@MetroViralMx@saori2492@ricrhdz pos yo no veo el acoso se ve lo que les dije ahora van a decir que el vídeo está editado ella es quien insulta diciendo "pendejos"
@ricrhdz@saori2492@MetroCDMX@AdrianRubalcava Así que antes de decir que “eso no amerita más que una amonestación”, habría que conocer todos los hechos y dejar que la autoridad competente determine qué infracción, si alguna, se actualizó.
@ricrhdz@saori2492@MetroCDMX@AdrianRubalcava quienes solicitaron apoyo a una oficial. Esa parte del video que no subieron es importante para entender por qué intervino el personal.
Además, nadie está diciendo que el policía sea quien determine la sanción. Una cosa es remitir/presentar a una probable infractora ante el
@ricrhdz@saori2492@MetroCDMX@AdrianRubalcava ni qué sanción corresponde; eso lo determina el Juez Cívico.
Y respecto al artículo 229 del Reglamento, tampoco se está inventando una prohibición: el propio reglamento establece que los usuarios deben circular por las zonas destinadas para ello y en el sentido señalado.
@ricrhdz@saori2492@MetroCDMX@AdrianRubalcava infracción. La boleta de remisión debe señalar las circunstancias de tiempo, modo y lugar de los hechos.
Entonces, si la oficial presenció una conducta que consideró una infracción, lo procedente es que la autoridad competente valore el caso. El policía no decide si es culpable
@ricrhdz@saori2492@MetroCDMX@AdrianRubalcava Juez Cívico y otra muy distinta es que el policía le imponga la sanción.
El artículo 65 de la Ley de Cultura Cívica es bastante claro: la Persona Policía en servicio debe detener y presentar al probable infractor ante la Persona Juzgadora cuando presencie la comisión de una