUTO : SE CONFIRMA QUE HAY CUATRO ÓRDENES DE ARRESTO CONTRA POLÍTICOS DE MORENA: HOY SE NOMBRARON EN LA REUNIÓN DE SEGURIDAD CON EU ; Además de Rubén Rocha Moya y Enrique Inzunza, se ha confirmado que existen 4 órdenes de arresto contra políticos de Morena . Trascendió que en la reunión sobre seguridad entre autoridades de México y EU se revelaron los nombres y aunque se han dejado en secreto , en altos círculos del gobierno se comenta que los 4 nombres son : Adán López , Américo Villarreal , Mario Delgado y Andrés López Beltrán .
Este video va a pasar a la historia
La pinta de cuerpo entero
Se burla de las madres buscadoras. Sí, se burla de las madres que perdieron a sus hijos por la violencia que generan los aliados de Morena
Es el equivalente al “Ahí están las masacres, jajaja”, de su jefe
🔴 AL CIERRE: BANCOS CANCELAN CUENTAS Y TARJETAS DE CRÉDITO DE GOBERNADORES : SIN VISA Y SIN CUENTAS : Me comentan que desde ayer los gobernadores Américo y Alfonso han buscado al titular de Hacienda ya que en lo que son “peras o manzanas” varios bancos ya han cancelado las cuentas personales y de familiares cercanos a los gobernadores de Sonora @AlfonsoDurazo y de Tamaulipas @Dr_AVillarreal incluyendo sus tarjetas de crédito , ante esto han buscado en otras instituciones pero ya NO los han aceptado como clientes . Sin visa y sin cuentas . Espero que los gobernadores NO me hagan dar los nombres de los bancos que les cancelaron sus cuentas .
💸 Sueldos de hasta 70 mil pesos, aguinaldo de 40 días y periodos de receso de hasta 5 meses al año 👀
Las condiciones laborales de diputados y senadores desataron debate en redes sociales.
🔴 “Hackearon las bases de datos de los Programas del @bienestarmx y expusieron CURP, RFC, teléfonos y hasta cuentas bancarias”, alerta el periodista Ignacio Gómez Villaseñor (@ivillasenor).
➡️Advierte que la filtración habría comprometido información sensible de millones de beneficiarios.
➡️Además, señala que el ataque ocurrió un día después del hackeo a la Coordinación de Protección Civil y que ambos habrían sido coordinados por la misma organización.
➡️Hasta el momento, las autoridades, ni la titular del Bienestar, Leticia Ramírez (@Letamaya), han aclarado el alcance total de la vulneración.
#AzucenaxFórmula
¿EL REPRESENTANTE LEGAL DE UNA EMPRESA SIEMPRE DEBE SER EL RESPONSABLE EN DELITOS FISCALES?
En materia de delitos fiscales donde se ve involucrada una empresa, es común que la imputación se pretenda hacer siempre al representante legal “en automático” y sin mayores argumentos que el solo hecho de ser -en efecto- el representante legal.
La duda siempre ha sido ¿y de hacer exactamente qué se le acusa? Porque en materia penal, el principio de culpabilidad impone el deber a la fiscalía de establecer concretamente la imputación a título de autoría, participación, etc.
Hoy, con este criterio de la SCJN (sí, esa que tanto se critica actualmente), queda más que claro algo que siempre he sostenido: en materia de delitos fiscales no hay responsabilidades “en automático” ni puede tampoco advertirse de meras presunciones legales, pues se debe establecer claramente a título de qué se atribuyen los hechos delictivos.
Enhorabuena. Ya le tocaba algo al ejercicio de la defensa penal en delitos fiscales.