Se puede estar de acuerdo o no con una providencia judicial. Lo que no es admisible en desconocerla o promover su incumplimiento. Las decisiones judiciales son de obligatorio acatamiento. Para controvertirlas existen los recursos, no los discursos incendiarios en la plaza pública
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Voy a hablar del Decreto 415 de 2026 y de la suspensión que decretó el Consejo de Estado, porque ha circulado información imprecisa sobre lo que está en juego. 🧵
¿Qué cambia con el Decreto 0234 de 2026? Abrimos el debate sobre la negociación colectiva por niveles: contexto, consecuencias, puntos buenos y críticos. Los esperamos. Abierta para la participación del público.
La discusión sobre la negociación colectiva multinivel en Colombia ha estado dominada por prejuicios, no por evidencia.
Se repiten afirmaciones sin sustento: que destruye empleo, que es inviable por las mipymes, que aumentará la conflictividad. Ninguna resiste el contraste con la evidencia empírica ni con los consensos académicos internacionales.
En esta columna muestro, con base en estudios de la OCDE, la OIT y la literatura especializada, que los sistemas de negociación multinivel no solo funcionan, sino que producen mejores resultados en empleo, inclusión laboral, igualdad salarial, formación, productividad y reducción de la pobreza.
El problema no es la negociación colectiva multinivel. El problema es el prejuicio antisindical que sigue condicionando el debate.
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Aunque se permite la implementación gradual, el decreto fija un límite claro:
las cláusulas de adaptabilidad no pueden reducir el piso mínimo de derechos laborales establecido por la ley o por convenciones colectivas de mayor nivel.
@BluRadioCo@LuisErnestoGL@hectorriveross
El Decreto 0234 prevé que en la negociación colectiva multinivel puedan establecerse cláusulas de adaptabilidad y gradualidad para las MIPYMES, de modo que la implementación de los acuerdos sectoriales sea progresiva y compatible
La negociación colectiva sectorial no desconoce la realidad empresarial. El Decreto 0234 de 2026 permite que micro, pequeñas y medianas empresas implementen de forma gradual las condiciones pactadas, garantizando equilibrio entre derechos laborales y sostenibilidad empresarial.
@BluRadioCo@LuisErnestoGL
El Decreto 234 prevé que en la negociación colectiva multinivel puedan establecerse cláusulas de adaptabilidad y gradualidad para las MIPYMES, de modo que la implementación de los acuerdos sectoriales sea progresiva y compatible con su capacidad
El fortalecimiento de sindicatos representativos no restringe la libertad sindical. Por el contrario, garantiza una negociación colectiva eficaz, conforme a los principios de representatividad desarrollados por la OIT.
@BluRadioCo@LuisErnestoGL@AurelioSuarez
Resulta profundamente equivocado reivindicar la fragmentación sindical o la sindicalización minoritaria como modelo. El derecho de negociación colectiva exige organizaciones representativas y con capacidad real de interlocución
La experiencia comparada demuestra que los sistemas laborales más equilibrados se sustentan en sindicatos mayoritarios y representativos, capaces de negociar condiciones colectivas efectivas y no en la dispersión sindical. #RelacionesLaborales
A propósito del Decreto 234 de 2026.
La negociación multinivel puede reducir desigualdades laborales entre empresas del mismo sector. Se abre un nuevo escenario para acuerdos laborales más amplios y una representación sindical más coherente
Primero, y antes que nada
La Rama Judicial no es un actor político ni un obstáculo incómodo: es pilar esencial del Estado de Derecho.
Respeto absoluto por sus decisiones, su autonomía y la dignidad de quienes la integran.
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Consejo de Estado suspende provisionalmente el Decreto del salario mínimo legal para 2026 y ordena la expedición de un nuevo decreto en 8 días.
➡️Ver más: //www.consejodeestado.gov.co/noticias/index.php
@judicaturacsj Además, la licencia queda amarrada a la “necesidad del servicio”. En desastre, la necesidad del servicio es que la gente NO se enferme, NO se accidenta, NO muera. Punto.
🚨 En #Córdoba hay despachos judiciales inundados y servidores en riesgo. Y aun así, la administración actúa como si esto fuera “un trámite” más. No lo es: es una emergencia climática con impacto laboral y humano. #RamaJudicial
La Circular CSJCOC26-22 (10/02/2026) habla de permiso remunerado�� y también de licencia NO remunerada hasta por 3 meses. ¿Quién sobrevive 3 meses sin salario tras una inundación?
@judicaturacsj
#TrabajoDigno