🇲🇽🇨🇿¿Sabes por qué en la #CDMX, la parte norte de San Jerónimo Aculco cambió su nombre a San Jerónimo Lídice?
México comparte más que la cancha en este #Mundial con la República Checa. También hay lazos históricos y culturales que nos unen. ¡Te contamos!
🚨 #ÚltimaHora | La #SCJN confirma que la PROFECO puede conocer de reclamaciones relacionadas con servicios educativos privados.
🎓 El caso surgió a partir de la solicitud de un padre de familia para obtener el reembolso de pagos realizados a una institución educativa, luego de informar que sus hijos no cursarían el ciclo escolar en esa institución.
⚖️ La Corte determinó que la prestación habitual de servicios educativos a cambio de un pago genera una relación de consumo, por lo que las escuelas privadas están sujetas a la Ley Federal de Protección al Consumidor.
🤝 Se reconoció que la PROFECO puede supervisar que se respeten los derechos de las personas consumidoras en las condiciones económicas y contractuales de estos servicios.
📄 Amparo Directo en Revisión 1762/2026.
Hoy se publicó la Reforma a la Ley Federal del Procedimiento Contencioso Administrativo. El objetivo principal es hacer los procedimientos más ágiles, fortalecer la justicia digital, dar mayor certeza jurídica a las personas y establecer plazos más claros para la actuación del Tribunal.
¿Qué cambia para las personas?
1. Se establecen plazos máximos para que el Tribunal actúe
Los acuerdos y resoluciones sobre promociones deberán emitirse, en general, dentro de los cinco días siguientes a su presentación.
La admisión o desechamiento de demandas también deberá resolverse en un plazo máximo de cinco días.
2. Se fortalece la justicia en línea
Las personas podrán elegir entre tramitar su juicio de manera tradicional o mediante el Sistema de Justicia en Línea.
Las autoridades deberán presentar sus demandas y promociones por medios electrónicos.
Se facilita el uso de documentos digitales y firmas electrónicas.
3. Más protección frente a actos de autoridad
El Tribunal podrá ordenar medidas cautelares y suspensiones para evitar daños irreparables mientras se resuelve el juicio.
Incluso durante periodos vacacionales habrá magistradas y magistrados de guardia para atender asuntos urgentes relacionados con suspensiones y medidas cautelares.
4. Reglas más claras para las notificaciones
Si una notificación se realiza incorrectamente, podrá declararse nula y reponerse el procedimiento.
Se establecen sanciones para quienes incumplan las reglas de notificación.
¿Qué cambia para las autoridades?
1. Mayor responsabilidad por actuaciones ilegales
Cuando una autoridad cometa faltas graves al emitir una resolución y ésta sea impugnada, podrá ser condenada a indemnizar los daños y perjuicios causados a la persona afectada.
2. Más obligaciones de respuesta
Las autoridades deberán contestar puntualmente los hechos señalados por la persona demandante.
Si no responden oportunamente, ciertos hechos podrán tenerse por reconocidos.
Medidas contra abusos procesales
La reforma busca evitar que los juicios se utilicen únicamente para retrasar pagos o el cumplimiento de obligaciones.
Por ello:
Se podrán imponer multas a quienes presenten demandas, recursos o promociones notoriamente frívolas o improcedentes.
También se sancionarán conductas irrespetuosas hacia las partes o hacia el personal del Tribunal.
Cambios en las sentencias
Se fijan plazos más estrictos para elaborar proyectos y emitir sentencias.
Las Salas Regionales deberán resolver, en términos generales, dentro de los 45 días posteriores al cierre de la instrucción.
Se establecen mecanismos para corregir irregularidades procesales antes de emitir una resolución definitiva.
En pocas palabras
Esta reforma busca que los juicios ante el TFJA sean más rápidos, m��s digitales, más transparentes y con reglas más claras para autoridades y ciudadanos. También fortalece las medidas cautelares para proteger derechos, establece plazos obligatorios para el Tribunal y crea sanciones para evitar abusos o litigios meramente dilatorios